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Proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal del personal funcionario y laboral (Categoría profesional II - Año 2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3156
  • SIA: 2451694

Objeto:

Convocatoria extraordinaria de acceso a la carrera profesional horizontal y plazo para la presentación de solicitudes de acceso voluntario a la categoría profesional II para el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.
  • Quedan EXCLUIDOS de esta convocatoria:
  • a) Personal estatutario que preste servicios en centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León.
  • b) Personal docente, funcionario o laboral, que preste servicios en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería de Educación.
  • c) Personal al que se le haya reconocido nivel o grado equivalente a la categoría profesional II de carrera profesional horizontal o que perciba algún complemento retributivo como complemento de carrera profesional horizontal o concepto equiparable.

Fase actual del trámite:

Listado definitivo de reconocimientos y denegaciones del proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o sus organismos autónomos

Reconocimiento de la categoría profesional

Fecha de publicación: 27 de octubre de 2023

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaORDEN PRE/1228/2023, de 20 de octubre (BOCyL 27-10-2023) (3.146 kbytes) , por la que se reconoce la categoría profesional II, por el proceso de acceso extraordinario a la carrera profesional horizontal, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Mediante Decreto 49/2022, de 22 de diciembre, la Junta de Castilla y León ha desarrollado la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El 14 de marzo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, por la que se convocaba el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, mediante Resolución de 12 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, se aprobó el listado provisional de reconocimientos y a quienes no procedía tal reconocimiento, con indicación de las causas para su denegación. Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el día 15 de septiembre de 2023, concediéndose un plazo de 10 días, desde el siguiente a la publicación, para que los interesados formulasen las alegaciones que considerasen oportunas.

Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones, a la vista de las propuestas formuladas por las consejerías y organismos autónomos y revisado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la orden de convocatoria, la Dirección General de la Función Pública ha formulado propuesta de resolución, debidamente motivada, y la ha elevado al consejero de la Presidencia, como órgano competente para concluir el procedimiento, de conformidad con lo previsto en el apartado Tercero punto 3 de la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, de convocatoria, por lo que, previos los trámites legalmente previstos, procede dictar la presenta orden por la que acuerda publicar la aprobación del listado definitivo de interesados a los que se reconoce la categoría profesional II así como el listado definitivo de interesados a los que no se reconoce la misma, con expresión de las causas de denegación.

La presente orden se dicta por suplencia por la consejera de Movilidad y Transformación Digital, conforme al acuerdo de 14 de septiembre de 2023, del Presidente de la Junta de Castilla y León por el que acepta la abstención formulada por el consejero de la Presidencia, a la vista de lo dispuesto en el artículo 23.2.a) en relación con el artículo 13.1, ambos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo previsto en el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto cuanto antecede, y conforme a lo dispuesto en el artículo 7.x) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, por el que se atribuye la competencia a la Consejería de la Presidencia, como en las demás normas vigentes de general aplicación,


RESUELVO

Primero.– Aprobar el listado definitivo de interesados a los que se reconoce la categoría profesional II, por el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, convocado por Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo. El listado definitivo de reconocimientos se publica como Anexo I.

Segundo.– Aprobar el listado definitivo de interesados a los que no se reconoce la categoría profesional II, por el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, convocado por Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, con expresión de las causas de denegación. El listado definitivo de denegaciones se publica como Anexo II.

Tercero.– Realizar los trámites oportunos por cada consejería u organismo autónomo para el abono de las cuantías correspondientes según lo dispuesto en el apartado Cuarto, de la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo de convocatoria, respecto a las retribuciones y efectos económicos.

Por lo tanto, el reconocimiento extraordinario de la categoría profesional II de la carrera profesional horizontal en los respectivos subgrupos de personal funcionario y grupos de personal laboral conllevará la percepción, en su caso, del complemento de carrera profesional, previsto en el artículo 8 de la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el artículo 76.3.e) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, en las cuantías que correspondan desde el 1 de enero de 2023.

El abono de las retribuciones por el reconocimiento de esta categoría profesional II, se hará por la consejería u organismo autónomo en el que se encuentre en activo el empleado público en cuantía única, por los importes que procedan según la situación de servicio activo del empleado público desde el 1 de enero de 2023 a la fecha de reconocimiento, normalizándose su abono mensual a partir del mes siguiente al del abono de esta cuantía única.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Qué requisitos debo cumplir?

La participación en la presente convocatoria es voluntaria para el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Son requisitos de participación los siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Requisitos de participación. Abre una nueva ventana Requisitos de participación (102 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

En atención al carácter voluntario de la carrera profesional, el procedimiento para el acceso extraordinario a la categoría profesional II se iniciará mediante la presentación de la solicitud dirigida al consejero de la Presidencia.

Los interesados deberán cumplimentar previamente la solicitud a través del aplicativo específico para grabar datos, y luego imprimir la solicitud para presentarla en un registro presencial, o enviar la solicitud por el aplicativo para la presentación telemática.

Solo se admitirá una solicitud por persona, prevaleciendo, en el supuesto de que se presente más de una, la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro.

Fecha de publicación:

14 de marzo de 2023

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 15 de marzo de 2023 hasta el 17 de abril de 2023

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Listado provisional de reconocimientos y denegaciones del proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o sus organismos autónomos

Listados provisionales de reconocimiento y denegación

Fecha de publicación: 15 de septiembre de 2023

Fecha límite: ALEGACIONES: desde el 16 al 29 de septiembre de 2023 (disponible modelo de formulario de alegaciones)

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaRESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública (765 kbytes) por la que se aprueba el listado provisional de reconocimientos y denegaciones, al amparo de lo dispuesto en la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, por la que se convoca el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Decreto 49/2022, de 22 de diciembre, por el que se desarrolla la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el 14 de marzo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, por la que se convocaba el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Transcurrido el plazo para la presentación de solicitudes para participar en el proceso convocado por la precitada Orden, revisada la documentación y previos los trámites oportunos, procede dictar resolución por la que acuerda publicar el listado provisional de reconocimientos y denegaciones.

La presente resolución se dicta por suplencia por el director general de Transparencia y Buen Gobierno, conforme a la resolución del consejero de la Presidencia por la que acepta la abstención formulada por el director general de la Función Pública, a la vista de lo dispuesto en los artículos 23.2.a) y 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto cuanto antecede, a la vista de las propuestas de reconocimiento y denegación de las consejerías y organismos autónomos, y revisado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la orden de convocatoria, esta Dirección General

RESUELVE

Primero.– Aprobar el listado provisional de reconocimientos, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo.


Segundo.– Aprobar el listado provisional de denegaciones, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo.


Tercero.– Los citados listados se encuentran publicados en la página Web de la Junta de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

Cuarto.– Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, para la presentación de las alegaciones que consideren oportunas, que deberán ser dirigidas a esta Dirección General de la Función Pública.

Tiene a su disposición el siguiente modelo de formulario en word:


Quinto.– Transcurrido el plazo para formular alegaciones, el procedimiento concluirá con la orden del consejero de la Presidencia de reconocimiento o denegación de la categoría profesional II, de la carrera profesional horizontal, mediante proceso extraordinario.

Valladolid, 12 de septiembre de 2023.

Listado definitivo de reconocimientos y denegaciones del proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o sus organismos autónomos

Reconocimiento de la categoría profesional

Fecha de publicación: 27 de octubre de 2023

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaORDEN PRE/1228/2023, de 20 de octubre (BOCyL 27-10-2023) (3.146 kbytes) , por la que se reconoce la categoría profesional II, por el proceso de acceso extraordinario a la carrera profesional horizontal, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Mediante Decreto 49/2022, de 22 de diciembre, la Junta de Castilla y León ha desarrollado la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El 14 de marzo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, por la que se convocaba el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, mediante Resolución de 12 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, se aprobó el listado provisional de reconocimientos y a quienes no procedía tal reconocimiento, con indicación de las causas para su denegación. Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el día 15 de septiembre de 2023, concediéndose un plazo de 10 días, desde el siguiente a la publicación, para que los interesados formulasen las alegaciones que considerasen oportunas.

Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones, a la vista de las propuestas formuladas por las consejerías y organismos autónomos y revisado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la orden de convocatoria, la Dirección General de la Función Pública ha formulado propuesta de resolución, debidamente motivada, y la ha elevado al consejero de la Presidencia, como órgano competente para concluir el procedimiento, de conformidad con lo previsto en el apartado Tercero punto 3 de la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, de convocatoria, por lo que, previos los trámites legalmente previstos, procede dictar la presenta orden por la que acuerda publicar la aprobación del listado definitivo de interesados a los que se reconoce la categoría profesional II así como el listado definitivo de interesados a los que no se reconoce la misma, con expresión de las causas de denegación.

La presente orden se dicta por suplencia por la consejera de Movilidad y Transformación Digital, conforme al acuerdo de 14 de septiembre de 2023, del Presidente de la Junta de Castilla y León por el que acepta la abstención formulada por el consejero de la Presidencia, a la vista de lo dispuesto en el artículo 23.2.a) en relación con el artículo 13.1, ambos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo previsto en el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto cuanto antecede, y conforme a lo dispuesto en el artículo 7.x) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, por el que se atribuye la competencia a la Consejería de la Presidencia, como en las demás normas vigentes de general aplicación,


RESUELVO

Primero.– Aprobar el listado definitivo de interesados a los que se reconoce la categoría profesional II, por el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, convocado por Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo. El listado definitivo de reconocimientos se publica como Anexo I.

Segundo.– Aprobar el listado definitivo de interesados a los que no se reconoce la categoría profesional II, por el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, convocado por Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo, con expresión de las causas de denegación. El listado definitivo de denegaciones se publica como Anexo II.

Tercero.– Realizar los trámites oportunos por cada consejería u organismo autónomo para el abono de las cuantías correspondientes según lo dispuesto en el apartado Cuarto, de la Orden PRE/313/2023, de 8 de marzo de convocatoria, respecto a las retribuciones y efectos económicos.

Por lo tanto, el reconocimiento extraordinario de la categoría profesional II de la carrera profesional horizontal en los respectivos subgrupos de personal funcionario y grupos de personal laboral conllevará la percepción, en su caso, del complemento de carrera profesional, previsto en el artículo 8 de la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el artículo 76.3.e) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, en las cuantías que correspondan desde el 1 de enero de 2023.

El abono de las retribuciones por el reconocimiento de esta categoría profesional II, se hará por la consejería u organismo autónomo en el que se encuentre en activo el empleado público en cuantía única, por los importes que procedan según la situación de servicio activo del empleado público desde el 1 de enero de 2023 a la fecha de reconocimiento, normalizándose su abono mensual a partir del mes siguiente al del abono de esta cuantía única.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León (BOE 08-07-2005)
  • Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (BOCy 16-03-2019)
  • Acuerdo de 22 de julio de 2021, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Acuerdo relativo al desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la administración general de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos (BOCyL 02-09-2021)
  • RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios Colectivos de Trabajo, y la publicación del Acuerdo de la mesa general de negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, relativo al desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y sus Organismos Autónomos (BOCyL 02-09-2021)
  • Decreto 49/2022, de 22 de diciembre, por el que se desarrolla la carrera profesionalhorizontal de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y  León. (BOCyL 23-12-2022)
  • ORDEN PRE/313/2023, de 8 de marzo, por la que se convoca el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos. (BOCyL 14-03-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Evaluación y Carrera Profesional

Órgano que resuelve:

Consejería de la Presidencia

Información adicional:

Tramitación del proceso

Propuestas de reconocimiento. Por las secretarías generales de las consejerías u órganos equivalentes de los organismos autónomos se emitirá una propuesta de reconocimiento tras verificar los datos de las solicitudes y comprobar si cada uno de los solicitantes cumple con los requisitos de participación establecidos, y en caso de no cumplirlos las causas para su denegación.

Relación provisional de reconocimientos. La Dirección General de la Función pública a propuesta de las secretarías generales de las consejerías u órganos equivalentes de los organismos autónomos, dictará resolución aprobando el listado provisional de los interesados a los que procede reconocer la categoría profesional II y, en su caso, el listado provisional de interesados a los que se propone no reconocer la misma, con expresión de las causas de denegación.

Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días, desde el día siguiente a dicha publicación, para formular alegaciones, subsanar el error que haya motivado su exclusión o desistir, en su caso. Transcurrido el plazo para formular alegaciones, el procedimiento concluirá con la orden del consejero de la Presidencia aprobando el listado definitivo de interesados a los que se reconoce la categoría profesional II y, en su caso, el listado definitivo de interesados a los que no se reconoce la misma, con expresión de las causas de denegación.

Retribuciones de la categoría profesional II de la carrera profesional horizontal y sus efectos económicos

El reconocimiento extraordinario de la categoría profesional II de carrera horizontal en los respectivos subgrupos de personal funcionario y grupos de personal laboral conllevará la percepción, en su caso, del complemento de carrera profesional.

El abono de las retribuciones por el reconocimiento de la categoría profesional II se hará en el mes siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la orden de reconocimiento dictada por el consejero de la presidencia, en una cuantía única, por el importe que proceda según la situación de servicio activo del empleado público desde el 1 de enero de 2023 a la fecha de reconocimiento.

Dicha cuantía se calculará atendiendo a la diferencia entre el importe que se venía percibiendo por la categoría I y el importe de la categoría II. A partir del mes siguiente al de este reajuste de cuantías, se percibirá la cuantía prevista para la categoría II de cada grupo o subgrupo.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (98 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica