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Modificación estructural o cesión de cartera de las entidades aseguradoras

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1389
  • SIA: 1813436

Objeto:

Autorización administrativa para la cesión de cartera, transformación, fusión, cesión global de activo y pasivo o escisión de las entidades aseguradoras con domicilio fiscal y ámbito de actuación en Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades aseguradoras y reaseguradoras cuyo domicilio social, ámbito de operaciones y localización de riesgos (en el caso de seguros distintos del de vida) o asunción de compromisos (en el supuesto de seguros de vida) se circunscriban a Castilla y León

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • La entidad aseguradora debe haber obtenido con carácter previo la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora.
  • Acuerdo previo de los órganos sociales correspondientes para iniciar el procedimiento.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  • Certificación de los acuerdos adoptados por los órganos sociales competentes.
  • Convenio (en los casos de cesión de cartera).
  • Proyecto de la operación y acreditación de la publicidad efectuada (en los casos de transformación, fusión y cesión global de activo y pasivo).
  • Proyecto de escisión e inventario detallado de elementos traspasados (en los casos de escisión).
  • Acreditación del cumplimiento de los requisitos para operar de las nuevas entidades resultantes (en los casos de fusión y de escisión con creación de nueva entidad).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • 6 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE 15-07-2015)
  • Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE 02-12-2015)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Política Financiera

Órgano que resuelve:

Consejería de Economía y Hacienda

Información adicional:

  • La autorización administrativa de la cesión de cartera, la transformación, la fusión, la cesión global de activo y pasivo o la escisión de las entidades aseguradoras cuyo ámbito de actuación exceda el territorio de Castilla y León, corresponde a la Administración General del Estado, aunque su domicilio social esté en Castilla y León.
  • La concesión de la autorización administrativa para la cesión total de cartera determinará la revocación a la entidad cedente de la autorización administrativa para operar en el ramo o ramos cedidos.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos