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Acceso y ejercicio a la actividad de alojamiento hotelero

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1189
  • SIA: 1253115

Objeto:

Acceso y ejercicio a la actividad por los de titulares de los establecimientos turísticos en la modalidad de alojamiento hotelero (hotel, hotel apartamento, motel, hostal y pensión); así como cambios de titularidad, modificación de datos, cese de la actividad, e incorporación de datos en procedimientos ya iniciados.
 

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Los requisitos de categorización de acuerdo con lo establecido en los artículos 10, 11 y 12 del Decreto 65/2015. (DOC 1)
  • Los requisitos específicos de especialización de los alojamientos hoteleros: Hoteles y Hostales, que constan en los artículos 14 al 22, ambos inclusive, del Decreto 65/2015. (DOC 2)
  • El resto de requisitos generales establecidos en el Decreto 65/2015.
     

¿Qué documentos necesito?

1.- Acceso y ejercicio a la actividad: Los titulares de los establecimientos de alojamiento hotelero deberán presentar el formulario denominado Declaración responsable de alojamientos hoteleros, antes del inicio del ejercicio de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido a la Sección de Turismo de la provincia donde se encuentre el establecimiento, en los siguientes supuestos:

Inicio de actividad. Siempre deberá marcarse la casilla “1-Declaro bajo mi responsabilidad”.

Cambio de titularidad.

a)  El apartado “1-Declaro bajo mi responsabilidad” deberá marcarse en los siguientes supuestos:

Cuando el establecimiento de alojamiento hotelero, figure inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León con anterioridad al 9 de noviembre de 2015 y se realicen modificaciones de la categoría o especialidad, o se lleve a cabo obras de reforma sustanciales de ampliación o rehabilitación. 

Cuando en el establecimiento de alojamiento hotelero esté inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León con fecha igual o posterior al 9 de noviembre de 2015.

b)  El apartado “2-Declaro bajo mi responsabilidad” deberá marcarse cuando el establecimiento de alojamiento hotelero esté inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León con anterioridad al 9 de noviembre de 2015 y no se incluya en los supuestos del apartado anterior.

2.- Modificación de datos y cese de la actividad: Los titulares de los establecimientos de alojamiento hotelero deberán presentar el formulario denominado Comunicación relativa a modificaciones y cese de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido a la Sección de Turismo de la provincia donde se encuentre el establecimiento, en los siguientes casos:

Cualquier modificación de los datos incluidos en la declaración responsable y en los documentos aportados, así como el cese de la actividad o el cese por cambio de titularidad.

Cuando se realicen modificaciones o reformas sustanciales que puedan afectar a la clasificación (tipo), categoría y especialización o especializaciones del establecimiento de alojamiento hotelero.

En los supuestos de modificación de la categoría/clasificación del alojamiento se deberá anexar el formulario denominado “Anexo I Hoteles”,  “Anexo I y II Hoteles-Apartamento”, “Anexo III Moteles"  o “Anexo IV Hostales-Pensiones”.

3.- Incorporar datos o documentos: Los titulares de los establecimientos de alojamiento hotelero deberán presentar el modelo Incorporación de datos o documentos a un procedimiento administrativo ya iniciado, en el supuesto de subsanación de deficiencias, incorporación de nueva documentación al procedimiento iniciado, entre otros, debidamente cumplimentado y dirigido a la Sección de Turismo de la provincia donde se encuentre el establecimiento.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Acceso y ejercicio a la actividad:
• Siempre se debe presentar con anterioridad al inicio de su actividad. (Art. 21.1 Ley 14/2010, de 9 de diciembre).
• En el caso de cambio de titularidad, el nuevo titular deberá presentar nueva declaración responsable en el plazo de un mes, siempre con antelación al inicio de la actividad. (Art. 21.1 Ley 14/2010, de 9 de diciembre y art. 27 del Decreto 65/2015, de 8 de octubre).

Comunicación de modificación de datos y cese de la actividad (Art. 27 del Decreto 65/2015, de 8 de octubre):
• La modificación de los datos incluidos en la declaración responsable y en los documentos aportados, así como el cese de la actividad o el cese por cambio de titularidad, se comunicará en el plazo de un mes desde que se produzca.
• Las modificaciones o reformas sustanciales que puedan afectar la clasificación o categoría del establecimiento de alojamiento en la modalidad de alojamiento hotelero, o inclusión de una especialidad, se comunicará con anterioridad a la reapertura del establecimiento o a la nueva categorización o especialización.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que hayaindicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Legislación aplicable:

  • Ley 14/2010, de 9 de diciembre de Turismo de Castilla y León. (BOCyL nº 243 de 20 de diciembre). Modificaciones que afectan a la LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León
  • Decreto  65/2015, de 8 de octubre, por el que se regulan los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-10-2015) y corrección de errores (BOCYL de 27-10-2015)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secciones de Turismo

Información adicional:

  • Se inscribirán de oficio en el Registro de Turismo.
     
  • Es obligatoria la exhibición, junto a la entrada principal, de una placa normalizada que contendrá los distintivos acreditativos de la clasificación, especialidad/es y de la categoría de los establecimientos (de acuerdo con el anexo V)
  • En el momento de formalizar la admisión del turista deberán entregarle una hoja de información, según el modelo que determine el titular o según el modelo que se adjunta. 
  • La información a los turistas deberá constar en un Tablón de anuncios o en otro medio similar.
     
  • Los precios deberán constar en una lista de precios, pudiendo servir como modelo el que se adjunta.
  • Los titulares de los establecimientos de alojamiento hotelero podrán elaborar un Reglamento de régimen interno, en el que se incluirá, entre otros aspectos, el horario de prestación de los servicios que ofrece el establecimiento, las instrucciones de funcionamiento de algunas de las instalaciones y servicios y de otros elementos que se dejen a disposición de las personas alojadas, así como las indicaciones para la utilización racional de los recursos y otras normas de uso y ocupación de los elementos o zonas comunes para la correcta convivencia de los usuarios. Asimismo, recogerá las reglas a las que debe ajustarse la admisión y estancia en el establecimiento, que en ningún caso podrán ser discriminatorias.
     
  • Los establecimientos de Alojamientos Hotelero dispondrán de hojas de reclamaciones, que se entregarán por las secciones de turismo, y que se pondrán a disposición de los turistas alojados, y se les facilitará la información que sea necesaria para su cumplimentación.
     
  • En la publicidad que se realice por cualquier medio, en la comercialización, correspondencia, facturas y demás documentación de los alojamientos hoteleros, deberá indicarse de forma que no induzca a confusión la modalidad en que están clasificados, la/s especialidad/es y la categoría, no pudiendo usar denominación o indicativos distintos. Así mismo, deberá comunicar el número de Registro de Turismo de Castilla y León.
     
  • Los alojamientos hoteleros están obligados a contar con un registro documental para el control de entradas y salidas de turistas atendiendo a la normativa vigente en materia de seguridad ciudadana debiendo ponerse en contacto con la Policía Nacional o la Guardia Civil de la localidad correspondiente.


En el siguiente enlace podrá consultar la normativa básica que regula el libro-registro de viajeros, la cumplimentación de partes de entrada y la comunicación de datos a las dependencias policiales:

  • Los establecimientos de albergue ubicados en Castilla y León, están obligados a tener hojas de reclamación en cada uno de sus establecimientos (que se pueden descargar desde el enlace disponible en el apartado «Contenidos relacionados») para ponerlas a disposición de los turistas cuando éstos lo requieran, y se les facilitara la información que sea necesaria para su cumplimentación. (DOC 6)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (14 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Trámites:

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023