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Acceso y ejercicio a la actividad de intermediación turística

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1134
  • SIA: 1253103

Objeto:

Acceso y ejercicio a la actividad de agencias de viajes (centrales y sucursales) en Castilla y León, y de las centrales de reserva.

Además, se incluye los cambios de titularidad, la modificación de datos, cese de la actividad por cierre o cambio de titularidad, e incorporación de datos en procedimientos ya iniciados.

Así como, la comunicación del primer establecimiento de agencias de viaje que tengan su central fuera de la Comunidad de Castilla y León.

AGENCIAS DE VIAJE

La agencia de viajes es la empresa cuya actividad comercial es la mediación y organización de servicios turísticos, incluida la oferta, contratación y organización de viajes combinados y servicios de viaje vinculados en los términos establecidos por la legislación vigente aplicable a esa materia, pudiendo utilizar medios propios o ajenos para su prestación.

La agencia de viajes, en el ejercicio de la actividad que le es propia, puede actuar indistintamente como organizador o minorista, en función de sus necesidades de negocio, quedando, en todo momento constancia de la condición con la que actúan en cada caso.

CENTRAL DE RESERVA

Las centrales de reserva son las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que desarrollen la actividad de intermediación turística que consiste, principalmente, en reservar servicios turísticos de forma individualizada, y que se publicite como tal. Las centrales de reserva no tendrán capacidad para organizar ni comercializar viajes combinados ni servicios de viaje vinculados, y en ningún caso, podrán percibir de los turistas contraprestación económica ni podrán aceptar el abono anticipado del servicio reservado por su intermediación.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el caso de tratarse de persona jurídica, ostentar la necesaria representación, y que la misma se encuentre debidamente constituida e inscrita, de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.

Las empresas de agencias de viaje con sede central en Castilla y León inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León deberán, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Decreto 10/2023, de 22 de junio, por el que se regulan las actividades de intermediación turística en la Comunidad de Castilla y León adaptarse al régimen de garantías previsto en el Capítulo II, Sección 2ª de este decreto, así como, en su caso, la comunicación del domicilio fiscal de las agencias de viaje on line, para cuyo cumplimiento dispondrán de un plazo de seis meses desde su entrada en vigor (hasta el día 26/02/2024). Transcurrido el plazo sin haber aportado la correspondiente comunicación, se tramitará de oficio la baja en el Registro de Turismo de Castilla y León de la agencia de viajes que ejerza su actividad en la Comunidad de Castilla y León

¿Qué documentos necesito?

1.- Acceso y ejercicio a la actividad de agencia de viajes: Los titulares de la actividad de agencias de viaje deberán presentar el formulario denominado Declaración Responsable de agencia de viajes, cuando cumplan con todos los requisitos exigidos por la normativa y siempre antes del inicio del ejercicio de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la provincia correspondiente en los siguientes supuestos:
  • Inicio de actividad.
  • Cambio de titularidad.
Cuando la garantía se preste por cada viaje combinado o servicio de viaje vinculado, el titular deberá declarar que tiene acordada con una aseguradora la cobertura recogida en el art. 10 del Decreto, para cada viaje que contrate con un usuario.

2.- Acceso y ejercicio a la actividad de central de reserva: Los titulares de la actividad de central de reserva deberán presentar el formulario denominado Declaración Responsable de central de reserva, cuando cumplan con todos los requisitos exigidos por la normativa y siempre antes del inicio del ejercicio de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la provincia correspondiente en los siguientes supuestos:
  • Inicio de actividad.
  • Cambio de titularidad.
3.- Modificación de datos y/o cese de la actividad de agencias de viaje: Los titulares de la actividad de agencias de viaje con Central en Castilla y León deberán presentar el formulario denominado Comunicación relativa a modificaciones y cese de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la provincia correspondiente, en los siguientes casos; cualquier modificación de los datos incluidos en la declaración responsable, en los documentos aportados y para la apertura o cierre de sucursales, así como el cese de la actividad o el cese por cambio de titularidad.

4.- Modificación de datos y/o cese de la actividad de central de reservas: Los titulares de la actividad de central de reservas deberán presentar el formulario denominado Comunicación relativa a modificaciones y cese de la actividad de central de reservas, debidamente cumplimentado y dirigido al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la provincia correspondiente, en los siguientes casos; cualquier modificación de los datos incluidos en la declaración responsable, en los documentos aportados, así como el cese de la actividad o el cese por cambio de titularidad.

5.- Incorporar datos o documentos: Los titulares de la actividad de agencias de viaje deberán presentar el formulario denominado Incorporación de datos o documentos a un procedimiento administrativo ya iniciado, en el supuesto de subsanación de deficiencias, incorporación de nueva documentación al procedimiento iniciado, entre otros, debidamente cumplimentado y dirigido al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la provincia correspondiente.

6.-Comunicación de apertura del primer establecimiento en Castilla y León o cese de actividad de la agencia de viaje con sede central fuera de la Comunidad de Castilla y León: Los titulares de una agencia de viaje con sede central en otra Comunidad o Ciudad Autónoma del territorio español, o en otro estado miembro de la Unión Europea comunicarán la apertura del primer establecimiento en Castilla y León o, en su caso, el cese de la actividad (de los establecimientos en Castilla y León o de la Central) en el formulario denominado Comunicación apertura primer establecimiento en CyL.

7.- Recurso de intermediación turística: Se utilizará este formulario cuando el interesado en un procedimiento de acceso y ejercicio a la actividad de intermediación turística quiera interponer el recurso administrativo que corresponda.  

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

ACCESO Y EJERCICIO A LA ACTIVIDAD:

■ Siempre se debe presentar con anterioridad al inicio de su actividad y deberán cumplir con todos los requisitos exigidos en la normativa. (Art. 21.1 Ley 14/2010, de 9 de diciembre).

■ En el caso de cambio de titularidad, el nuevo titular deberá presentar nueva declaración responsable en el plazo de un mes, siempre con antelación al inicio de la actividad. (Art. 23.2 y 21.1 Ley 14/2010, de 9 de diciembre).

COMUNICACIÓN DE MODIFICACION DE DATOS Y CESE DE LA ACTIVIDAD:

■ La modificación de los datos incluidos en la declaración responsable y en los documentos aportados, así como el cese de la actividad o el cese por cambio de titularidad, se comunicará en el plazo de un mes desde que se produzca.

■ Las agencias de viaje de Castilla y León ya inscritas en el Registro de Turismo con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto dispondrán de un plazo de seis meses desde su entrada en vigor (hasta el 26/02/2024), para presentar la comunicación con la documentación acreditativa de haber formalizado la garantía prevista previsto en el Capítulo II, Sección 2ª, y en su caso, para que las agencias on line comuniquen su domicilio fiscal.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Legislación aplicable:

  • LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León y sus modificaciones (Texto Consolidado).
  • Decreto 10/2023, de 22 de junio, por el que se regulan las actividades de intermediación turística en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 26/6/2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secciones de Turismo

Información adicional:

  • Se inscribirán de oficio en el Registro de Turismo de Castilla y León.
  • Las agencias de viaje dispondrán en el exterior del local de un rótulo en el que figure el nombre comercial de la agencia de viajes y su código de identificación, de forma destacada y bien visible.
  • Los titulares actividades de intermediación turística ubicados en Castilla y León, están obligados a tener hojas de reclamación en cada uno de sus establecimientos (que se pueden descargar desde el enlace disponible en el apartado «Contenidos relacionados») para ponerlas a disposición de los turistas cuando éstos lo requieran, y se les facilitara la información que sea necesaria para su cumplimentación. Los titulares de actividades turísticas y los profesionales que ejerzan la actividad turística en Castilla y León sin establecimiento físico, indicarán de manera clara la dirección electrónica donde están disponibles las hojas de reclamación, o bien podrán ponerlas a disposición de los turistas cuando éstos las requieran descargándolas en el enlace indicado.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (14 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Trámites:

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023