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Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3227
  • SIA: 928023

Objeto:

Inscripción inicial, modificación de datos y baja en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas que realicen con carácter empresarial o profesional la actividad de concesión de préstamos a personas físicas con garantía hipotecaria u otro derecho real de garantía sobre inmuebles de uso residencial, o sean intermediarios.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Disponer de procedimientos escritos y capacidad para el cumplimiento de los requisitos de información, y medios adecuados para la resolución de las quejas y reclamaciones que se planteen.
  • Haber designado un representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
  • Poseer el nivel de conocimientos y competencia necesarios, y honorabilidad comercial y profesional.
  • Contar con la garantía exigida para hacer frente a las responsabilidades por negligencia profesional (solo los intermediarios de crédito inmobiliario).
  • Contar con procedimientos escritos y capacidad para una adecuada evaluación de la solvencia del prestatario (solo los prestamistas inmobiliarios).

¿Qué documentos necesito?

  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Cuestionarios de evaluación de idoneidad.
  • Acreditación de la representación (solo personas físicas que actúen con representante).
  • Escritura de constitución o de modificación del objeto social, estatutos, nombramiento de administradores y acreditación de su identidad (solo personas jurídicas).
  • Acreditación de su identidad, del alta como autónomo y del CNAE (solo personas físicas).
  • Acreditación del cumplimiento de los requisitos necesarios antes descritos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

No existe plazo para solicitar la inscripción inicial en el Registro, siendo de 10 días desde que se produjesen sus causas para la modificación de datos y la baja.

Plazo de resolución:

  • 3 meses. 

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León.
  • Orden EYH/1146/2022, de 5 de septiembre, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción, modificación de datos y baja en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, así como la obligación de remisión periódica de información sobre su actividad.
  • Ley estatal 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
  • Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, que desarrolla parcialmente la anterior.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Política Financiera

Órgano que resuelve:

Dirección General del Tesoro y de Política Financiera

Información adicional:

  • Únicamente deberán solicitar su inscripción en el Registro autonómico los intermediarios y prestamistas de crédito inmobiliario que, teniendo la sede de su administración central en Castilla y León, vayan a operar exclusivamente con prestatarios domiciliados en el territorio regional.
  • No están obligadas a solicitar su inscripción ciertas entidades financieras ya autorizadas, ni las personas que realicen las actividades de intermediación de forma accesoria en el marco de una actividad profesional regulada.
  • En el caso de intermediarios de crédito inmobiliario vinculados a un único prestamista, la solicitud de inscripción del intermediario debe efectuarla dicho prestamista.
  • Debe presentarse un cuestionario de evaluación de idoneidad por cada persona física que solicite su inscripción, por cada uno de los administradores de la persona jurídica que solicite su inscripción y por cada persona física representante de tales administradores si son personas jurídicas.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.