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Aprobación del plan cinegético de un coto de caza

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1883
  • SIA: 2315129

Objeto:

Solicitar la aprobación del Plan Cinegético de un coto de caza y de sus modificaciones, como instrumento de gestión de un determinado territorio tendente al aprovechamiento de su riqueza cinegética, en consonancia con su capacidad biológica y con la potenciación de las poblaciones de las especies existentes.

¿Quién lo puede solicitar?

El titular del coto de caza, o cualquier persona física o jurídica que actúe en su representación.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Todo coto de caza en Castilla y León es obligatorio que cuente con su Plan cinegético, tal como se establece en el Título VI Planificación cinegética de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, concretamente en sus artículos 42 y 43, siendo requisito imprescindible la existencia de un plan cinegético aprobado y con eficacia para la práctica de la actividad cinegética en los cotos de caza.

  • Todos los planes cinegéticos deberán ser elaborados y suscritos por técnicos competentes, de acuerdo con el apartado c) del artículo 43.4 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León y su Disposición Adicional Quinta “Técnicos competentes”.

¿Qué documentos necesito?

1. Planes cinegéticos de caza menor, de caza mayor o de caza menor y mayor.

- Solicitud de aprobación, conforme al modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.

- Plan Cinegético elaborado y suscrito en todo caso por Técnico competente, en los términos y contenido mínimo establecidos en la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León y en la Orden de 5 de mayo de 1995, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se modifican los requisitos que deben cumplir los Planes Cinegéticos y se regula el procedimiento de renovación de los que cumplan su periodo de vigencia.

2. Cotos de caza intensiva.

- Solicitud de aprobación, conforme al modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.

- Plan Cinegético elaborado y suscrito en todo caso por Técnico competente, en los términos y contenido mínimo establecidos en la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León y en la Orden de 5 de mayo de 1995, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se modifican los requisitos que deben cumplir los Planes Cinegéticos y se regula el procedimiento de renovación de los que cumplan su periodo de vigencia.

- En los cotos de caza intensiva (caza en periodos o días hábiles distintos a los previstos en el Anexo II de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León), tanto en los destinados a la práctica exclusiva de la caza intensiva como en aquellos cotos que definan cuarteles de caza intensiva, su plan cinegético deberá contener un Plan de Caza específico para la caza intensiva y un informe técnico que avale que su práctica resulta compatible con la conservación de las poblaciones naturales.

- ABONO DE LA TASA de tramitación correspondiente: para la tramitación de los planes intensivos será preciso proceder al abono de la tasa correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92.7 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León y en la en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes:

Código 305.6 Tasa en materia de caza

Cotos intensivos (tramitación de expediente de autorización o renovación): 222,20 euros.

El ABONO DE LA TASA podrá realizarse a través del modelo 046, disponible en el apartado de “Información de tasas”, debiendo adjuntar el justificante del pago junto a la solicitud correspondiente.

3. Modificaciones de planes cinegéticos vigentes.

- Solicitud de aprobación, conforme al modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.

- Documento de modificación del Plan Cinegético vigente.
 
4. Para todos los casos descritos con anterioridad

En el supuesto de actuar ante la Administración mediante representación, la solicitud deberá ir acompañada de documento público o apoderamiento apud acta privado que acredite la representación o el poder del firmante de la solicitud.

En el supuesto de que el solicitante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI/NIE, será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a través del correo electrónico indicado, con los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • LEY 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León (BOCyL 08-07-2021)
  • Orden de 5 de mayo de 1995, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se modifican los requisitos que deben cumplir los Planes Cinegéticos y se regula el procedimiento de renovación de los que cumplan su período de vigencia (BOCyL 12-05-1995)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información adicional:

Planes cinegéticos presentados antes de las entrada en vigor de la Ley 4/2021 y en fase de aprobación.

  • De acuerdo con lo establecido en la Disposión transitoria Primera “Procedimientos en tramitación” de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, los procedimientos regulados en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, que hayan sido iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley 4/2021 Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su incoación.


Modificación de planes cinegéticos tras ampliación o reducción del coto de caza

  • La reducción o ampliación de un coto de caza en más de 100 hectáreas, si su superficie inicial fuese inferior a 1.000 hectáreas, o en un porcentaje superior al 10 por ciento en el caso de cotos de mayor superficie, conllevará la obligación de presentar un anexo de adaptación del plan cinegético en vigor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43.10 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.


Identificación de manchas celebración cacerías colectivas de caza mayor

  • En los planes cinegéticos de los cotos de caza en los que se planifique el aprovechamiento de especies de caza mayor en las modalidades de Montería y/o gancho, deberán presentar un plano en el que se identifiquen claramente las manchas en las que se divide el acotado a efectos de la práctica de dichas modalidades. Las manchas definidas en el Plan serán sobre las que se podrán celebrar monterías y ganchos de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.

Resumen del plan cinegético en formato digital

  • A la hora de elaborar el Resumen del plan cinegético, de acuerdo con el artículo 4 de la Orden de 5 de mayo de 1995 por la que se modifican los requisitos que deben cumplir los Planes Cinegéticos y se regula el procedimiento de renovación de los que cumplan su periodo de vigencia,  se recomienda usar la hoja Excel Resumen de Plan cinegético que está disponible en el apartado de DESCARGAS. Su uso permitirá homogeneizar el Resumen obligatorio para todo plan cinegético y, gracias a ello, facilitar la comprobación de sus datos y agilizar su resolución.

Presentación de la Memoria Anual de Resultados

  • Los titulares o arrendatarios de los cotos de caza, una vez finalizada la temporada y en el plazo máximo de un mes desde su finalización, deben presentar la Memoria anual de las actividades cinegéticas llevadas a cabo en el Coto de Caza durante la temporada, en la que se debe especificar, entre otros datos, el número de piezas cazadas por especie y modalidad de caza, el número de cazadores por jornada y el número de jornadas cinegéticas.
  • El acceso al modelo normalizado de la Memoria anual de resultados está disponible en siguiente trámite:  Comunicación de resultados de caza

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (465 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.