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Anexo VII para traslados transfronterizos de residuos en el interior de la UE

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1275
  • SIA: 1813383

Objeto:

Generación y presentación electrónica del Anexo VII del Reglamento CE 1013/2006, relativo a los traslados de residuos.

El Anexo VII del Reglamento CE 1013/2006 se emplea para el traslado de residuos sujetos a requisitos de información general que se realiza entre dos países de la Unión Europea, es decir:

  • los traslados de los siguientes residuos destinados a valorización, cuando se trasladan cantidades superiores a 20 kg:
    • Residuos del anexo III (lista verde)
    • Residuos del anexo III B.
    • Mezclas, no clasificadas en una categoría específica del anexo III, de 2 o más residuos incluidos en el anexo III, siempre que su composición no perjudique su valorización ambientalmente correcta y que dichas mezclas sean incluidas en el anexo IIIA.
  • los traslados de residuos expresamente destinados a análisis de laboratorio para evaluar sus características físicas o químicas o para determinar su idoneidad para operaciones de valorización o eliminación, cuando las cantidades transportadas no superen 25 kg.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Los centros exportadores (personas físicas o jurídicas que organizan el traslado) ubicados en Castilla y León deben presentar los Anexos VII correspondientes a las exportaciones.
  • Las instalaciones de valorización de Castilla y León deben presentar los Anexos VII de las importaciones.

¿Qué documentos necesito?

Antes del traslado de residuos es necesario:

  • Disponer de un contrato de tratamiento entre la persona que organice el traslado y el destinatario de la valorización de los residuos, en los términos del artículo 18.2. del Reglamento CE 1013/2006.
  • La persona que organice el traslado debe completar los bloques 1 a 12 del anexo VII del Reglamento CE 1013/2006, y firmar el documento.

    Este documento debe acompañar al residuo durante todo el traslado.

    Los exportadores ubicados en Castilla y León deben presentar este documento a la Administración a través de la aplicación SIRECYL (módulo TTF) con una antelación mínima de 3 días naturales antes del traslado.
     


Cuando el residuo llega a la instalación de valorización

  • El importador-destinatario y (si es distinto) la instalación de valorización debe completar los bloques 13 y 14 del anexo VII y firmar el documento.
  • Los exportadores e importadores deben conservar copias de estos documentos durante, al menos, 3 años.
  • Los exportadores ubicados en Castilla y León deben comunicar los datos de recepción del residuo (cantidad y fecha) y presentar el Anexo VII completo a través de la aplicación SIRECYL (módulo TTF).
  • Las instalaciones de valorización ubicadas en Castilla y León deben presentar los Anexos VII completos a través de la aplicación SIRECYL (módulo TTF) en un plazo máximo de 3 días naturales tras la recepción del residuo.

Requisitos previos para presentar el Anexo VII (importaciones y exportaciones)

  • Para la presentación a través de TTF es necesario que previamente las empresas se den de alta en el trámite TTF, y que comuniquen al Servicio de Residuos y Suelos Contaminados los datos de los centros a los que exportan los residuos (las instrucciones se detallan en el apartado “Descargas”).
  • Los datos comunicados se incorporarán automáticamente al archivo cronológico on-line y, en su caso, al borrador de memoria anual de gestión del exportador o de la instalación de valorización de Castilla y León.
     

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.
En el caso de salidas desde Castilla y León, el notificante debe presentar el Anexo VII con una antelación mínima de 3 días naturales antes del traslado.
En el caso de entradas a instalaciones de Castilla y León, el destinatario debe presentar el Anexo VII en un plazo máximo de 3 días naturales tras la recepción del residuo.

Legislación aplicable:

  • REGLAMENTO (CE) 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2006 relativo a los traslados de residuos
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE 09-04-2022)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Residuos y Suelos Contaminados

Información adicional:

Traslados de residuos sujetos a requisitos de información general

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (193 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica