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Concurso público para el otorgamiento de licencias de televisión digital terrestres de ámbito local (TDT-local) en Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2871
  • SIA: 2085730

Objeto:

Conceder 63 licencias de comunicación audiovisual, para la prestación de servicios de televisión digital local (TDT-local), de titularidad privada que realicen comunicaciones comerciales en la Comunidad de Castilla y León. La distribución de las licencias se corresponden con 21 demarcaciones asignadas a la Comunidad de Castilla y León por el Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria.
  • No se admitirá la concurrencia de dos o más empresas constituidas o con el compromiso de constituir una unión temporal de empresas.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónica:

Presencial:

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Capacidad general. Para ser titular de una licencia será necesario cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el artículo 25 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.
  • Limitaciones por razón de orden público audiovisual. En ningún caso podrán ser titulares de una licencia las personas físicas o jurídicas que se encuentren en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 26 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.
  • Limitaciones por razón del pluralismo en el mercado audiovisual televisivo. El titular de la licencia deberá respetar las limitaciones por razón del pluralismo en el mercado audiovisual televisivo que establece el artículo 36 de la Ley 7/2010 de 31 de marzo.

¿Qué documentos necesito?

  • Solicitud de participación electrónica:
    • Las personas físicas y jurídicas que opten a las licencias de comunicación audiovisual podrán presentar una solicitud por cada una de las demarcaciones, pudiendo concurrir, por tanto, con un máximo de veintiuna propuestas.
    • En ningún caso, una persona física o jurídica podrá obtener u ostentar, directa o indirectamente, más de una licencia audiovisual en la misma demarcación.
    • En el caso de que un mismo solicitante presente más de una solicitud para una misma demarcación, se le admitirá únicamente la registrada en primer lugar, excluyendo el resto de solicitudes que pudiera presentar.
    • Las solicitudes presentadas por varias personas jurídicas pertenecientes a un mismo grupo empresarial de acuerdo a los supuestos a los que se refiere el artículo 42 del Código de Comercio, se considerarán presentadas por un único solicitante.
    • Las ofertas serán secretas y su presentación supone la aceptación incondicional por parte del solicitante de las presentes bases.
  • Documentación complementaria:

Fecha de publicación:

5 de julio de 2019

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 8 de julio de 2019 hasta el 19 de agosto de 2019

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Garantías

Contenido:

Para participar en el presente concurso será requisito indispensable acreditar la constitución de una garantía conforme a los importes establecidos en el Anexo VI por cada una de las demarcaciones a las que se concurra:

Dicha garantía cumplirá una doble función, por un lado responde del mantenimiento de las ofertas presentadas hasta la adjudicación definitiva, siendo incautada a los interesados que retiren injustificadamente su solicitud antes de la resolución del concurso. Por otro lado servirá para garantizar el cumplimiento de las obligaciones recogidas en las bases que asumen los solicitantes que resulten adjudicatarios hasta la formalización del documento administrativo previsto en la base 22.

Las garantías quedarán extinguidas y podrán ser devueltas a los solicitantes de las licencias que no resulten adjudicatarios. Se retendrá la garantía a los adjudicatarios hasta la firma del documento administrativo de la base 22 y tras haberse verificado que han cumplido sus obligaciones.

Para la constitución de la garantía se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

La garantía podrá constituirse mediante alguna de las modalidades siguientes:

  • En efectivo o en valores (Constitución presencial o telemática) (1)
  • Mediante aval (Constitución presencial) (2)
  • Por contrato de seguro de caución (Constitución presencial) (2)

Constitución telemática en efectivo:

  • La constitución de la garantía en efectivo podrá  realizarse  de forma  telemática a través de la denominada Oficina Virtual de la Caja General de Depósitos de la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera  de la  Consejería  de  Economía  y  Hacienda,  a la que se accederá desde el Portal Corporativo de la Junta de Castilla y León (https://hacienda.jcyl.es/web/jcyl/Hacienda/es/Plantilla100/1284394140347/_/_/_).
  • Para cumplimentar el formulario de alta de la garantía en la Oficina Virtual de la Caja General de Depósitos, se seleccionará/indicará lo siguiente:
    • a)     En el campo “centro gestor”, CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE.
    • b)     En el campo “concepto”: CONCURSO LICENCIAS COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA.
    • c)     En el campo “provincia” ha de señalarse aquella en la que radique el municipio indicado en la “denominación” de cada “referencia” del Anexo IV. En el caso de que se constituya una garantía por el importe correspondiente al de dos o más referencias/demarcaciones, se indicará la provincia en la que radique el municipio indicado en la “denominación” de cualquiera de las referencias.
    • d)     En el campo “importe” ha de consignarse el total que corresponda según el número de demarcaciones por las que se constituya la garantía. Para calcular el importe el anexo IV atribuye a cada demarcación una potencia radiada aparente máxima y el anexo VI determina el importe por cada potencia.
    • e)     En el campo “Disposición legal/Obligación garantizada” debe señalarse:
      ORDEN FYM/657/2019, DE 28 DE JUNIO, CONCURSO LICENCIAS TDT.       
      La denominación de la demarcación o demarcaciones en la/s que solicita la/s licencia/s. (Dicha denominación es la que figura en el Anexo IV de la Orden)

Constitución mediante aval o contrato de seguro de caución:

  • En el aval y el contrato de seguro de caución deberá quedar constancia clara de que se constituyen a favor de “LA DIRECCIÓN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES/CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN”, de acuerdo con lo dispuesto en la base 7 de la “Orden FYM/657/2019, de 28 de junio, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 63 licencias de comunicación audiovisual de titularidad privada, para la prestación de servicios de televisión digital local que realicen comunicaciones comerciales en la Comunidad de Castilla y León”, en garantía de las obligaciones derivadas de la participación en el concurso de la/s licencia/s siguiente/s… (Indicar aquí la “denominación” de la demarcación o demarcaciones en las la/s que se solicita licencia/s que cubre esta garantía)

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el “Boletín Oficial de Castilla y León” será de 6 meses.

El plazo de resolución ha sido ampliado en tres meses por la Orden FYM/1319/2019, de 18 de diciembre, por la que se amplía el plazo previsto para la resolución del concurso convocado mediante la Orden FYM/657/2019, de 28 de junio, de 28 de junio, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 63 licencias de comunicación audiovisual, para la prestación de servicios de televisión digital local (TDT-local), de titularidad privada que realicen comunicaciones comerciales, en la Comunidad de Castilla y León.

 

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (BOE 01-04-2010)
  • Decreto 59/2015, de 17 de septiembre, por el que se regulan los servicios de comunicación audiovisual en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 21-09-2015)
  • Orden FYM/148/2016, de 23 de febrero, por la que se regulan los procedimientos en materia de servicios de comunicación audiovisual (BOCyL 09-03-2016)
  • ORDEN FYM/657/2019, de 28 de junio, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 63 licencias de comunicación audiovisual, para la prestación de servicios de televisión digital local (TDT-local), de titularidad privada que realicen comunicaciones comerciales, en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 05-07-2019)
  • ORDEN FYM/1319/2019, de 18 de diciembre, por la que se amplía el plazo previsto para la resolución del concurso convocado mediante la Orden FYM/657/2019, de 28 de junio, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 63 licencias de comunicación audiovisual, para la prestación de servicios de televisión digital local (TDT-local), de titularidad privada que realicen comunicaciones comerciales, en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 03-01-2020)
  • ANUNCIO RELATIVO AL ACTO PÚBLICO DEL CONCURSO CONVOCADO MEDIANTE ORDEN FYM/657/2019, DE 28 DE JUNIO, PARA EL OTORGAMIENTO DE 63 LICENCIAS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELEVISIÓN DIGITAL LOCAL (TDT-LOCAL), DE TITULARIDAD PRIVADA QUE REALICEN COMUNICACIONES COMERCIALES, EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN (Publicado 26-08-2020)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Medios Audiovisuales y Régimen Jurídico

Órgano que resuelve:

Consejería de Movilidad y Transformación Digital

Resolución. Beneficiarios:

ADJUDICATARIOS: ORDEN FYM/334/2021, de 23 de marzo, por la que se resuelve el concurso público convocado mediante Orden FYM/657/2019, de 28 de junio, para el otorgamiento de 63 licencias de comunicación audiovisual, para la prestación de servicios de Televisión Digital Local (TDT-Local), de titularidad privada que realicen comunicaciones comerciales, en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 30-03-2021)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (302 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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