Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Registro de Organismos de Control Ambiental Acreditados

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3645
  • SIA: 3168350

Objeto:

Establecer el procedimiento para la inscripción en el Registro de Organismos de Control Acreditados (OCAA) para colaborar con la Administración de Castilla y León en la realización de inspecciones ambientales dentro de su territorio.

¿Quién lo puede solicitar?

Organismos de Control Ambiental

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Tener la consideración de organismo de control de acuerdo con la normativa sobre seguridad industrial.
  • Estar acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación en España (ENAC) u órgano equivalente de otro estado miembro de la Unión Europea como entidad de inspección conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020, así como para los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad que establezca la Dirección General competente en esta materia.
  • Disponer de seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubra la responsabilidad civil de las actuaciones que realice.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección Genera adjuntando la documentación que se detalla a continuación:

  • Certificación de estar inscrito en el Registro Integrado Industrial como Organismo de Control.
  • Certificado expedido por la Entidad Nacional de Acreditación en España (ENAC) u órgano equivalente de otro estado miembro de la Unión Europea como entidad de inspección conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 para la realización de inspecciones en el área de medio ambiente, así como para los procedimientos de evaluación de la conformidad que establezca la Dirección General y a los que se refiere la disposición final primera.
  • Relación del personal en plantilla que realice funciones de inspección en el área de medio ambiente, donde conste la titulación académica y la experiencia profesional en la materia.
  • Documentación acreditativa de que el seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubre su responsabilidad civil como Organismo de Control, incluye las actuaciones materiales de inspección que realice en el ámbito de este Decreto.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

La inscripción en el Registro es abierta y permanente.

Los OCCA están obligados a comunicar a la Dirección General los cambios que afecten a los datos obrantes en el Registro dentro de los cinco días hábiles siguientes de haberse producido.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para notificar la resolución será de dos meses. 

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Decreto 16/2024, de 29 de agosto, por el que se regula el régimen de vigilancia, inspección y control de las actividades e instalaciones potencialmente contaminadoras en Castilla y León, y se crea y regula el Registro de Organismos de Control Ambiental Acreditados (BOCyL 02-09-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Inspección y Control Ambiental

Órgano que resuelve:

Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental

Información adicional:

Procedimientos de evaluación de la conformidad

  • Los OCAA realizará las actuaciones materiales de inspección en nombre de la Administración de Castilla y León, siguiendo los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos.
  • Estos protocolos de inspección, aprobados por la Dirección General competente, para verificar el cumplimiento de la legalidad ambiental y de las condiciones particulares de la autorización de instalaciones o actividades, se han aprobado en diciembre de 2024 y están disponibles en la página web https://medioambiente.jcyl.es/web/es/calidad-ambiental/inspeccion-ambiental.html

Inscripción, vigencia, suspensión temporal y cancelación de la inscripción

  • La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de siete años. Podrá ser renovada por periodos de igual duración, mediante la presentación  de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos.  La Dirección General publicará en la página web institucional el listado actualizado de los OCAA incluidos en el Registro.
  • La cancelación de la inscripción se producirá a solicitud de la entidad registrada, por disolución de la entidad registrada o por resolución motivada de la persona titular de la Dirección General, cuando se compruebe que los datos facilitados para la inscripción son falsos, no cumpla los requisitos, no respete el régimen de incompatibilidades o cuando emita informes o actas cuyo contenido no se ajuste a la realidad de los hechos.
  • Cuando la Dirección General compruebe que la entidad ha incumplido otras obligaciones establecidas  declarará la suspensión temporal en el Registro, previa audiencia del OCAA. La suspensión temporal no podrá ser superior a 1 año y su duración se determinará en función de la gravedad del incumplimiento sobre la fiabilidad del trabajo a realizar.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.