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Reconocimiento del derecho a la suscripción de préstamo preferencial bonificado por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3522
  • SIA: 3029923

Objeto:

Reconocer el derecho a la suscripción de un préstamo preferencial bonificado a los titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL).

¿Quién lo puede solicitar?

Titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL)

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Se reconocerá el derecho a la suscripción de un préstamo preferencial bonificado a los titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (Reacyl) de conformidad con el “Valor de Producción Estándar” que le ha sido asignado, y que cada titular puede consultar en el citado registro y se expresará en la Resolución de reconocimiento del derecho al préstamo preferencial bonificado.

2. El préstamo preferencial bonificado se establecerá en función del valor de la “producción estándar” de cada explotación, con el siguiente baremo:

  • a) Para las explotaciones cuyo valor de producción estándar sea inferior o igual a 25.000 euros, el importe máximo del derecho al préstamo preferencial bonificado será de 10.000 euros
  • b) Para las explotaciones cuyo valor de producción estándar sea superior a 25.000 euros y hasta 100.000 euros, el importe máximo del derecho al préstamo preferencial bonificado será de 40.000 euros.
  • c) Para las explotaciones cuyo valor de producción estándar sea superior a 100.000 euros, el importe máximo del derecho al préstamo preferencial bonificado será de 60.000 euros.

No podrán ser beneficiarios de esta ayuda los titulares de explotaciones que estén exclusivamente en algún sistema de integración con empresas comercializadoras.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud según el modelo normalizado acompañada de la siguiente documentación:

  • En el caso de personas jurídicas: Certificación en la que conste el acuerdo de los socios para solicitar el reconocimiento de derecho a préstamo preferencial y la persona autorizada para solicitarlo.

Fecha de publicación:

25 de agosto de 2023

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 26 de agosto de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes de reconocimiento del derecho al préstamo preferencial bonificado será hasta el 6 de noviembre de 2023. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE 18-11-2003)
  • Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. (BOE 16-10-2008)
  • ORDEN AGR/1022/2023, de 21 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de minimis destinadas a la bonificación de intereses en préstamos preferenciales bonificados formalizados por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León, afectados por la sequía y otros fenómenos meteorológicos adversos en la campaña agrícola 2022-2023 y se establecen las condiciones para el reconocimiento del derecho a dichos préstamos (BOCyL 25-08-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Gestión y Apoyo

Órgano que resuelve:

Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.