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Convocatoria de permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos para el curso 2024/2025

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1091
  • SIA: 1253093

Objeto:

Convocar, para iniciar en el curso escolar 2024/2025, la concesión de 200 permisos parcialmente retribuidos, para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • a) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de cualquiera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas no universitarias en los centros públicos dependientes, orgánica y funcionalmente, del ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, con al menos siete años de antigüedad.
  • b) Impartir docencia directa en dichos centros, durante los primeros cuatro cursos de los que consta el permiso.
  • c) No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo del mismo, ni haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los siete últimos años.
  • d) No desempeñar cargo unipersonal de gobierno durante el último curso del permiso.
  • e) No tener cumplidos cincuenta y cinco años o más años de edad a 31 de agosto de 2024.
  • f) No estar incurso en la tramitación de un expediente de incapacidad.

Con carácter general los requisitos deben poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los indicados en las letras a), c) y f) mantenerse durante la vigencia del permiso.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de participación a través del correspondiente formulario electrónico dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.

La Consejería de Educación aportará de oficio a la comisión de selección la hoja de servicios cerrada a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como la información relativa al resto de requisitos de participación indicados en el apartado tercero.1, y los que pudieran servir para la ordenación a que se refiere el apartado octavo relativos a la situación administrativa y profesional.

Fecha de publicación:

29 de abril de 2024

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 30 de abril de 2024 hasta el 14 de mayo de 2024

Más Detalles:

Desde el martes 30 de abril a las 09:00:00 horas hasta el martes 14 de mayo a las 23:59:59 horas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Características y condiciones del permiso

Contenido:

  1. El permiso parcialmente retribuido se enmarca en un período de cinco cursos escolares consecutivos, en los que durante los cuatro primeros cursos los beneficiarios prestarán los servicios a jornada completa, impartiendo docencia directa en los centros sin perjuicio de los supuestos de compatibilidad previstos en el apartado décimo, en tanto que en el quinto curso disfrutarán del permiso. En ningún caso el período de duración podrá superar los cinco cursos.

    El disfrute del permiso durante el último curso escolar no podrá ser interrumpido o fraccionado o aplazado.
     
  2. Durante los cinco cursos escolares citados, el funcionario percibirá el ochenta y cinco por ciento de las retribuciones que le corresponderían por el desempeño de sus funciones.

    No obstante, si desempeñase cargos unipersonales de gobierno en cualquier momento de los cuatro primeros cursos, percibirá la totalidad del correspondiente complemento específico.
     
  3. Los funcionarios, durante el curso escolar en el que disfruten del permiso parcialmente retribuido, permanecerán en situación de servicio activo, conservando, en su caso, el destino definitivo. Igualmente, dicho período les será computable a efectos de antigüedad y derechos pasivos.

    No obstante, dicho personal, a los efectos de una correcta finalización del curso escolar anterior y de estimarlo así necesario la correspondiente dirección provincial de educación, deberá participar en la realización y evaluación de las pruebas extraordinarias de septiembre.
     
  4. El período de cinco cursos escolares en el que se enmarca el permiso comenzará al inicio del curso escolar 2024/2025.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver esta convocatoria y publicar la resolución de concesión será de 6 MESES contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la mencionada resolución las solicitudes se podrán entender DESESTIMADAS.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • La resolución definitiva de permisos concedidos será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y en la misma fecha se dará publicidad de la misma en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es). Asimismo, se podrá consultar en el servicio telefónico 012 de información y atención al ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

Orden EDU/353/2024, de 19 de abril, por la que se convocan, para iniciar en el curso escolar 2024/2025, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, y se delega la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia a los permisos concedidos. (BOCyL 29-04-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Recursos Humanos

Órgano que resuelve:

Dirección General de Recursos Humanos

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (43 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.