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Procedimiento para adquisición de nuevas especialidades docentes por los funcionarios del cuerpo de maestros

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2194
  • SIA: 1813714

Objeto:

Regular el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades docentes para el personal funcionario del cuerpo de maestros dependiente de la consejería competente en materia de educación de la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en las letras b) y c) del artículo 4.2 del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre.

¿Quién lo puede solicitar?

Los funcionarios de carrera o en prácticas del cuerpo de maestros que estando en cualquier situación administrativa y dependiendo orgánicamente de la consejería competente en materia de educación cumplan alguno de los requisitos:

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Estar en posesión de alguna de las titulaciones o requisitos recogidos en el Anexo I.
  2. Haber impartido las áreas propias de la especialidad de educación primaria durante tres años, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, y en más del treinta por ciento de su horario, así como estar en posesión de la especialidad de educación física, música, pedagogía terapéutica, audición y lenguaje o de alguna de las diferentes lenguas extranjeras.

No podrán participar en este procedimiento los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros dependientes de otras administraciones educativas que presten servicios temporalmente, en régimen de comisión de servicios, en los centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

Descarga del documento tipo PDF Anexo I: Titulaciones o requisitos. Abre una nueva ventana Anexo I: Titulaciones o requisitos (172 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al titular de la dirección provincial de educación de la provincia de la que dependa el solicitante, y acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivo adjunto:

  1. Titulación acreditativa de la nueva especialidad solicitada o, en su caso, certificado supletorio del título.

    En el caso de que el título alegado haya sido obtenido en el extranjero, el participante deberá acreditar la homologación o, en su caso, la declaración de equivalencia a nivel académico de grado por el Estado español de conformidad con la correspondiente normativa de aplicación.
     
  2. Para el reconocimiento de la especialidad de educación primaria de acuerdo a lo establecido en el artículo 4.2.c) del Real Decreto 1594/2011 de 4 de noviembre, certificación expedida por la dirección del centro en el que se haya prestado los servicios acreditando su cumplimiento, conforme al anexo II.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de solicitudes y la correspondiente documentación será desde el día 1 hasta el día 31 de octubre de cada año.

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo de resolución es de 3 MESES contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido dicho plazo sin haber sido notificada la resolución se entenderá DESESTIMADA.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 09-11-2011)

  • ORDEN EDU/920/2023, de 14 de julio, por la que se regula el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades docentes para el personal funcionario del Cuerpo de Maestros dependientes de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Castilla y León y se delega la competencia para dictar Resolución sobre este procedimiento. (BOCyL 24-07-2023)

  • Resolución de 4 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se delega en las direcciones provinciales de educación la competencia para la resolución del procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades docentes para el personal funcionario del Cuerpo de Maestros dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Junta de Castilla y León, regulado por Orden EDU/920/2023, de 14 de julio. (BOCyL 12-09-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección Provincial de Educación

Órgano que resuelve:

Dirección Provincial de Educación

Información adicional:

  • A propuesta de la comisión de reconocimiento de adquisición de especialidades, el titular de la Dirección General de Recursos Humanos aprobará la resolución provisional con la relación de participantes indicando las especialidades reconocidas y aquellas cuya especialidad se ha denegado por no reunir los requisitos, indicando el motivo de su denegación.
  • Los participantes dispondrán de un plazo de 10 DIEZ HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la mencionada resolución, para presentar alegaciones cumplimentando el correspondiente formulario electrónico.
  • Vistas las alegaciones presentadas, la comisión de reconocimiento de adquisición de especialidades elevará la correspondiente propuesta de resolución al titular de la Dirección General de Recursos Humanos que procederá a dictar la resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de los participantes que adquieren nuevas especialidades y de aquéllos que no reúnen los requisitos para adquirirla, indicando el motivo de su denegación.
  • Tanto la resolución provisional como la definitiva se publicarán en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación y serán objeto de publicidad, en la misma fecha, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica