Distintivo “Óptima Castilla y León” dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular el procedimiento para la obtención del distintivo “Óptima Castilla y León”, dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral. Este distintivo tiene como finalidad dar público reconocimiento a aquellas entidades que, además de cumplir las obligaciones vigentes, adoptan, voluntariamente, políticas destinadas a implementar medidas, procesos de mejora y buenas prácticas en su modelo de gestión y organización de recursos humanos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, conciliación de la vida personal, familiar y laboral y eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
- Entidades legalmente constituidas que, reuniendo las condiciones y requisitos previstos en el Decreto 20/2018, tengan su sede social o desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad, cualquiera que sea su dimensión y actividad.
- Se entienden incluidas:
- a) Empresas
- b) Entidades sin ánimo de lucro
- c) Comunidades de bienes
- d) Personas físicas empleadoras
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Las entidades podrán solicitar la distinción «Óptima Castilla y León», siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos (126 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud conforme al modelo normalizado, dirigida a la consejería competente en materia de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (187 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
PLAZO DE RENOVACIÓN: Las entidades poseedoras de la distinción «Óptima Castilla y León» deberán presentar solicitud de renovación en el plazo máximo de 30 días, transcurridos dos años desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión.
Te interesa saber:
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Actuaciones de igualdad de género
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Contenido:
Las actuaciones en favor de la igualdad de género deberán realizarse en el ámbito interno o de organización de las entidades y podrán complementarse con otras encaminadas a la difusión exterior de la labor realizada, así como con actuaciones de colaboración con los organismos que trabajan a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunidad de Castilla y León.
Se entenderán como actuaciones en favor de la igualdad de género a los efectos de este decreto, los siguientes:
- a) Acciones positivas que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
- b) Actuaciones en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- c) Actuaciones para la reducción de la brecha salarial y que aumenten la transparencia retributiva.
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Vigencia, renovación y extinción
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Contenido:
- La vigencia de la distinción otorgada será de dos años desde la fecha de resolución de la concesión y estará, en todo caso, condicionada a que la entidad distinguida mantenga una práctica continuada en favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y continúe cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión.
- Transcurridos dos años desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión y, con el objeto de renovar por otros dos años la distinción reconocida, la empresa o entidad distinguida deberá presentar, en un plazo máximo de 30 días, una solicitud de renovación. Esta solicitud irá acompañada de la documentación que acredite que continua desarrollando una política de igualdad de género en la gestión de sus recursos humanos y en su caso, que ha adoptado nuevas medidas en este ámbito.
- Extinción del reconocimiento. El titular de la consejería competente en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, podrá revocar el reconocimiento otorgado a aquellas entidades en las que se demuestre la existencia de prácticas discriminatorias por razón de sexo o que no acrediten debidamente la continuidad de las acciones en favor de la igualdad de género, no pudiendo utilizar la marca «Óptima Castilla y León» en ninguno de los actos de comunicación y publicidad que realicen a partir de la fecha en que se dicte la resolución correspondiente.El procedimiento de revocación podrá iniciarse de oficio o a instancia de parte y finalizará por resolución del titular de la consejería competente en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, previa audiencia de la entidad interesada.
Plazo de resolución:
- 3 meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
Notificaciones:
- Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Reposición.
- Contencioso-administrativo.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León (BOCyL 07-03-2003)
- Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo “Óptima Castilla y León” dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral (BOCyL 09-07-2018)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de la Mujer
Órgano que resuelve:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
Información adicional:
- Este reconocimiento tendrá la denominación de «Óptima Transfronterizo Castilla y León», respecto de aquellas entidades que, desarrollando su actividad en el ámbito territorial transfronterizo entre Portugal y la Comunidad de Castilla y León, hayan implantado políticas de conciliación e igualdad de género entre mujeres y hombres, conforme a los requisitos y condiciones señalados.
Resolución. Beneficiarios:
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (139 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos
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