Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3542
- SIA: 3033378
- BDNS (Identificador): 724567
Fecha de publicación:
6 de noviembre de 2023
Objeto:
Concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, con destino a facilitar la financiación de los planes estratégicos en materia de I+D, que vayan a ser acometidos por empresas para centros de trabajo de Castilla y León y que se declaren de especial interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa del ICE, en base al fuerte impacto que puedan tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad. Los planes estratégicos comprenden uno o varios proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Empresas que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León y que vayan a realizar proyectos de I+D plasmados en planes que se califiquen como estratégicos y sean declarados de Especial Interés por la Junta de Castilla y León.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Requisitos para que el plan pueda ser calificado como estratégico en materia de I+D
El plan estratégico de I+D podrá referirse a un centro de trabajo o a varios centros que la empresa tenga en Castilla y León, debiendo especificar en todo caso el proyecto o los proyectos de I+D concretos que comprenda dicho plan. En todo caso, para que el plan presentado por la empresa pueda ser calificado como estratégico en materia de I+D deberán cumplirse todos y cada uno de los siguientes requisitos previos:
- a) El plan estratégico de la empresa, en el que conste como eje fundamental el plan de I+D para el que se pretende obtener subvención, debe ser declarado de Especial Interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa del Instituto, en base al fuerte impacto que pueda tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad.
- b) Que el presupuesto subvencionable del plan estratégico de I+D que se plantea, una vez valorado por el Instituto, alcance al menos la cantidad de 2.000.000 € considerando los distintos centros de trabajo de Castilla y León donde se pueda llevar a cabo.
- c) Al menos el 30% del presupuesto subvencionable del Plan Estratégico debe estar financiado con fondos propios, entendidos según la definición del Plan General de contabilidad. Este requisito deberá acreditarse en el momento de la evaluación del Plan Estratégico.
- d) El presupuesto subvencionable del plan estratégico de I+D, no debe ser superior al 20% del volumen de negocio de la empresa reflejado en las últimas cuentas anuales. Este criterio no será de aplicación para empresas con una antigüedad inferior a 5 años.
- e) Al tratarse, el Plan Estratégico, el eje fundamental del plan de I+D de la empresa, sólo se permite tener un Plan Estratégico en ejecución. A efectos de esta convocatoria, se considera que un proyecto está en ejecución, cuando ha tenido resolución favorable de concesión y no ha sido presentada su justificación o renuncia del mismo.
- f) Que el Plan Estratégico sea viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental, de acuerdo con la documentación aportada en la solicitud.
Requisitos generales de los proyectos incluidos en el Plan estratégico de I+D
Los proyectos de I+D concretos podrán abarcar la creación de un nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción, pruebas de concepto y la elaboración de prototipos previos al inicio de la explotación industrial y la comercialización. Cada proyecto individual, incluido en el Plan Estratégico de I+D, deberá ser un proyecto completo, es decir, que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
Los proyectos podrán recoger diferentes actuaciones de Investigación industrial y/o Desarrollo Experimental que podrán llevarse a cabo conjuntamente en distintos centros de trabajo de Castilla y León, con la condición de que todas ellas estén incluidas en el Plan estratégico aprobado. El personal de la empresa imputado a cualquiera de los proyectos de I+D deberá constar estar de alta en la Seguridad Social en dicho centro de trabajo de la Comunidad Autónoma. Cada uno de los proyectos contemplados en el Plan Estratégico se clasificará en la categoría de Investigación Industrial o Desarrollo Industrial.
No serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Los proyectos de I+D, recogidos en el plan estratégico, tendrán una duración máxima de tres años desde el momento de la solicitud, salvo ampliación del plazo debidamente autorizada.
¿Para qué es la ayuda?:
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes de cado uno de los proyectos contenidos en el Plan Estratégico de I+D. Para que el Plan de I+D pueda considerarse estratégico, deberá demostrar que es el eje sobre el que se sustente la competitividad y el crecimiento de la empresa en el centro de trabajo que se trate, por ello no tratará sobre actividades o proyectos aislados, sino que contendrá una planificación estratégica de la empresa basada en la innovación. La ejecución del Plan estratégico supondrá un compromiso de colaboración de la entidad beneficiaria en actuaciones de fomento a la Innovación y el emprendimiento en Castilla y León.
Los proyectos están incluidos en los ámbitos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021- 2027, disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/. Concretamente, su tipología corresponde al objetivo 2 “Mejorar y fortalecer el ecosistema de investigación e innovación de Castilla y León para avanzar en la especialización”, eje de actuación 2.2. Incrementar la I+I de las empresas e la Comunidad.
Cuantía:
- La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes de cado uno de los proyectos contenidos en el Plan Estratégico de I+D.
- El presupuesto subvencionable del plan estratégico debe ser superior a 2.000.000 €.
- Porcentaje de ayuda de hasta el 70% sobre el gasto admitido.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañado de la documentación indicada.
Si la solicitud aportada no reúne los requisitos, fuera incompleta o presentara errores subsanables, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo improrrogable de diez días hábiles, desde el siguiente al de recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Documentación a presentar (97 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Director General del Instituto para la Competitividad Empresarial
Órgano que resuelve:
Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde el día en que la solicitud haya tenido entrada en el órgano competente para su tramitación. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de ayuda.
Notificaciones:
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Reposición
- Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Compatibilidad
- Estas subvenciones podrán ser compatibles con cualesquiera otras de la misma naturaleza siempre que, de forma acumulada, no sobrepasen los topes establecidos en los distintos regímenes de ayudas.
Aceptación
- Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, de forma telemática, en el plazo de quince días hábiles, computados desde el día siguiente a la notificación.
- En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la concesión, se entenderá que la empresa renuncia a la subvención, declarándose mediante resolución expresa de la Presidencia del Instituto.
Justificación
- La entidad beneficiaria justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión y presentará en modelo normalizado la solicitud del pago total o parcial, como máximo, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.