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Subvenciones dirigidas a la modernización y el desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing» (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2810
  • SIA: 1848049
  • BDNS (Identificador): 616023

Fecha de publicación:

22 de marzo de 2022

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la modernización y el desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing», con el objeto promover la realización de proyectos para la incorporación de técnicas de «Lean Manufacturing» en las PYME con actividad industrial de Castilla y León, para mejorar su productividad y competitividad, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 23 de marzo de 2022 hasta el 22 de abril de 2022

Más Detalles:

Un mes contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas industriales que tengan la condición de PYME y cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los solicitantes deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos siguientes:

  • Podrán ser beneficiarios las personas jurídicas que tengan la condición de PYME, conforme lo indicado en la base tercera de la Orden EYH/589/2018, de 30 de mayo, que esté válidamente constituida y que cuente con algún centro de trabajo en Castilla y León.
  • Desarrollar una actividad industrial, se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial cuando haya presentado comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración Pública de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y cumpla los requisitos necesarios para su inclusión en la división A) del Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración Pública de Castilla y León, o la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
  • La PYME deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la convocatoria de subvenciones que corresponda.
  • Solicitar esta subvención para un proyecto subvencionable que cumpla los requisitos establecidos en la base séptima de la Orden de Bases EYH/589/2018, de 30 de mayo.
  • Participar en un único proyecto por convocatoria.
  • No estar incurso en alguna en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión.
  • No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.”
  • Cumplir con la cuota reservada de puestos de trabajo para personas con discapacidad. Dicha cuota será la que corresponda al número de trabajadores de la empresa, calculado de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional primera del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
  • Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres. Este plan de igualdad deberá estar registrado de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la citada Ley Orgánica.

¿Para qué es la ayuda?:

El modelo «Lean Manufacturing» persigue el análisis de procesos y su mejora continua, eliminando o reduciendo todo aquello que no aporta valor en los procesos productivos. Podrán ser objeto de ayuda los proyectos siguientes cuyo plazo de ejecución será desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 15 de septiembre de 2022 incluido.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones Subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones Subvencionables (108 kbytes)

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
  • El porcentaje de subvención concedido será del 50% de los costes considerados subvencionables en activos materiales e inmateriales, y del 75% en colaboraciones externas.
  • En todos los casos, la ayuda se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 20.000 € en los proyectos de implantación y de 10.000 € en los proyectos de preparación.
  • El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de minimis, concedidas a una única empresa, no excederá de 200.000 euros, a lo largo de un periodo de 3 ejercicios fiscales.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, limitada a UNA por cada PYME, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
 

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (99 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Apoyo al Sector Industrial y Metrología

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada. DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

  • Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la resolución de concesión de la subvención, así como sus condiciones, en el plazo de un mes, computados desde el día siguiente a la notificación. En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la resolución recaída, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención, declarándose la misma. La aceptación de la concesión de la subvención no será precisa cuando su titular interponga recurso.
  • El beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión desde el cumplimiento total de éstas o, en todo caso, en el plazo de 1 MES desde la finalización del plazo indicado en la resolución de concesión para la ejecución del proyecto.
  • Las subvenciones reguladas en esta Orden serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma actuación subvencionada.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.