Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2990
- SIA: 2308928
- BDNS (Identificador): 506887
Fecha de publicación:
25 de mayo de 2020
Objeto:
Convocar para el año 2020, en régimen de concesión directa, las subvenciones dirigidas a incentivar en la Comunidad de Castilla y León la contratación de trabajadores que por su edad tienen mayores dificultades de acceso al mercado laboral y que hayan sido despedidos o provengan de empresas que han cerrado desde el inicio del estado de alarma decretado por causa del Covid-19.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya iniciado la contratación subvencionable:
a) Si la contratación se ha iniciado entre el día 15 de marzo y el 25 de mayo de 2020, ambos inclusive: DEL 26 DE MAYO AL 27 DE JULIO.
b) Si la contratación se inicia a partir del 26 de mayo: 2 MESES computados DESDE LA FECHA DE INICIO DE LA CONTRATACIÓN con el límite establecido a continuación.
En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el día siguiente a la publicación del extracto y el 30 de octubre de 2020.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Trabajadores por cuenta propia y empresas que tengan menos de 250 trabajadores en la fecha de inicio de la contratación.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables las contrataciones que hayan tenido lugar entre los días 15 de marzo y 16 de octubre de 2020, ambos inclusive, de personas que en la fecha de inicio de la misma tengan 55 o más años, se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y su causa de desempleo provenga de despidos o de cierre de empresas producidos desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y hasta la fecha en que se declare finalizado dicho estado de alarma.
Cuantía:
La cuantía será de 8.000 € por cada contrato subvencionable.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
DOCUMENTACIÓN a presentar (128 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Gerencias Provinciales ECYL
Órgano que resuelve:
Gerencias Provinciales ECYL
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La justificación se llevará a cabo en el momento de presentar la solicitud de subvención, aportando la documentación correspondiente.
Compatibilidad
- Las subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras concedidas para la misma finalidad por cualquier Administración pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
- El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Resolución. Beneficiarios:
Relación de beneficiarios (201 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (404 kbytes)