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Procedimiento de adopción de medidas de reacción para garantizar el deber de seguridad de los productos

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2659
  • SIA: 1813939

Objeto:

La adopción, inmediata o tras los requerimientos oportunos, de las medidas imprescindibles para restablecer o garantizar la salud y seguridad en el caso de productos inseguros destinados al consumidor.

¿Quién lo puede solicitar?

Pueden presentar alegaciones los interesados en el procedimiento.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser interesado en el procedimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Las alegaciones deberán presentarse en el plazo otorgado al efecto por el Acuerdo de Inicio del procedimiento.

Plazo de resolución:

  • El plazo para resolver el procedimiento es de SEIS MESES desde el acuerdo de inicio, salvo que se haya declarado la urgencia en la tramitación del procedimiento, en cuyo caso el plazo se reduce a la mitad.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. (BOE 30-11-2007)
  • Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. (BOE 27-03-2015)
  • Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos. (BOE 10-01-2004)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Vigilancia y Control de Consumo

Órgano que resuelve:

Dirección General de Comercio y Consumo

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de mayo de 2024