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Ayuda directa a los agricultores profesionales titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León sin seguro con cobertura de sequía en el plan 2022 (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3550
  • SIA: 3034268
  • BDNS (Identificador): 729409

Descripción:

Objeto

  • Compensar a aquellos titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León que no habiendo suscrito una póliza con cobertura de sequía en el Plan 2022, han suscrito una póliza de seguro con cobertura de sequía de cultivos herbáceos,  forrajeros y/o el seguro de compensación por pérdida de pastos hasta el 15 de noviembre de 2023, con compromiso de renovación en los dos Planes siguientes, a los agricultores profesionales  o explotaciones agrarias prioritarias que en la declaración PAC 2023 se comprobaron cultivos en municipios indemnizados por la entidad Agroseguro dentro de una línea de sequía en la campaña agrícola  2023.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Los agricultores profesionales  titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ser agricultor profesional  titular de explotaciones agrarias de Castilla y León  que en la PAC 2023 declararon cultivos, en municipios indemnizados por la entidad Agroseguro dentro de una línea de sequía en la campaña agrícola  2023 y que han suscrito, hasta el 15 de noviembre de 2023 ,pólizas de seguro con cobertura de sequía de cultivos herbáceos , forrajeros y/o seguro de compensación por pérdida de pastos en 2023 , con compromiso de renovación en los dos planes siguientes.

Determinación de la cuantía de la ayuda

El importe de la subvención correspondiente a cada uno de los beneficiarios se ha calculado en función de los siguientes criterios:

  1. La superficie será aquella superficie comprobada en la declaración PAC 2023 que se encuentre dentro de un municipio y un grupo de cultivo indemnizado por Agroseguro.
  2. Se ha establecido el importe medio indemnizado por Agroseguro por grupo de cultivo y municipio INE en el Anexo III.
  3. El importe de la subvención será el 20% del importe obtenido de multiplicar la indemnización media por hectárea ,descrito en el punto anterior, por la superficie del grupo de cultivo correspondiente, comprobado en la declaración PAC 2023, en el municipio INE mencionado en el punto anterior.

El importe de las ayudas percibidas no podrá superar la cantidad máxima por beneficiario prevista para ayudas por importes limitados de ayuda de acuerdo con el Marco Nacional Temporal Ucrania.

¿Qué documentos se necesitan?

  • Aceptacion según modelo del anexo IV , cumplimentando el número de la póliza de seguro por sequia del ejercicio 2023 y la declaración responsable de suscripción la póliza de seguro por sequía en los Planes 2024 y 2025.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

  • La concesión de la subvención deberá ser aceptada en el plazo de 5 días desde la publicación (Del 1 al 11 de diciembre de 2023). Transcurrido el plazo 5 días desde la publicación sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a la concesión de la subvención.

Lugar y Forma de presentación

Electrónico

Notificaciones

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Plazo de resolución

  • 3 meses

Justificación de la subvención

  • Dadas las peculiaridades de esta subvención no es preciso que se presente por parte de los beneficiarios ninguna justificación.

Compatibilidad

  • La concesión de esta subvención es compatible con otras ayudas que pudieran otorgarse para la misma finalidad, salvo que la financiación total obtenida superara el total del coste efectivo de la actividad subvencionable en cuyo caso, el beneficiario debería reintegrar el exceso de financiación percibido. A tal efecto, deberán declararse todas las ayudas concedidas para el mismo objeto subvencionable.

Legislación Aplicable

  • Acuerdo 50/2023, de 15 de junio, de la Junta de Castilla y León se declara en Castilla y León la campaña agrícola 2022-2023 como excepcional, debido a los efectos producidos por los fenómenos meteorológicos adversos acaecidos y se declara la urgencia en la adopción de las medidas de apoyo al sector agrario.
  • Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, y establece, entre otras, indispensable declarar la urgencia en la adopción de medidas de apoyo público al sector agrario.

Consejería / Centro Directivo:

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos