Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3426
- SIA: 3016530
- BDNS (Identificador): 856912
Fecha de publicación:
23 de septiembre de 2025
Objeto:
Convocar para el año 2025 en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a la maternidad para las mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras federadas en la federación deportiva española o autonómica de la modalidad deportiva correspondiente, declaradas de alto nivel y alto rendimiento que hayan sido madres, bien por embarazo, adopción o acogimiento permanente de niños de hasta doce años, fomentando la mayor participación en entrenamientos y competiciones de las beneficiarias.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 24 de septiembre de 2025 hasta el 22 de octubre de 2025
Más Detalles:
20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial
Electrónico
¿Quién lo puede solicitar?
Mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras, que cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Haber obtenido la declaración de alto nivel o alto rendimiento por el Estado o una Comunidad Autónoma.
- Hayan sido madres, bien por embarazo, adopción o acogimiento permanente de niños de hasta doce años de edad en los últimos tres años.
- Estén federadas en la federación deportiva española o autonómica de la modalidad deportiva correspondiente.
- Estén empadronadas en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
- Estos requisitos deben cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se indica en esta convocatoria.
- No hayan recibido ayudas o subvenciones por el mismo hecho causante por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Las mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras beneficiarias deberán reiniciar o continuar con sus entrenamientos y actividad competitiva en la modalidad deportiva correspondiente en los siguientes plazos:
- En el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos ocurridos dentro de los nueve meses inmediatamente anteriores al día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención se ha de reiniciar o continuar sus entrenamientos y actividad competitiva dentro del máximo de nueve meses desde el hecho causante.
- En el resto de los casos, este plazo será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Estas subvenciones pretenden la promoción de la igualdad en el deporte, en una clara acción directa por la igualdad entre hombres y mujeres: mismas oportunidades, cohesión social y mejoras laborales en el sector con vocación de permanencia, vinculada al deporte base, a la captación del talento. Además, del desarrollo de proyectos de conciliación familiar, potenciando la conciliación familiar y, así facilitar, especialmente, la práctica de las mujeres en el deporte castellano y leonés.
Cuantía:
- La cuantía subvencionable será de 20.000 euros por beneficiaria cuando obtenga 60 o más puntos en la valoración, y de 15.000 euros cuando obtenga menos de 60 puntos en la valoración, conforme a los criterios establecidos.
- En aquellos casos que el parto, adopción o acogimiento como hecho causante sea múltiple, la cuantía subvencionable se incrementará en un 50% por cada hijo adicional, siempre que exista crédito suficiente.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, que incluirá declaración responsable relativa a diferentes extremos.
La presentación de la solicitud faculta a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para efectuar en el ejercicio de sus competencias las consultas y las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos y documentos relativos a la identidad personal, o documento requerido que ya se encuentre en poder de esta Administración actuante o haya sido elaborado por cualquier otra Administración, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto, en todos aquellos casos en los que no se haya manifestado oposición a la consulta.
Las solicitudes se acompañarán de la documentación que se expresa a continuación:
Documentación a presentar en caso de oposición a la consulta de datos por parte de la Administración (108 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Deportes
Órgano que resuelve:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Plazo de resolución:
El plazo para resolver y publicar en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La documentación presentada en el trámite de solicitud tendrá a todos los efectos el carácter de documentación justificativa de la subvención.
Compatibilidad
- Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, o entidad, pública o privada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (51 kbytes)