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Subvención a la maternidad para mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras de deporte de alto nivel y alto rendimiento (2025)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3426
  • SIA: 3016530
  • BDNS (Identificador): 856912

Fecha de publicación:

23 de septiembre de 2025

Objeto:

Convocar para el año 2025 en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a la maternidad para las mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras federadas en la federación deportiva española o autonómica de la modalidad deportiva correspondiente, declaradas de alto nivel y alto rendimiento que hayan sido madres, bien por embarazo, adopción o acogimiento permanente de niños de hasta doce años, fomentando la mayor participación en entrenamientos y competiciones de las beneficiarias.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 24 de septiembre de 2025 hasta el 22 de octubre de 2025

Más Detalles:

20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Haber obtenido la declaración de alto nivel o alto rendimiento por el Estado o una Comunidad Autónoma.
  2. Hayan sido madres, bien por embarazo, adopción o acogimiento permanente de niños de hasta doce años de edad en los últimos tres años.
  3. Estén federadas en la federación deportiva española o autonómica de la modalidad deportiva correspondiente.
  4. Estén empadronadas en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
  5. Estos requisitos deben cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se indica en esta convocatoria.
  6. No hayan recibido ayudas o subvenciones por el mismo hecho causante por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

Las mujeres árbitros, jueces, deportistas y entrenadoras beneficiarias deberán reiniciar o continuar con sus entrenamientos y actividad competitiva en la modalidad deportiva correspondiente en los siguientes plazos:

  1. En el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos ocurridos dentro de los nueve meses inmediatamente anteriores al día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención se ha de reiniciar o continuar sus entrenamientos y actividad competitiva dentro del máximo de nueve meses desde el hecho causante.
  2. En el resto de los casos, este plazo será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención.

¿Para qué es la ayuda?:

Estas subvenciones pretenden la promoción de la igualdad en el deporte, en una clara acción directa por la igualdad entre hombres y mujeres: mismas oportunidades, cohesión social y mejoras laborales en el sector con vocación de permanencia, vinculada al deporte base, a la captación del talento. Además, del desarrollo de proyectos de conciliación familiar, potenciando la conciliación familiar y, así facilitar, especialmente, la práctica de las mujeres en el deporte castellano y leonés.

Cuantía:

  • La cuantía subvencionable será de 20.000 euros por beneficiaria cuando obtenga 60 o más puntos en la valoración, y de 15.000 euros cuando obtenga menos de 60 puntos en la valoración, conforme a los criterios establecidos.
  • En aquellos casos que el parto, adopción o acogimiento como hecho causante sea múltiple, la cuantía subvencionable se incrementará en un 50% por cada hijo adicional, siempre que exista crédito suficiente.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, que incluirá declaración responsable relativa a diferentes extremos.

La presentación de la solicitud faculta a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para efectuar en el ejercicio de sus competencias las consultas y las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos y documentos relativos a la identidad personal, o documento requerido que ya se encuentre en poder de esta Administración actuante o haya sido elaborado por cualquier otra Administración, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto, en todos aquellos casos en los que no se haya manifestado oposición a la consulta.

Las solicitudes se acompañarán de la documentación que se expresa a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar en caso de oposición a la consulta de datos por parte de la Administración. Abre una nueva ventana Documentación a presentar en caso de oposición a la consulta de datos por parte de la Administración (108 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Deportes

Órgano que resuelve:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y publicar en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN
  • Recurso Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La documentación presentada en el trámite de solicitud tendrá a todos los efectos el carácter de documentación justificativa de la subvención.

Compatibilidad

  • Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, o entidad, pública o privada.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (51 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.