Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

  • Sede Electrónica
  • Trámites y servicios
  • Subvenciones para ayuntamientos de más de 1.000 habitantes y diputaciones para contratación temporal de desempleados mayores de 55 años en obras interés social (MAYEL 2021)
Contenido principal. Saltar al inicio.

Subvenciones para ayuntamientos de más de 1.000 habitantes y diputaciones para contratación temporal de desempleados mayores de 55 años en obras interés social (MAYEL 2021)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2740
  • SIA: 1813998
  • BDNS (Identificador): 590252

Fecha de publicación:

20 de octubre de 2021

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a los municipios con más de 1.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales o a sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, para la contratación temporal de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mayores de 55 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de octubre de 2021 hasta el 4 de noviembre de 2021

Más Detalles:

Las solicitudes, se presentarán en el plazo de 15 DÍAS NATURALES, computado desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Municipios con más de 1.000 habitantes, así como las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, de la Comunidad de Castilla y León, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  •  Contratar temporalmente a desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mayores de 55 años para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales, incluidas aquellas obras y servicios que se realicen sobre bienes inmuebles que pongan las entidades solicitantes a disposición del Servicio Público de Empleo. 
  2. Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
  3. Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de los desempleados.
  4. Que las obras y servicios se puedan ejecutar en su totalidad en el ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por la el Servicio Público de Empleo la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
  5. Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
  6. Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los costes salariales y extrasalariales, así como los de Seguridad Social y la indemnización de fin de contrato, derivados de la contratación temporal de trabajadores, mayores de 55 años, desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Con independencia de la duración de las obras y servicios de interés general y social, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.

No podrá subvencionarse el mismo contrato durante el periodo de contratación comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021, de forma simultánea al amparo de la esta convocatoria y de la convocatoria anterior.

En todo caso, las contrataciones deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2021.

Cuantía:

  • El importe máximo a financiar por cada contratación será de 20.000 euros por un periodo de 1 año a jornada completa. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un período superior a 9 meses e inferior a un año.
  • En los municipios de más de 1.000 y menos de 20.000 habitantes será subvencionable 1 contrato a jornada completa por entidad solicitante.
  • En los municipios de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, serán subvencionables un máximo de 3 contratos a jornada completa y por entidad solicitante.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, una por entidad, en caso de que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

La solicitud se acompañará de los Anexos I, II, y Memoria que contendrá la descripción detallada del proyecto a realizar.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 3 MESES computados desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

La resolución de concesión, además de contener los solicitantes a los que se concede la subvención, incluirá una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones establecidas para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por superar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La justificación de la subvención se efectuará, ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la finalización de la actividad  subvencionada y, en todo caso, como máximo, el 28 de febrero de 2023.

Compatibilidad

  • Las subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad provenientes de organismos e instituciones de carácter público o privado, nacionales o internacionales.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Resolución de concesión MAYEL 2021. Abre una nueva ventana Resolución de concesión MAYEL 2021 (1.376 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (561 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.