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Conexión a servicio/suministro de agua potable para consumo humano en Castilla y León

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Descripción:

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 2023/11/26

CÓDIGO SDG: Sección H3, Subsección Conexión a servicios de agua

En esta página se pretende informar sobre la conexión al servicio/suministro de agua en el ámbito territorial de Castilla y León, así como explicar otros contenidos relacionados.

En general, las instalaciones consumidoras de agua potable para consumo humano pueden suministrarse:

  • De la red de distribución de agua pública municipal, gestionada por el Ayuntamiento o en concesión.
  • De un pozo/aljibe y/o red de distribución privada, para el caso de urbanizaciones/polígonos privados.

Las instalaciones consumidoras de agua, sea una instalación interior de una vivienda, local comercial, de servicios, industria, etc. deben ser realizadas por una empresa instaladora. En instalaciones domésticas (para una vivienda, comercio pequeño, etc.) es suficiente la intervención de una empresa instaladora, pero en medianas/grandes instalaciones se precisa además, la intervención de un técnico proyectista y director de obra.

Una vez ejecutadas las instalaciones, la empresa instaladora inscribirá las mismas en el Registro de los órganos competentes de industria de la Comunidad Autónoma, mediante la presentación de la documentación técnica correspondiente, entre la que se encuentra el certificado de instalación de agua (boletín), el cual acredita el cumplimiento de la normativa de seguridad industrial aplicable a la instalación.


INFORMACIÓN GENERAL:

El titular de la instalación receptora (propietario/arrendatario), para contratar el servicio/suministro con el Ayuntamiento/empresa concesionaria del agua en un municipio concreto, deberá aportar la siguiente documentación necesaria para el alta del agua:

  • Nombre, apellidos y DNI/NIE/Pasaporte de la persona titular del contrato.
  • Dirección del punto de suministro.
  • Copia de la escritura de propiedad de la vivienda o contrato de alquiler.
  • Certificado de la Instalación de agua.
  • Cuenta bancaria del titular para domiciliar el pago.
    Y asumir los derechos de alta, y los derechos de acometida que correspondan.

A continuación, presentamos enlaces de interés relacionados con la conexión al servicio/suministro de gas:

Y para contratar el suministro tienen que contactar con el Ayuntamiento/empresa concesionaria del municipio donde esté ubicada la instalación objeto de suministro.

AUTORIDAD RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:.

REFERENCIAS LEGALES Y/O TÉCNICAS: