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Instalación de suministro de agua

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1467
  • SIA: 1813456

Objeto:

Puesta en servicio de instalaciones interiores de suministro de agua e inscripción en el registro de instalaciones de agua.

Para la regularización de este tipo de instalaciones debe entrar en el siguiente enlace: Regularización administrativa de instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas y Autónomos y Ciudadanos

¿Qué requisitos debo cumplir?

La instalación se realizará por una empresa instaladora de agua autorizada, bajo la dirección cuando proceda de un técnico facultativo competente, que emitirá el correspondiente documento de dirección de obra.

Terminada la instalación y hechas las pruebas previstas en el CTE, la empresa instaladora emitirá el certificado de instalación que será firmado por el instalador autorizado bajo cuya responsabilidad se ha ejecutado.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de inscripción, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  • Proyecto y Dirección de obra, o Memoria técnica de diseño, según el caso:
    • Proyecto y Dirección de Obra (Instalaciones enumeradas en el Anexo IV de la Orden EYE/605/2008):
      • Instalaciones de edificios con más de 25 contadores divisionarios, o más de 16 si además llevan agua caliente central.
      • Edificios con más de 15 alturas.
      • Instalaciones en las que se utilicen más de 7 fluxores.
      • Instalaciones individuales para suministros unitarios de más de 5 l./seg. o con diámetros superiores a 65mm.
      • Instalaciones para usos especiales.
    • Memoria Técnica de Diseño (El resto de las instalaciones, redactada por la empresa instaladora y firmada por un instalador de la misma).
  • El certificado de la instalación, por cuadruplicado.
  • Justificante de pago de autoliquidación de tasa.

TASAS: Hay que liquidar la tasa correspondiente en materia de industria y energía (Código 308.1 «Ingresos derivados de las autorizaciones, inspección y concesiones relativos a la actividad industrial y energética») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes .

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente. Antes de su puesta en servicio

Plazo de resolución:

  • Inmediato, a partir del momento en que se presenta toda la documentación de inscripción y puesta en Servicio, ante el Órgano Competente.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria.
  • Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León (BOCyL 19/09/2014)
  • Orden EYE/605/2008, de 7 de abril, por la que se regula la tramitación de las instalaciones de suministro de agua y el procedimiento para la obtención de la autorización de los agentes que intervienen en su ejecución. (B.O.C.y L. 18/04/2008)
  • Documentos Básicos DB-HS 4, Suministro de agua y DB-HS 5, Evacuación de agua, del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. 
  • ORDEN EEI/1036/2021, de 6 de septiembre, por la que se establece el procedimiento de regularización administrativa de instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial (BOCyL 16-09-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Información adicional:

  • El Servicio Territorial devolverá tres copias del certificado de instalación diligenciados, uno de las cuales se presentará en la compañía suministradora para efectuar el suministro de agua, los otros dos serán para el titular de la instalación y para la empresa instaladora, quienes los conservarán y pondrán a disposición de la Administración cuando fuesen requeridos para ello.
  • La inscripción se hará en el registro específico de instalaciones de agua, dentro del registro de edificios no industriales, RENI.
  • Las empresas suministradoras de agua deberán exigir al titular de la instalación el certificado de la instalación debidamente diligenciado por el Servicio Territorial competente en materia de industria correspondiente a la ubicación de la Instalación, no procediendo el suministro regular de agua mientras este documento no se presente.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos