Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2385
- SIA: 1253415
- BDNS (Identificador): 883593
Fecha de publicación:
29 de enero de 2026
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una ayuda para la elaboración de planes quinquenales de actuaciones para la prevención de daños y selvicultura, así como la ejecución de las actuaciones y mejoras planteadas en el mismo durante los cinco años de vigencia del plan, y que se recogen en el Anexo I.
Las actuaciones concedidas no podrán estar iniciadas con anterioridad a la notificación al beneficiario de la resolución de concesión de la ayuda.
Cuando se le indique en las condiciones de ejecución establecidas en la resolución de concesión de la subvención, el beneficiario deberá comunicar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la conforme al modelo disponible, la fecha del inicio de la ejecución de las actuaciones previamente a su comienzo.
La forma de presentación, el plazo y la documentación a entregar será la que se establezca anualmente en la correspondiente orden de convocatoria de pago.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 30 de enero de 2026 hasta el 20 de marzo de 2026
Más Detalles:
La solicitud de ayuda se podrá presentar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, hasta el 20 de marzo de 2026 inclusive.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?:
- Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.
- Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden. No obstante, los solicitantes que tengan plan de gestión forestal aprobado y en vigor no podrán agruparse con solicitantes cuyas explotaciones forestales no cuenten con un plan de gestión forestal que se encuentre en ese estado.
- Las agrupaciones tendrán que nombrar como representante a uno de los miembros de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
- Cada miembro de este tipo de agrupaciones tendrá igualmente la consideración de beneficiario, no obstante, las ayudas serán concedidas a la agrupación.
- Las entidades locales sólo se podrán agrupar entre sí, no pudiendo agruparse con cualquier otro tipo de beneficiario.
- Las comunidades de bienes, titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.
Cuantía:
- El importe total de la ayuda oscilará entre un mínimo de 30.000 euros y un máximo de 90.000 euros, distribuidos durante un período de cinco años desde la concesión de la misma, y se calculará utilizando los importes unitarios establecidos en el Anexo II.
- El importe anual de la ayuda oscilará entre los 6.000 y 18.000 euros durante un período de cinco años desde la concesión.
Anexo II: Importes unitarios de la ayuda (1.222 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos, sin perjuicio de la posibilidad de que la Administración pueda requerirles la exhibición del documento o de la información original.
Documentación a presentar (general y complementaria) (153 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Forestal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa, implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Tendrán la consideración de causas que pueden dar lugar a la modificación de la resolución de concesión cuando se pretenda cambiar:
- Uno o varios beneficiarios de la ayuda.
- Las actuaciones subvencionadas en cuanto a su ubicación, tipo, anualidad y condiciones de ejecución, siempre que no suponga una reducción mayor del 10% del importe inicialmente concedido.
En ningún caso la modificación supondrá un incremento del importe de la ayuda concedida ni la alteración de su finalidad.
Solicitud. Se deberá presentar una solicitud de modificación, conforme al modelo disponible.
- Tratándose de modificación de beneficiarios, en cualquier momento, previamente al pago de la ayuda.
- Tratándose de modificación de las actuaciones subvencionadas, hasta tres meses antes de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones y, en todo caso previamente a la ejecución de las actuaciones que se pretenden modificar.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (51 kbytes)