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  • Subvenciones del programa de formación de trabajadores ocupados en empresas de sectores estratégicos de las tecnologías avanzadas y/o ciberseguridad (período 2021-2022)
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Subvenciones del programa de formación de trabajadores ocupados en empresas de sectores estratégicos de las tecnologías avanzadas y/o ciberseguridad (período 2021-2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3139
  • BDNS (Identificador): 577080

Fecha de publicación:

30 de julio de 2021

Objeto:

Convocar para el periodo 2021-2022 subvenciones, en régimen de concesión directa, para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo desarrolladas por empresas instaladas en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la población castellano leonesa, mediante la adquisición de un nivel de cualificación profesional adaptado a las demandas del sector y de las empresas, a través de la realización de cursos específicos de formación en materia de ciberseguridad, seguridad digital y/o tecnologías avanzadas.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 31 de julio de 2021 hasta el 31 de mayo de 2022

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas de sectores estratégicos o innovadores, cuya actividad esté identificada con alguno de los códigos NACE relacionados en el anexo VIII, y cumplan los requisitos.
  • Serán destinatarios de las subvenciones, los trabajadores por cuenta ajena ocupados en empresas, cuya actividad esté identificada con alguno de los códigos NACE, y que realicen su actividad en los centros de trabajo de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Que se presente un proyecto de formación dirigido a la recualificación de los trabajadores de las instalaciones de la empresa que tenga ubicadas en Castilla y León.

b) Que la solicitud de ayuda se presente con carácter previo al inicio del proyecto.

c) Que las acciones formativas propuestas no resulten obligatorias de acuerdo con la normativa nacional.

d) Que la empresa solicitante no haya solicitado ni percibido otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales.

e) Que la empresa solicitante acredite que la ayuda solicitada tendrá un efecto incentivador.

Se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador si antes de empezar el plan formativo la empresa ha presentado una solicitud de Ayuda de Estado que contenga la siguiente información:

  • Nombre y tamaño de la empresa.
  • Descripción del proyecto, incluidas sus fechas de inicio y finalización.
  • Ubicación del proyecto.
  • Lista de costes del proyecto.
  • Tipo de ayuda (subvención) y el importe de la financiación pública necesaria para el proyecto.

Además, en el caso de grandes empresas, las ayudas tienen un efecto incentivador si la empresa acredita en su solicitud que la ayuda tendrá uno o varios de los siguientes resultados:

  • Un aumento sustancial del alcance del proyecto o actividad gracias a las ayudas
  • Un aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a las ayudas.
  • Una aceleración sustancial del ritmo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables, las acciones de formación profesional para el empleo desarrolladas por empresas cuya actividad esté identificada con alguno de los códigos NACE, dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la población castellano leonesa, mediante la adquisición de un nivel de cualificación profesional adaptado a las demandas del sector y de las empresas, a través de la realización de cursos específicos de formación en materia de ciberseguridad, seguridad digital y/o tecnologías avanzadas.

Las acciones formativas deberán desarrollarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de acuerdo con las características que establezca la resolución de concesión.

Las acciones formativas se podrán desarrollar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de agosto 2022.

Descarga del documento tipo PDF Anexo VIII: Códigos NACE. Abre una nueva ventana Anexo VIII: Códigos NACE (24 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía máxima a conceder será el porcentaje del importe del presupuesto del proyecto formativo presentado por la empresa, cuyo importe se determinará por la aplicación de los siguientes factores:
  • - Número total de horas de formación a impartir, de acuerdo con el proyecto formativo presentado.
  • - Un módulo económico por hora de formación que será como máximo de 24 €/hora.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, digitalizada e insertada en archivos anexos:

a) Relación de documentos que acompañan a la solicitud (Anexo II).

b) Declaración responsable en la que consten los datos necesarios para la debida tramitación y resolución del procedimiento (Anexo III).

Deberá ir acompañada del documento acreditativo de la personalidad del solicitante en el caso de personas jurídicas, así como, el documento acreditativo de la representación que ostente la persona que actúe en nombre del solicitante, así como la escritura o acta de constitución, a la que se acompañarán los estatutos de la entidad y en su caso, poderes del representante legal.

c) Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, su exención o la no sujeción a ella (Anexo IV).

Deberá ir acompañada de una autorización, conforme al modelo establecido en la hoja 2/2 del anexo IV, de cada uno de los trabajadores con discapacidad relacionados como integrantes de la plantilla a fecha de la solicitud de subvención, para que el Servicio Público de Empleo de Castilla y León consulte telemáticamente los datos de su situación de discapacidad y vida laboral. En su defecto, el solicitante deberá aportar VIDA LABORAL/CONTRATO y CERTIFICADO DISCAPACIDAD de los citados trabajadores que acrediten sus datos a la citada fecha.

d) Presupuesto de ingresos y gastos del proyecto formativo (Anexo V).

e) Memoria del proyecto formativo solicitado (Anexo VI).

f) Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario (Anexo VII).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Programas Autonómicos de Formación e Inserción Profesional

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
  • La justificación de la subvención concedida se presentará por la entidad beneficiaria en el plazo de 30 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la finalización de la actividad subvencionada.
  • Los documentos que componen la cuenta justificativa son:

    - La memoria final del proyecto ejecutado.

    - La memoria económica abreviada.

    - Un informe especial de revisión de la cuenta justificativa emitido por un auditor de cuentas.

    - La factura de los gastos derivados de la elaboración del informe auditor.

RÉGIMEN ESPECÍFICO DE LA SUBVENCIÓN

  1. Ejecución de las acciones formativas:

    - La forma de ejecución de los cursos será la modalidad presencial, incluyendo la utilización de aula virtual.

    - Podrán impartirse un máximo de 8 horas de formación diarias y 40 horas semanales por alumno.

  2. Características de las acciones formativas:

    - La formación impartida tendrá la duración prevista en el proyecto.

    - Los cursos se programarán con un número de alumnos adecuado a la especialidad formativa.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Proconsi, SL. Abre una nueva ventana Proconsi, SL (513 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (21 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.