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Programa III: Subvenciones de apoyo a la formalización de contratos en prácticas

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2988
  • SIA: 2308886
  • BDNS (Identificador): 506815

Fecha de publicación:

25 de mayo de 2020

Objeto:

Apoyar la formalización de contratos en prácticas a tiempo completo con personas desempleadas para prestar servicios en centros de trabajo de la Comunidad de Castilla y León, cuya actividad se haya incrementado por la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 26 de mayo de 2020 hasta el 30 de octubre de 2020

Más Detalles:

a) Si la contratación se ha iniciado entre el día 14 de marzo de 2020 y el día de publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, ambos inclusive: dos meses computados desde el día siguiente a aquél en que se publique el extracto de la Resolución de convocatoria.

b) Si la contratación se inicia a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León: dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, con el límite establecido del 30 de octubre de 2020.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Trabajadores por cuenta propia y empresas que tengan menos de 250 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención, que cumplan los siguientes requisitos:
  • a) Que desarrolle su actividad en alguno de los sectores empresariales que hayan tenido que incrementar su producción con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • b) Que como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 hayan formalizado, en centros de trabajo de Castilla y León, las contrataciones descritas.
  • Se excluyen como beneficiarios de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Los contratos deberán formalizarse a jornada completa, con una duración inicial de, al menos, un año.
  • La contratación formalizada debe suponer un incremento sobre la plantilla media de la empresa o trabajador por cuenta propia solicitante, de los 6 meses inmediatamente anteriores.
  • Se exige un mantenimiento de la contratación por un periodo mínimo de 1 año.

¿Para qué es la ayuda?:

Se subvencionarán los contratos en prácticas a jornada completa, formalizados con personas inscritas como desempleadas, no ocupadas, que se inicien entre el 14 de marzo de 2020 y el 16 de octubre de 2020, ambos inclusive.

Cuantía:

Contratos en prácticas a tiempo completo: 5.000 € por contrato.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a el/la Gerente Provincial del Serivio Público de Empleo, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (100 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Gerencias Provinciales ECYL

Órgano que resuelve:

Gerencias Provinciales ECYL

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones concedidas para la misma finalidad por cualquier Administración Pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  • El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Justificación

  • La subvención será concedida y pagada, previa justificación de haber formalizado las contrataciones en los términos establecidos en las bases reguladoras.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (94 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.