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Subvención directa destinada a la empresa Iberaval, S.G.R

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3064
  • SIA: 2405107

Descripción:

BDNS: 539448

Financiar la bonificación de los costes financieros asociados a la ejecución de un programa de préstamos y créditos avalados para inversiones y capital circulante, estableciendo los objetivos perseguidos, compromisos, requisitos formales y aportaciones.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Aceptación subvención.

¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

Se presentarán, según los modelos normalizados en su caso establecidos, los documentos siguientes:

  • Aceptación de la subvención: en el plazo de treinta días desde que se notifique la resolución de concesión.
  • Justificación de la subvención: se presentarán en el plazo de doce meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución (31/12/2021)
     

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

30 días para aceptar la subvención desde la notificación de la resolución de concesión.


LEGISLACIÓN APLICABLE:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
  • Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León;
  • Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León;
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones;
  • Decreto 43/2019, de 28 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales  de la Comunidad de Castilla y León para 2020.

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

NOTIFICACIONES

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

PLAZO DE RESOLUCIÓN:

En caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haberse aceptado la subvención, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma y se declarará mediante resolución el archivo del expediente sin más trámite.


RECURSOS:

Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que la hubiere dictado, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Consejería / Centro Directivo:

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.