Subvención directa a las universidades públicas de Castilla y León (2025)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2688
- SIA: 1813962
- BDNS (Identificador): 848721
Descripción:
OBJETO
Financiar las actuaciones realizadas en el marco del Programa de Inversiones Sociales Prioritarias en el año 2025, garantizando su financiación en la anualidad 2026, para la consecución de los objetivos de la RIS3 de Castilla y León. Estas actuaciones objeto de financiación, son las siguientes:
a) Universidad de Burgos:
- Adaptación y rehabilitación del Hospital Divino Valles para la implementación del Grado de Medicina y Cirugía.
- Otras obras de instalaciones, rehabilitación, reparación y mantenimiento.
b) Universidad de León:
- Adaptación de las dependencias de la Facultad de Ciencias de la Salud para la implementación del Grado de Medicina y Cirugía.
- Actuaciones preparatorias de otras obras necesarias para la implantación del Grado de Medicina y Cirugía.
- Actuaciones de adquisición y renovación del equipamiento docente, discente e investigador.
- Otras obras de instalaciones, rehabilitación, reparación y mantenimiento.
c) Universidad de Salamanca:
- Facultad de Veterinaria.
- Dotación y construcción de la Facultad Ciencias Agrarias y Ambientales.
- Construcción de un complejo deportivo en el Campus de Ávila.
- Actuaciones de mejora, ahorro energético, rehabilitación y dotaciones de equipamiento.
- Otras obras de instalaciones, rehabilitación, reparación y mantenimiento.
d) Universidad de Valladolid:
- Construcción de infraestructuras Deportivas en el Campus de Segovia.
- Construcción de un polideportivo e instalaciones deportivas en el Campus de Soria.
- Actuaciones de mejora, ahorro energético, rehabilitación y dotaciones de equipamiento en la Facultad de Medicina.
- Actuaciones de adquisición y renovación del equipamiento docente, discente e investigador.
- Otras obras de instalaciones, rehabilitación, reformas, reparación y mantenimiento.
BENEFICIARIOS
- Universidades públicas de Castilla y León.
LUGAR FORMA DE PRESENTACIÓN
Electrónico:
PAGO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN
- El pago de las subvenciones concedidas se efectuará previa justificación por las universidades de las inversiones realizadas.
- La justificación podrá hacerse de gastos efectuados y no financiados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2026.
- Las universidades deberán remitir a la Consejería de Educación certificado expedido por el órgano competente de la universidad, acreditativo de las obligaciones reconocidas y/o pagos realizados por actuación, con una relación detallada de las mismas con, al menos, la siguiente información: descripción del gasto, N.I.F del proveedor, N.º de factura y fecha e importe, acompañada de la documentación acreditativa del gasto que, según el caso, podrán ser originales o copias compulsadas de las correspondientes facturas, certificaciones de obras y de los correspondientes documentos justificativos del pago de estos conceptos como extractos bancarios o estampillado del documento de gasto con el sello de la entidad financiera a través de la que se haya realizado el pago; asimismo remitirán la relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y procedencia.
- Las universidades beneficiarias deberán aportar una declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Deberán acreditar, mediante certificación del órgano competente de la universidad que en el proceso de provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad.
- Deberán acreditar el cumplimiento de la INSTRUCCIÓN 1/2020, de la Dirección de Comunicación, para el cumplimiento del Acuerdo 27/2020, de 4 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
- La justificación de la subvención deberá presentarse, en la forma prevista en la condición anterior, como fecha límite el día 4 de diciembre de 2025 para la anualidad 2025 y el 4 de diciembre de 2026 para la anualidad de 2026.
ACEPTACIÓN
- La concesión de la subvención se notificará a las universidades beneficiarias que deberán aceptarla en el plazo que se establezca en la resolución de concesión, que, en ningún caso, podrá ser superior a 30 días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.
NOTIFICACIÓN
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
ORGANISMO
Consejería / Centro Directivo:
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.