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Inscripción en el Registro de Apuestas

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2339
  • SIA: 1813775

Objeto:

Habilitar a una empresa para la fabricación, importación o comercialización de material de apuestas.

¿Quién lo puede solicitar?

Las entidades que cumplan los siguientes requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a)Constituirse bajo la forma jurídica de entidad mercantil, de conformidad con los requisitos establecidos en la legislación vigente. El capital social será el mínimo exigido en cada caso por la normativa mercantil vigente, que deberá estar totalmente suscrito y desembolsado y representado por acciones o participaciones.

b) Tener como objeto social la fabricación, importación y/o comercialización de material de apuestas.

c) Ostentar la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea. La participación directa o indirecta de capital extranjero se ajustará a lo establecido en la legislación vigente sobre inversiones extranjeras en España.

d) Tener constituida garantía de acuerdo con lo previsto en Reglamento Regulador de las Apuestas en Castilla y León.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Director de Ordenación de Territorio y Administración Local, acompañada de la siguiente documentación:
  • Original, copia compulsada, o testimonio notarial, de la escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos sociales, con constancia fehaciente de su inscripción en el registro mercantil correspondiente y la identidad y la acreditación de la condición de representante de la persona firmante de la solicitud.
  • Copia del número de identificación fiscal de la sociedad o autorización para que el órgano directivo central competente en materia de juego pueda solicitar información para la constatación fehaciente del citado dato.
  • Certificado de conducta ciudadana en los términos previstos en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, de cada una de las personas socias.
  • Original del resguardo de constitución de la garantía prevista en el Reglamento.
  • Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa, conforme a la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 meses.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998)
  • Decreto 53/2014, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Apuestas de la Comunidad de Castilla y León y de modifica el Decreto 44/2001 de 22 de febrero por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 29-10-2014)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de ordenación, gestión y autorizaciones de las actividades de juego y apuestas

Órgano que resuelve:

Dirección General de Relaciones Institucionales

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023