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Creación, alteración de condiciones y disolución de centros museísticos en Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 60
  • SIA: 1252977

Objeto:

Autorizar la creación de nuevos centros museísticos, así como autorizar y/o recoger la alteración de condiciones y la disolución de los ya autorizados, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser titular o gestor de un centro museístico ubicado en el territorio de Castilla y León y cumplir los requisitos establecidos en el capítulo I del Título I de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, según se trate de un museo, una colección museográfica o un centro de interpretación del patrimonio cultural.
 

Descarga del documento tipo PDF REQUISITOS (Capítulo I del Título I de la Ley 2/2014, de 28 de marzo). Abre una nueva ventana REQUISITOS (Capítulo I del Título I de la Ley 2/2014, de 28 de marzo) (124 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de 

  • DNI / NIE del solicitante o su representante, de la persona responsable de la gestión y/o del director o administrador del centro museístico (en los casos en que se oponga a que esta Consejería pueda recabar de forma directa o a través de medios telemáticos la información contenida en dicho documento).
  • Para el caso de Creación de centro museístico:
    Copia de las escrituras de constitución o modificación, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, del solicitante cuando éste sea una persona jurídica
    Plan Museológico conforme a lo establecido en el Anexo de la Orden CYT/328/2017
    Copia de los Estatutos en el caso de existir órganos colegiados rectores o asesores, donde figurarán el nombre, el NIF y el cargo de las personas que conforman dichos órganos colegiados.
  • En el caso de Alteración de las condiciones del centro museístico:
    Memoria explicativa de las alteraciones para cuya realización se solicita autorización
    Documentación del Plan Museológico, en su caso.
  • En el caso de Disolución de centro museístico: Memoria detallada que exponga la causa de la disolución, el destino de los bienes culturales custodiados en el centro museístico y las medidas de seguridad prevista para garantizar la protección y conservación de los bienes.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

La solicitud de autorización de las condiciones acreditadas en el centro museístico deberá producirse con anterioridad a que dicha alteración se produzca. En el caso de no necesitarse autorización, la comunicación de alteración de condiciones se presentará en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente al que se produzcan.

La comunicación de disolución deberá presentarse con una antelación de al menos tres meses a la fecha prevista de disolución.

Plazo de resolución:

  • Con carácter general será de 6 meses, salvo en el caso de la disolución de centros museísticos que será de 3 meses.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN.
  • Recurso Contencioso-administrativo.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León (BOCyL 03-04-2014)
  • DECRETO 13/1997, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley de Museos de Castilla y León (BOCyL 4-02-1997)
  • ORDEN CYT/328/2017, de 21 de abril, por la que se desarrolla el procedimiento de autorización de centros museísticos (BOCyL 12-05-2017)
  • ORDEN CYT/1535/2011, de 22 de noviembre, por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal: «Gestión de Centros Museísticos de Castilla y León» (BOCyL 16-11-2011)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Delegación Territorial

Órgano que resuelve:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Información adicional:

Los centros museísticos autorizados y los datos de las alteraciones producidas en los centros museísticos se inscribirán de oficio en el Directorio de Centros Museísticos de Castilla y León.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (30 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de mayo de 2025