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Canje Fiscal de máquinas de juego

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 590
  • SIA: 1813163

Objeto:

Dar de baja definitivamente una máquina y autorizar una nueva de las mismas características para su sustitución a efectos fiscales.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier interesado, sea ciudadano, empresa o entidad, que sea empresa operadora podrá solicitar una nueva autorización de explotación de una máquina de la que sea titular, al amparo de la baja definitiva de otra del mismo tipo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ser la empresa operadora titular de la nueva máquina así como de la que se va a proceder a dar de baja.
  • Presentar declaración de la sustitución sin efectuar liquidación ni pago.
  • Habrá de exhibir el ejemplar en su poder de la declaración-liquidación de la cuota anual de la máquina a sustituir y las cartas de pago correspondientes a los ingresos realizados.

¿Qué documentos necesito?

Se deberá cumplimentar el formulario de solicitud, acompañado de la siguiente documentación:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES a partir de la presentación ante el Órgano Gestor.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León (BOCyL 01-07-1998).
  • DECRETO 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los Registros de Modelos y de Empresas Relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-02-2003 Corrección en BOCyL 14-02-2003).
  • DECRETO 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-02-2005).
  • DECRETO 94/2007, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 12/2005, de 3 de febrero, y el Reglamento Regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León, que en él se aprueba (BOCyL 03-10-2007).
  • DECRETO 60/2011, de 6 de octubre, por el que se modifica el Decreto 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los registros de modelos y de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar de la Comunidad de Castilla y León, el Decreto 12/2005, de 3 de febrero, y el Reglamento Regulador de las Máquinas de Juego y de los Salones de Juego de la Comunidad de Castilla y León, que en él se aprueba (BOCyL 13-10-2011).
  • ORDEN de 30 de diciembre de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo de declaración-liquidación y se establecen normas para la gestión y pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego que grava las máquinas o aparatos automáticos (BOCyL 02-01-2001) CORRECCION de errores y MODIFICACION.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Delegaciones Territoriales

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica