Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2591
- SIA: 1813892
- BDNS (Identificador): 853967
Descripción:
BDNS: 853967
Objeto
Subvención directa al ayuntamiento de Zamora con objeto de financiar los costes laborales derivados de los contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo que realicen con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social en el marco de la vigesimoctava exposición de las Edades del Hombre.
Requisitos de las contrataciones
1. Serán subvencionables los costes laborales derivados de la contratación de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, dentro de los siguientes colectivos prioritarios:
- Personas jóvenes menores de 35 años.
- Personas desempleadas de larga duración, especialmente con cargas familiares. A estos efectos son personas desempleadas de larga duración aquellas que han sufrido o sufren el paro durante 12 meses (360 días) en los últimos 18 meses, así como las que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo durante 180 días en los 9 meses inmediatamente anteriores, si son personas mayores de 45 años o si están inscritas como trabajadores agrarios.
- Personas desempleadas mayores de 45 años.
2. El periodo de contratación subvencionable comprenderá desde la fecha de la presente resolución hasta el 30 de abril de 2026.
3. La selección de los trabajadores, entre las personas candidatas desempleadas inscritos como demandantes de empleo, no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, la realizarán el Ayuntamiento de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos en la resolución de concesión, en el momento de darles de alta en la Seguridad Social.
4. Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo, establecida por la normativa vigente (modelo 405/505), y en el marco de los convenios colectivos que sean de aplicación.
5. Se concertarán a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que en este caso, la jornada de trabajo sea igual o superior al 50 % de la jornada ordinaria.
6. En el caso de extinción del contrato, la entidad deberá justificar debidamente la causa y comunicarlo, a través del modelo normalizado de aportación documental e incidencias.
7. No se admitirán las contrataciones realizadas con personas que sean miembros de alguna Corporación Local en los casos en que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Actividades a desarrollar
Las obras y servicios de interés general y social a realizar deberán cumplir los siguientes requisitos:
Aceptación de la subvención
- Para que la concesión de la subvención sea efectiva, el beneficiario, en el plazo de 30 días desde que se notifique la  resolución de concesión, deberá expresar la aceptación de la misma.
- La aceptación se realizará según modelo normalizado de Aceptación. En caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haberse aceptado la subvención, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma, y se declarará mediante resolución el archivo del expediente sin más trámite.
Anticipos
- Se abonará un anticipo del 100% de la subvención concedida sin exigir la constitución de garantías. Para poder obtener el anticipo, el beneficiario deberá solicitarlo conforme al modelo normalizado, así como estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro, ni tener deudas con la Hacienda de la Comunidad. Estas circunstancias deberán acreditarse mediante la declaración responsable que se recogen en el citado modelo.
- La justificación  del importe anticipado  se efectuará  en el plazo establecido  para la justificación de la subvención.
Justificación de la subvención
- El beneficiario tendrá un plazo de dos meses para presentar el Anexo justificativo a contar desde la finalización de los contratos subvencionados y, en todo caso, la fecha límite será el día 30 de junio de 2026, que deberá ser presentado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
- Si vencido el plazo de justificación no se hubiese presentado la correspondiente documentación, el órgano instructor requerirá al beneficiario a los efectos de su presentación en el plazo improrrogable de 15 días. La falta de presentación del total de la documentación requerida en este plazo dará lugar a la iniciación del procedimiento para determinar el incumplimiento y, en su caso, el reintegro.
LUGAR FORMA DE PRESENTACIÓN.
Electrónico:
NOTIFICACIONES.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones 
NOTI
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
Entidades Locales
Protección de los datos de carácter personal:
 Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (199 kbytes)
 Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (199 kbytes)