Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3460
- SIA: 3189648
- BDNS (Identificador): 835856
Descripción:
OBJETO
Financiar la contratación del personal investigador del programa «Andrés Laguna» por la Universidad de Salamanca, correspondiente a la siguiente expresión de interés seleccionada por Orden de 26 de julio de 2024 de la Consejería de Educación:
- «Study on the effects of the consumption of ultra-processed foods-grop in the Nova system- on arterial aging and cognitive function mediated by oral and intestinal microbiota»
La investigadora contratada dentro del programa «Andrés Laguna» realizará labores de investigación en su campo de especialización, y desarrollará las actividades de l+D propuestas en el centro receptor.
Se podrá prever la realización de estancias temporales de corta duración en otros centros de l+D nacionales o extranjeros pudiéndose realizar, además y dentro de los límites que establece la Ley 14/2011, de 1 de junio, actividades docentes en las universidades o centros de destino.
La subvención se destinará a cubrir los gastos realizados desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026, relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que haya sido concedida
DESTINATARIOS
Universidad de Salamanca
LUGAR FORMA DE PRESENTACIÓN
Electrónico:
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
ACEPTACIÓN
La concesión de la subvención se notificará a la Universidad de Salamanca que deberá aceptarla en el plazo que se establezca en la resolución de concesión, que, en ningún caso, podrá ser superior a 30 días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN
La justificación de la subvención deberá presentarse en los siguientes plazos:
- Anualidad 2025: 4 de diciembre de 2025.
- Anualidad 2026: 4 de diciembre de 2026.
COMPATIBILIDAD
La subvención concedida a la Universidad de Salamanca será compatible con otras ayudas que pudieran otorgarse para la misma finalidad, salvo que la financiación total obtenida supere el coste efectivo de las mismas, en cuyo caso las entidades beneficiarias deberán reintegrar el exceso de financiación percibido.
NOTIFICACIONES
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Consejería / Centro Directivo: