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Ayudas para la modernización del sector de la pizarra en Castilla y León (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3098
  • SIA: 2412143
  • BDNS (Identificador): 709069 y 709079

Fecha de publicación:

24 de julio de 2023

Objeto:

Subvenciones dirigidas a empresas, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de las condiciones laborales y medioambientales en relación con el polvo y sílice cristalina respirable, originado en naves de elaboración de pizarra y sus dependencias anexas, ubicadas en Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 25 de julio de 2023 hasta el 23 de agosto de 2023

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS [HÁBILES], a contar desde la publicación de las bases reguladoras y la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas privadas titulares administrativos de naves de elaboración de pizarra

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica y de su modo de financiación, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerará empresas a los empresarios personas físicas que ejerzan actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas que ejerzan una actividad económica de forma regular.
  • Para la consideración de pequeña y mediana empresa se atenderá a la definición contenida en el anexo I del Reglamento UE n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.
  • Las personas beneficiarias no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en los apartado 2 y 3.bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Las personas beneficiarias no podrán estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, ni encontrarse en situación de crisis.
  • Los solicitantes y los beneficiarios de las presentes subvenciones deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, o la exención de dicha obligación.
  • Los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el apartado decimonoveno del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
  • Las condiciones para ser beneficiarios de estas subvenciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud y a lo largo del proceso de tramitación de la subvención, hasta su liquidación.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables aquellas inversiones destinadas las siguientes actuaciones:

Línea 1: Inversiones en equipos o instalaciones de baja complejidad técnica para limpieza, de modo que los residuos se gestionen para no afectar al medioambiente. Comprende las actuaciones:

a) Aspiradoras industriales: Se subvencionarán dos tipos:

Tipo I: 3.000 W, 60 Litros, o similar.
Tipo II: 5.000W, 100 Litros, o similar.
b) Red básica de agua para limpieza.

Línea 2: Inversiones en mejoras que impliquen cierta complejidad, diseño y, especialmente cuyos resultados sean susceptibles de ser comprobados, lo que se indicará en el proyecto técnicoeconómico. Consiste en extracciones, filtraciones y otras mejoras relacionadas con el polvo para la protección del ambiente atmosférico.

Línea 3: Inversiones en mejoras que impliquen cierta complejidad, diseño y, especialmente cuyos resultados sean susceptibles de ser comprobados, lo que se indicará en el proyecto técnicoeconómico. Consiste en sistemas de captación y extracción localizada, cabinas y otras mejoras de las condiciones laborales de los trabajadores en las naves de elaboración de pizarra relacionadas con la sílice cristalina respirable.

Con carácter general se consideran gastos subvencionables, aquellos que, excluido el IVA, y de manera indudable, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable. Igualmente será subvencionable el proyecto que se requiera para optar a la subvención. No serán gastos subvencionables las tasas por licencias. En todo caso, solo se considerarán subvencionables, maquinaria, equipos e instalaciones, nuevos.

El plazo de ejecución de la Línea 1 finalizará el 20 de octubre de 2023 y de las Líneas 2 y 3 finalizará el 20 de octubre de 2024.

Cuantía:

  • La intensidad de la subvención será el 60% para las pequeñas empresas, el 50% para las medianas empresas y el 40% para las grandes empresas o aquellas pertenecientes a un grupo de sociedades.
  • Se establecen máximos de la cuantía de subvención en las distintas líneas de subvención, del modo siguiente:

Descarga del documento tipo PDF Intensidad de la ayuda. Abre una nueva ventana Intensidad de la ayuda (94 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General de Energía y Minas. 

Se admitirá una solicitud por nave de elaboración, con las siguientes limitaciones: un máximo de dos solicitudes (dos naves) por empresa y un máximo de cuatro solicitudes (cuatro naves) en el caso de que la empresa sea, bien una gran empresa o bien pertenezca a un grupo de sociedades.

En la solicitud se recogerá la petición, bien de una o de varias de las Líneas de subvención.

Solo se podrá presentar un proyecto para cada una de las Líneas de subvención 2 y 3 en cada nave de elaboración.

Junto a la solicitud se aportará la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (144 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Minas

Órgano que resuelve:

Consejero de Economía y Hacienda

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 MESES a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • La percepción de estas ayudas será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Ente público o privado, nacional, internacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste total de la inversión subvencionable.

Justificación

  • El plazo para solicitar la liquidación o pago de la subvención y justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión comenzará una vez recibida la notificación de la resolución de concesión y finalizará el 31 de octubre de 2023 para la Línea 1 y el 31 de octubre de 2024 para las Líneas 2 y 3.

Resolución. Beneficiarios:

En cumplimiento de lo establecido en la Base decimocuarta de la Orden EYH 929/2023, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de las condiciones laborales y medioambientales respecto del polvo y sílice cristalina respirable en las naves de elaboración de pizarra y sus dependencias anexas, ubicadas en castilla y león, y se procede a la convocatoria plurianual 2023-2024, procede dar publicidad de las subvenciones concedidas:

Descarga del documento tipo PDF PUBLICIDAD SUBVENCIONES CONCEDIDAS (Publicado 21-11-2023). Abre una nueva ventana PUBLICIDAD SUBVENCIONES CONCEDIDAS (Publicado 21-11-2023) (170 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica