Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Inscripción, modificación y cancelación de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de productos agrícolas en el registro de la Unión

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 513
  • SIA: 1813122

Objeto:

Regular los procedimientos de solicitud de inscripción, modificación y cancelación de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de productos agroalimentarios de Castilla y León, incluyendo el procedimiento de solicitud de su protección nacional transitoria y la presentación de declaraciones motivadas de oposición en los procedimientos de inscripción, modificación y cancelación.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Solicitud de registro: Solo puede presentarla una agrupación vinculada al producto cuyo nombre se desea registrar como DOP o IGP. Excepcionalmente, podrá hacerlo una única persona física o jurídica si acredita ser el único productor interesado.
  • Solicitud de modificación del pliego de condiciones: Puede presentarla cualquier agrupación de productores del producto. Si existe una agrupación de productores reconocida, será la única legitimada para solicitarla.
  • Solicitud de cancelación: Puede presentarla cualquier persona física o jurídica con interés legítimo, a petición de los productores afectados. Cuando exista una agrupación de productores reconocida, solo esta podrá presentar la solicitud.
  • Oposición a solicitudes: Cualquier persona física o jurídica establecida o residente legalmente en España podrá oponerse al registro, modificación o cancelación cuando considere afectados sus derechos o intereses legítimos.
  • Solicitud de protección nacional transitoria: Puede presentarla la agrupación de productores o la persona solicitante, tras la publicación por la Comisión Europea del documento único y la referencia del pliego para la oposición comunitaria.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los establecidos en el REGLAMENTO (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompaña de la siguiente documentación:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente

Plazo de resolución:

6 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Recurso de ALZADA.

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas sobre la inscripción en el registro y la protección de las indicaciones geográficas, las especialidades tradicionales garantizadas y los términos de calidad facultativos y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.º 664/2014 (DOUE de 15-01-2025)
    • Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012 (DOUE de 23-04-2024)
    • Reglamento de Ejecución (UE) 2025/26 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las inscripciones en el registro, las modificaciones, las cancelaciones, la ejecución de la protección, el etiquetado y la comunicación en relación con las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 en lo que respecta a las indicaciones geográficas del sector vitivinícola y por el que se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) n.º 668/2014 y (UE) 2021/1236 (DOUE de 15-01-2025)
    • Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo, por el que se regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas y de las especialidades tradicionales garantizadas, y se disponen normas relativas a su comercialización (BOE de 13-03-2026)
    • Ley 1/2014, de 19 de Marzo, Agraria de Castilla y León (BOCyL 20-03-2014)
    • DECRETO 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León (BOE 24-12-2018)

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria

    Órgano que resuelve:

    Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (327 kbytes)

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

    Tramitación electrónica

    Descargas