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Renovación de la autorización para la organización y explotación de apuestas

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2332
  • SIA: 1813768

Objeto:

Renovar la autorización para la organización y explotación de apuestas. La autorización para la organización y explotación de las apuestas se otorgarán por un plazo de 10 años renovable por periodos de 10 años.

¿Quién lo puede solicitar?

La entidad titular de la autorización para la organización y explotación de apuestas.

¿Qué requisitos debo cumplir?

La renovación exigirá el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente en el momento de su solicitud.

¿Qué documentos necesito?

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

La renovación habrá de solicitarse dentro del último año de vigencia de la autorización y, al menos, con una antelación de seis a la finalización de su periodo de validez.

Plazo de resolución:

  • Seis meses.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998)
  • Decreto 53/2014, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Apuestas de la Comunidad de Castilla y León y de modifica el Decreto 44/2001 de 22 de febrero por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 29-10-2014)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de ordenación, gestión y autorizaciones de las actividades de juego y apuestas

Órgano que resuelve:

Consejero de la Presidencia

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica