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Homologación de cursos de formación en materia de bienestar animal

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2223
  • SIA: 1813727

Objeto:

Establecer las normas para la homologación de cursos de formación y para la expedición del certificado acreditativo de conocimientos en bienestar animal. Su ámbito de aplicación se extiende, dentro del territorio de Castilla y León:

  • A los propietarios y/o cuidadores de explotaciones de ganado porcino.
  • A los propietarios y/o cuidadores de explotaciones de avicultura.
  • A los transportistas de animales vivos.
  • A las personas que realicen el sacrificio y las operaciones conexas destinadas a la producción de alimentos para consumo humano, excepto consumo doméstico privado.

¿Quién lo puede solicitar?

La homologación de cursos de bienestar animal podrá ser solicitada por Administraciones, Universidades, Corporaciones Públicas, OPAs , Cooperativas agrarias, Centros docentes públicos o privados y empresas o entidades privadas con reconocida capacitación.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.– La acreditación sobre conocimientos de bienestar animal en las explotaciones porcinas, se adquiere por la superación correspondiente al módulo general y al módulo porcino.

2.– La acreditación sobre conocimientos de bienestar animal en el transporte, se adquiere por la superación correspondiente al módulo general y al módulo de transportistas.

3.– La acreditación sobre conocimientos de bienestar animal en las explotaciones de avicultura, se adquiere por la superación correspondiente al módulo general y al módulo de avicultura.

4.– La acreditación sobre conocimientos de bienestar en la matanza y operaciones conexas se adquiere por la superación correspondiente al módulo común sacrificio, al módulo específico de sacrificio para cada categoría de especies y para cada tipo de operaciones.

5.– Para superar estos cursos será necesario haber asistido a la totalidad de las horas lectivas y demostrar su aprovechamiento a través de una prueba objetiva. Dicha prueba en el caso de la acreditación incluida en el punto 4.– consistirá en un examen presencial que incluya prueba escrita cuyo contenido mínimo se recoge en el Anexo XI.

Descarga del documento tipo PDF CONTENIDO DE LOS CURSOS. Abre una nueva ventana CONTENIDO DE LOS CURSOS (585 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

→ Solicitud de homologación de cursos dirigida al Director General de Producción Agropecuaria conforme al modelo normalizado (Anexo IV), al que se adjuntará la siguiente documentación:

a) Memoria del curso

b) Programa a impartir especificando el contenido de cada unidad didáctica, horas lectiva s , tipo y duración de las clases.

c) Relación de profesores con fotocopia del D.N.I. y de la titulación académica, así como el currículum vitae firmado. Los profesores deberán estar en posesión acreditada de formación en materia de protección y bienestar animal. Serán preferentemente licenciados en veterinaria, ingeniería agrícola (técnica o superior) y licenciados en ciencias biológicas.

d) Medios materiales y equipos disponibles para impartir las clases tanto teóricas como prácticas. e) Criterios de evaluación de los asistentes.

f) Otros documentos que considere de interés aportar.

→ La entidad organizadora del curso homologado tendrá la obligación de presentar en soporte informático y en papel los datos que se reúnen en el Anexo VI, agrupados en un expediente único, en el Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la provincia donde se haya impartido el curso en un plazo máximo de 30 días después de haber finalizado el mismo.

→ Hasta el 8 de diciembre de 2015, las entidades organizadoras del curso expedirán el certificado de competencia para la matanza y actividades conexas que se podrán emitir previa solicitud del interesado conforme modelo Anexo XII.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 2 meses contados desde el día siguiente a la presentación de la documentación completa que debe de acompañar a la solicitud.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Orden AYG/565/2004 de 13 de abril, por la que se establecen las normas para la homologación de cursos de formación y para la expedición de certificado acreditativo en materia de bienestar animal (BOCyL 26-04-2004)
  • ORDEN AYG/1865/2006, de 17 de noviembre, por la que se modifica la Orden AYG/565/2004, de 13 de abril, por la que se establecen las normas para la homologación de cursos de formación y para la expedición de certificado acreditativo en materia de bienestar animal (BOCyL 24-11-2006)
  • ORDEN AYG/1750/2009, de 31 de julio, por la que se modifica la Orden AYG/565/2004, de 13 de abril, por la que se establecen las normas para la homologación de cursos de materia de Bienestar Animal y para la expedición de certificado acreditativo en materia de Bienestar Animal (BOCyL 31-08-2009)
  • ORDEN AYG/271/2013, de 20 de marzo, por la que se modifica la Orden AYG/565/2004, de 13 de abril, por la que se establecen las normas para la homologación de cursos de formación y para la expedición de certificado acreditativo en materia de bienestar animal (BOCyL 02-05-2013) 

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera

Órgano que resuelve:

Directora General de Producción Agrícola y Ganadera