Los solicitantes podrán presentar la solicitud de participación de forma individual o conjunta, hasta un número máximo de 4 solicitantes, a efectos de adjudicación conjunta de plazas exclusivamente en la fase del sorteo.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 19 de febrero de 2026.
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Servicios ofertados y Obligaciones de los participantes
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Contenido:
Los participantes en las actividades del programa «Primavera Joven en Castilla y León 2026» dispondrán de los siguientes servicios, en función de la actividad elegida:
- Transporte, incluyendo los traslados de incorporación y regreso, desde Valladolid hasta el lugar de desarrollo de las actividades, así como los desplazamientos, excursiones o visitas que se realicen con motivo de las mismas, excepto en las actividades CÓDIGOS PJ003, PJ004, PJ005 y PJ006, «Fin de Semana de Multiaventura en Palencia» que no incluyen servicio de transporte, por lo que la incorporación y el regreso a estas cuatro actividades se realizará por cuenta del participante directamente en la instalación.
- Alojamiento en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda y cena) en instalaciones juveniles, cuya titularidad corresponde al Instituto de la Juventud de Castilla y León.
- Un programa de actividades juveniles de tiempo libre de multiaventura además de otras de carácter recreativo, sociocultural y convivencial.
- Equipo de personal especializado en animación sociocultural y actividades de multiaventura.
- Material y equipo necesario para el desarrollo de las actividades.
- Seguro de accidentes y seguro de responsabilidad civil.
Los participantes en las actividades del programa «Primavera Joven en Castilla y León 2026» se sujetarán al cumplimiento de las siguientes obligaciones, en el desarrollo de las actividades en las que participen:
- Deberán atender a las instrucciones o directrices que se establezcan por parte de la entidad gestora de la actividad, manteniendo un comportamiento respetuoso y correcto con el personal de la instalación, con el equipo de animación, así como con el resto de los participantes, a fin de facilitar el normal desarrollo de la actividad, evitando comportamientos agresivos, sexistas o racistas.
- La tenencia o consumo de alcohol, tabaco o cualquier otro tipo de droga será motivo de expulsión inmediata de la actividad.
- La incorporación y regreso de la actividad se realizará por los medios y en los plazos y horarios previstos en las condiciones de la convocatoria.
- Es obligatoria la asistencia a las actividades que se programen.
- En aquellas actividades en las que haya transporte de incorporación, los participantes deberán presentarse en el lugar de salida establecido, en Valladolid, con al menos 15 minutos de antelación respecto de la hora establecida.
- Todos los participantes deberán ir provistos de la documentación correspondiente que en cada actividad resulte exigible, y Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros en vigor, Tarjeta sanitaria del Sistema de Salud de Castilla y León o de otra comunidad autónoma, si procede, o seguro privado de asistencia médica.
- Los participantes no podrán abandonar la actividad sin autorización previa de los padres o representantes legales, conforme al Anexo VI «Autorización para el abandono de la actividad», que será entregado al responsable de la actividad.
- Los participantes que sean expulsados o abandonen la actividad deberán ser recogidos por los padres, representantes legales o persona autorizada para ello, siendo responsabilidad del participante y sus padres o representantes legales, la organización del traslado y los gastos que ocasionen.
- La responsabilidad sobre los efectos personales corresponderá a los participantes, por lo que ni el Instituto de la Juventud de Castilla y León, ni la entidad organizadora de la actividad serán responsables de la perdida de éstos.
- Los participantes podrán llevar un único teléfono móvil que solo podrán utilizar en el horario establecido, salvo excepciones. No se podrá llevar ningún aparato como una videoconsola o Tablet, que reproduzca imágenes o que pueda conectarse a Internet.
- En la ficha de confirmación de plaza (Anexo V) deberán consignarse en un apartado habilitado al efecto otros datos del participante que resulten de interés para garantizar su adecuada participación en la actividad tales como alergias, intolerancias alimenticias, medicación que deba suministrarse y adaptaciones específicas requeridas, entre otras.
En caso de observaciones médicas será necesario aportar el correspondiente informe médico.
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Cuota de las actividades y bonificaciones
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Contenido:
Los participantes que resulten adjudicatarios de las plazas deberán efectuar el ingreso de la cuota correspondiente a la actividad, de conformidad con lo establecido en el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», en el número de cuenta que para cada actividad se establece, indicando el nombre y apellidos del participante y el código de la actividad.
Se establecen las siguientes bonificaciones respecto del pago de la cuota prevista para cada actividad:
- Bonificación del 15% de la cuota para usuarios del Carné Joven Europeo. A los participantes que tengan menos de 14 años a fecha de finalización de confirmación de la plaza se les aplicará directamente la bonificación del 15%.
- Bonificación del 50% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría general, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, siempre que se reúnan los requisitos establecidos.
- Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría especial, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, siempre que se reúnan los requisitos establecidos.
- Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que tengan acreditada la condición de víctima del terrorismo de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las víctimas del terrorismo en Castilla y León.
- Bonificación del 100% para los hijos de víctimas de violencia de género, así como para aquellas participantes que tuvieran reconocida esa condición, de acuerdo con lo establecido en la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género de Castilla y León.
Las bonificaciones previstas para participantes miembros de familia numerosa, ya sean general o especial, se aplicarán cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad. La capacidad económica de los solicitantes se calculará valorando el nivel de renta y patrimonio de la unidad familiar.
Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre o el tutor, el propio participante, los hermanos solteros menores de veinticinco años que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que residan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2024.
En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable de la unidad familiar a efectos del cálculo de la renta familiar aquél de ellos que no conviva con el participante, sin perjuicio de que su contribución económica se incluya en la capacidad económica familiar.
Cuando exista custodia compartida del participante, se tendrán en cuenta las rentas de los dos progenitores. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuya renta se incluirá dentro del cómputo familiar.
Las bonificaciones no serán acumulables. En el caso de que concurran varias de las señaladas en el apartado anterior, se aplicará la de mayor cuantía.
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Listados de admitidos y sorteo
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Contenido:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, se configurará el listado provisional de admitidos para el sorteo de adjudicación de plazas, a partir del 24 de febrero.
En el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, se podrán formular alegaciones presentando copia de la solicitud registrada, hasta el día 26 de febrero, preferentemente en las Secciones de Juventud de cada una de las provincias.
Concluido el plazo de subsanación del listado provisional, se configurará el listado definitivo de solicitantes que participarán en el sorteo para la adjudicación de plazas, este listado se podrá consultar a partir del 2 de marzo.
Desde el 2 de marzo hasta el 4 de marzo, los solicitantes de familia numerosa podrán comprobar la información relativa al cumplimiento de los requisitos de capacidad económica a través de la aplicación informática CAIJ («Solicitud/Consulta de plazas/Gestión de Familias Numerosas»). Dentro del plazo señalado, se podrán formular las alegaciones y/o aportar la documentación que, en su caso, se estime conveniente.
La adjudicación definitiva de plazas se realizará mediante sorteo informático que será público, y se celebrará el día 5 de marzo, a las 09.30 horas, en la sede del Instituto de la Juventud de Castilla y León, C/ Mieses, n.º 26, 9ª planta.
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Confirmación de las plazas y renuncia
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Contenido:
Para la adjudicación definitiva de plaza en una actividad será imprescindible la confirmación de la misma por los solicitantes que hayan resultado seleccionados en el sorteo, de manera presencial o electrónica. La no confirmación de la plaza en los términos establecidos a continuación implicará la renuncia a la misma.
De las posibles plazas adjudicadas en el sorteo solo se podrá confirmar una.
El plazo de confirmación de plaza comenzará el día 5 de marzo, una vez publicado el resultado del sorteo, y finalizará el día 9 de marzo.
La confirmación de plaza se realizará mediante la cumplimentación del formulario normalizado establecido como Anexo V «Ficha de confirmación», será siempre individual, irá dirigida a la Sección de Juventud del lugar de residencia del participante
- Documentación que ha de adjuntar el participante, en todo caso:
a) Documento original acreditativo del ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», en el que deberá constar el nombre y apellidos del participante y el código de la actividad. La omisión de la presentación de este documento determinará la no confirmación de la plaza. No obstante, lo anterior, el pago incompleto de la cuota podrá ser objeto de subsanación.
En ningún caso, el pago de la cuota correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma del documento Anexo V «Ficha de confirmación», con arreglo a lo arriba indicado.
b) Los participantes, que cumplan los requisitos para beneficiarse de la bonificación prevista para víctimas de violencia de género, deberán presentar en el mismo plazo de confirmación (hasta el día 9 de marzo de 2026), copia de alguno de los documentos que permiten la acreditación de la condición de víctima de violencia de género de conformidad con el artículo 7 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León:
– Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género.
– Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el artículo 2 de la citada ley.
– Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.
– Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
– Excepcionalmente y en tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante de alguno de los recursos previstos en la presente ley es víctima de tal violencia.
c) Copia del Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.
d) En el caso de participantes residentes en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero, descendientes de castellanos y leoneses, se deberá presentar, dependiendo del grado de parentesco con el descendiente castellano y leonés, la siguiente documentación:
– Para descendientes de castellanos y leoneses de primer grado: Copia del DNI del padre o de la madre nacido en Castilla y León.
– Para descendientes de castellanos y leoneses de segundo grado: Copia del DNI del abuelo o abuela nacido en Castilla y León junto con la copia del DNI del progenitor del participante descendiente del abuelo castellano y leonés.
- II. Documentación que ha de aportar el participante si de modo expreso se opone en la «Ficha de Confirmación» (Anexo V) a que el órgano gestor directa o por medios electrónicos compruebe cada uno de los siguientes datos:
a. Copia del DNI o NIE en vigor del solicitante seleccionado.
b. Certificado o volante de empadronamiento actualizado en Castilla y León.
c. Copia del título de familia numerosa en vigor, con indicación del número, cuando siendo un título reconocido y expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León o por otra Comunidad Autónoma.
d. Copia del Carné Joven Europeo expedido por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Una vez confirmada la plaza, y antes del inicio de cada actividad, el Instituto de la Juventud comunicará a los participantes seleccionados, mediante correo electrónico, los datos de fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada de las actividades.
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Adjudicación directa de plazas
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Contenido:
Una vez finalizado el plazo de confirmación de las plazas asignadas por sorteo, las plazas no confirmadas se asignarán mediante un turno de adjudicación directa que se abrirá el día 11 de marzo a las 09.15 horas, asignando las plazas por estricto orden de entrada de las solicitudes.
En este turno solamente se aplicará, en su caso, las bonificaciones previstas para las familias numerosas en el caso de que se hubiera presentado la solicitud en los plazos y con los requisitos establecidos.
En esta fase, la reserva de plaza se realizará preferentemente de forma telemática, a través de la aplicación informática CAIJ, se podrá realizar la reserva de plaza acudiendo presencialmente a la Sección de Juventud de la provincia de residencia del solicitante.
Reservada una plaza, la adjudicación definitiva de la misma se realizará mediante la correspondiente confirmación.
El plazo de confirmación de las plazas en la fase de adjudicación directa finalizará el día siguiente al de realización de la reserva por el interesado. Si transcurrido el plazo indicado no se confirmara la plaza se considerará que se renuncia a ella y volverá a ofertarse para otros posibles interesados en tanto permanezca abierto el plazo de solicitudes de la fase de adjudicación directa.