Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3566
- SIA: 3037080
- BDNS (Identificador): 824743
Fecha de publicación:
7 de abril de 2025
Objeto:
Convocar para 2025, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, con la finalidad de impulsar la realización de actividades para la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la Orden TES/864/2023, de 21 de julio (BOE de 25 de julio).
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 8 de abril de 2025 hasta el 7 de mayo de 2025
Más Detalles:
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 MES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
- a) Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, de acuerdo con lo referido en el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- b) Las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente.
- c) Las fundaciones u otras entidades constituidas por las organizaciones indicadas en los dos apartados anteriores, para la consecución de cualquiera de sus fines.
- Los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del beneficiario, tendrán también la condición de beneficiarios.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Todos los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Deberán tener sede en la Comunidad de Castilla y León y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
- No incurrir en alguna de las circunstancias previstas en en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo suscribir declaración responsable al respecto.
- Cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables las siguientes actividades:
a) Dentro de las acciones de información de los principios de acción preventiva de los riesgos laborales o de las normas concretas de aplicación de tales principios, de diseño de los métodos y de los contenidos de programas de formación y de promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales:
■ Celebración de jornadas, seminarios u otras actuaciones formativas o de divulgación similares.
■ Elaboración (redacción, maquetación y soporte) de documentación de carácter informativo o divulgativo, según los tipos que se definen en el anexo II (disponible en el apartado «Descargas»).
b) Dentro de las acciones de asistencia técnica dirigidas al estudio y resolución de problemas, derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas:
■ Asesoramiento específico en relación con el riesgo y/o el sector señalados en el proyecto, con las condiciones que se recogen en el anexo III (disponible en el apartado «Descargas»).
El período subvencionable abarcará desde el 1 de enero de 2025 hasta el 20 de octubre de 2025, ambos inclusive.
Cuantía:
- La cuantía de cada subvención será el 100% de la financiación solicitada por la entidad interesada, previa aprobación del presupuesto del proyecto propuesto.
- La cuantía máxima subvencionable por convocatoria y entidad beneficiaria, incluyendo a sus asociados comprometidos en la ejecución de las actividades, será de 150.000 euros.
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases reguladoras, el 80% del presupuesto destinado a la subvención de las acciones previstas en el resuelvo séptimo se destinará a acciones sectoriales y el 20% restante a acciones intersectoriales.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, las entidades interesadas presentarán una única por proyecto para el que se solicite la subvención, cuando se presenten varias solicitudes, deberá indicarse el orden de preferencia de cada una de ellas para su atención.
La entidad interesada podrá autorizar a otra persona o entidad que lo represente, para la firma electrónica de la solicitud.
La solicitud deberá ser acompañada por los siguientes documentos, que se aportarán digitalizados y como archivos anexos o formarán parte de la estructura de la solicitud:
Documentación a presentar (96 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales
Órgano que resuelve:
Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su publicación es de 6 MESES contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León» del extracto de la convocatoria. Si transcurrido dicho plazo el órgano competente para resolver no hubiese publicado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender DESESTIMADA la solicitud.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Compatibilidad
- Las subvenciones concedidas para financiar las acciones de la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ingresos o recursos, que tengan por objeto el mismo proyecto, superen el coste total de la actividad objeto de la ayuda.
- La percepción de estas otras ayudas deberá ponerse en conocimiento del órgano instructor en el momento en que se produzca, ya sea antes o durante la ejecución del proyecto, aportando la correspondiente resolución de concesión.