Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3474
- SIA: 3016335
- BDNS (Identificador): 818353
Fecha de publicación:
25 de marzo de 2024
Objeto:
Convocar, durante el año 2025, la concesión de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), Programa Operativo 2021-2027) con una tasa de cofinanciación del 60%, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos que tengan por objeto la capacitación e inserción laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, en el ámbito de Castilla y León.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 10 de marzo de 2025 hasta el 21 de marzo de 2025
Más Detalles:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Las entidades del Tercer Sector de Acción Social, definidas en el artículo 2 de la Ley 5/202, de 14 de septiembre, del Tercer Sector Social en Castilla y León y de modificación de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, de Voluntariado de Castilla y León
¿Qué requisitos debo cumplir?
Las entidades deberán estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León regulado en el Decreto 109/1993, de 20 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se regula la Autorización, la Acreditación y el Registro de las entidades, servicios y centros de carácter social en Castilla y León o en el Registro de Entidades para la Igualdad de Oportunidades, regulado en el Decreto 6/2000, de 13 de enero, por el que se regula la acreditación y Registro de Entidades y Centros de asistencia a la mujer en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, modificado por el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las Víctimas de Violencia de Género de Castilla y León, antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes de esta subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Estas subvenciones tienen como finalidad mejorar la empleabilidad de mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito de Castilla y León. Serán subvencionables los itinerarios que, además de cumplir el resto de los requisitos establecidos, se encuadren en el ámbito de capacitación e inserción social y laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito de Castilla y León a través de alguna de las siguientes líneas programáticas:
a) Línea programática de atención a mujeres inmigrantes.
b) Línea programática destinada a la integración personal, social y laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.
c) Línea programática de atención a las necesidades de mujeres con discapacidad.
d) Línea programática de atención a mujeres de etnia gitana.
e) Línea programática de proyectos dirigidos a la integración, social y laboral de mujeres especialmente vulnerables y no incluidas en las líneas programáticas anteriores: mujeres prostituidas, mujeres drogodependientes, etc.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Cuantía:
- La cuantía individualizada correspondiente a cada entidad beneficiaria, será el 100% del presupuesto aceptado del proyecto presentado teniendo en cuenta el orden de prelación obtenido en función de la puntuación al aplicar los criterios de valoración.
- La petición de financiación para cada proyecto no podrá superar el 33% del crédito asignado a cada línea programática.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, una por cada entidad, en la que solo podrán incluir la petición de financiación para un proyecto por línea programática, con un máximo de dos líneas.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de la Mujer para obtener directamente o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad de la entidad solicitante y de identidad del representante legal de la entidad.
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
- Documentación que acredite el poder bastante en derecho del representante para actuar en nombre y representación de la entidad.
- Memoria detallada de las actuaciones que comprenden el proyecto con indicación del plazo y de las condiciones de ejecución, según el modelo normalizado, que incluirá el cronograma de las actuaciones que se vayan a realizar en el proyecto. Los datos no cumplimentados en dicha memoria no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
- En su caso, acreditación de los sistemas de calidad de que disponen.
- En su caso, documentación acreditativa de la realización de acciones de igualdad entre mujeres y hombres en las áreas establecidas
En el caso de oposición expresa a la consulta de datos, deberá presentar:
- Copia NIF de la entidad solicitante
- Copia DNI o NIE de la persona representante de la entidad.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de la Mujer
Órgano que resuelve:
Gerencia de Servicios Sociales
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.
Notificaciones:
Información adicional:
Pago y anticipos
- El pago de las subvenciones se realizará una vez justificada por la entidad la realización del proyecto y la consecución del objetivo para el que se concedió la subvención, mediante transferencia bancaria a la indicada por la entidad beneficiaria en su solicitud.
- Podrá concederse, previa solicitud de la entidad beneficiaria, un anticipo del 100 % del importe de la subvención. Dada la naturaleza jurídica y fines de las entidades beneficiarias de las ayudas, no se considera necesaria la constitución de garantías.
- El anticipo deberá ser solicitado por la entidad en el momento de presentar su solicitud de subvención en el modelo normalizado existente.
- Una vez justificado el destino de este anticipo se realizará, en su caso, la liquidación de la subvención.
Plazo y forma de justificación
- La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas será el 9 de febrero de 2026. Este plazo, podrá ser prorrogado por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León.
- Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado.
Calificación tributaria de la subvención
- Estas subvenciones estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Compatibilidad
- Las subvenciones serán compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso que, para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la de la Unión Europea o internacionales, reciba la entidad beneficiaria siempre que, el importe total subvencionado, en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste total de la actividad subvencionada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (136 kbytes)