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Convocatoria de la acción concertada para la prestación del servicio «Centros de crisis de atención a víctimas de violencias sexuales» (2024-2025)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3573
  • SIA: 3052727

Objeto:

Convocar la acción concertada para la prestación del servicio centro de crisis de atención a víctimas de violencias sexuales, así como sus familiares y personas de su entorno.

  • El servicio de atención en los centros de crisis comprenderá información, atención psicológica, asesoramiento jurídico y acompañamiento social.
  • Los centros de crisis desarrollarán, además, iniciativas de prevención de la violencia sexual y de sensibilización con el objeto de mejorar el trato social a las víctimas y su credibilidad. Estas iniciativas requerirán la autorización previa del órgano directivo competente en materia de atención a víctimas de violencia contra las mujeres.
  • En todos los centros se prestará una atención presencial, telefónica y telemática.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas, jurídicas o las uniones de aquellas que se constituyan temporalmente a estos efectos, proveedoras de servicios y prestaciones sociales.
  • Serán destinatarias las mujeres, mayores de 16 años, que vivan, residan o trabajen en Castilla y León, víctimas de violencia de género que requieran intervención especializada por ser víctima de algún tipo de violencia sexual, y sus familiares o entorno.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Figurar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León.

b) Disponer de medios y recursos suficientes para garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases, así como el cumplimiento de toda aquella normativa que, con carácter general o específico, les sea de aplicación, tanto por la naturaleza jurídica de la entidad, como por el tipo de prestación o servicio objeto de concertación.

c) No incurrir en alguno de los supuestos previstos en el régimen de prohibiciones establecido de la normativa sobre contratación o subvenciones públicas.

d) No haber sido sancionadas con carácter firme por la comisión de una infracción muy grave en el ámbito de los servicios sociales, en el plazo de los cuatro años anteriores al inicio del procedimiento del concierto social.

e) Compromiso de suscribir una póliza de responsabilidad civil, suficiente para garantizar la cobertura de los daños o perjuicios ocasionados en las personas y los bienes, derivada de la gestión o actividad del personal del centro. La póliza deberá suscribirse en el plazo máximo de 15 días desde la adjudicación del concierto.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, una por centro, en la que deberán indicar de forma expresa la provincia del centro para el cual realizan la solicitud.

Junto a la solicitud, en el caso de que la solicitante se oponga expresamente a que el órgano gestor verifique directamente o por medios telemáticos los datos, deberá presentar:

  1. Copia del NIF de la entidad solicitante.
  2. Poder de representación.
  3. Copia del DNI o NIE de la persona representante de la entidad.
  4. Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, si quien presenta la solicitud es empresa.
  5. Justificante de la inscripción en Registro de entidades, servicios y centros de carácter social en Castilla y León.

Junto con la documentación relacionada en el apartado anterior, a la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

  1. Proyecto técnico con la descripción del servicio y las características y condiciones en las que se va a prestar el servicio. Dicha descripción incluirá la relación de profesionales, con referencia a la antigüedad, categoría profesional y titulación, de las personas trabajadoras en el centro.
  2. Plan de igualdad o acreditación de las medidas de igualdad adoptadas en los dos últimos años..
  3. Para acreditar la experiencia vinculada al objeto del concierto, una declaración responsable que incluya los datos básicos de los proyectos, descripción del objeto, destinatarios, importe, financiación, actuaciones desarrolladas, fecha del proyecto, así como otros que se consideren relevantes.

Fecha de publicación:

25 de octubre de 2024

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 28 de octubre de 2024 hasta el 11 de noviembre de 2024

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 DÍAS [HÁBILES] contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo de resolución y notificación será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución se entenderá DESESTIMADA la solicitud en los términos previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo común.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

    Además, el representante de la entidad podrá suscribir a otras personas para recibir notificaciones. En este caso debe indicar nombre y apellidos de la o las personas autorizadas, D.N.I, y correo electrónico para recibir las notificaciones y comunicaciones.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León.
  • Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.
  • Decreto 3/2022, de 17 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico del concierto social en determinados ámbitos del Sistema de Servicios Sociales de Responsabilidad Pública de Castilla y León.
  • Orden FAM/8/2024, de 9 de enero, por las que se establecen las bases reguladoras de la acción concertada para la prestación del servicio de centros de crisis de atención a víctimas de violencias sexuales (BOCyL 11-01-2024).
  • Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca la acción concertada para la prestación del servicio «Centros de crisis de atención a víctimas de violencias sexuales». (BOCyL 25-10-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Órgano que resuelve:

Gerencia de Servicios Sociales

Información adicional:

Precio del concierto

  • El precio máximo del concierto para 9 centros de crisis será 3.197.880,00€, correspondiendo un importe de 177.660,00€ por año y centro.
  • El precio es el importe que se abonará, durante la vigencia del concierto, por los gastos de personal y gestión para el correcto funcionamiento de cada centro de crisis, con independencia del número de usuarias atendidas.
  • Este precio incluye todos los conceptos para el correcto funcionamiento de los centros, excluyendo los gastos ordinarios asumidos por la Gerencia de Servicios Sociales en su condición de titular de los locales como son los suministros de electricidad, calefacción y agua y los gastos de la comunidad de propietarios. Se entienden incluidos todo tipo de impuestos o tasas estatales, autonómicas o locales existentes. En el caso de que la entidad titular del concierto no esté exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el precio será el correspondiente al precio con el IVA incluido
  • La financiación del servicio objeto de concertación se realizará con cargo a los fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género.

Plazo de ejecución del concierto social y eventuales prórrogas

  • El plazo de ejecución de los servicios concertados será de 2 años contados desde el 1 de diciembre de 2024 o desde el día siguiente al de la fecha de formalización del concierto social si fuera posterior. Antes de la finalización del plazo inicial y por mutuo acuerdo de las partes el concierto podrá ser objeto de prórroga por un plazo máximo de 2 años.
  • La prórroga del concierto deberá acordarse con, al menos, una antelación mínima de tres meses al momento de finalización del concierto.
  • La prórroga del concierto estará supeditada a la valoración previa de la necesidad de mantenimiento del servicio en los mismos términos y condiciones que venía prestándose, a la existencia de una demanda suficiente que justifique su viabilidad en cumplimento del principio de eficiencia en la gestión de fondos públicos, a la buena ejecución de la prestación y a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (159 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.