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Ayudas destinadas a financiar planes estratégicos, programas estratégicos de investigación y programas de mejora, ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia, a iniciar en 2024 (escalera de excelencia)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2658
  • SIA: 1813938
  • BDNS (Identificador): 732743

Fecha de publicación:

20 de diciembre de 2023

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027, y programas de mejora para las estructuras de investigación de excelencia que, habiéndose presentado en alguna de las dos ediciones anteriores al año en que se publique la convocatoria, no hayan obtenido financiación en el Programa Severo Ochoa o María de Maetzu. Estas ayudas, a iniciar en 2024, estarán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

La finalidad de las ayudas es fortalecer las capacidades científico-técnicas, atraer y retener el talento y promover la sinergia de las estructuras de investigación de excelencia con capacidades y potencial de liderazgo internacional para que estas puedan participar en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación que esté vigente, así como en el Programa Marco de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Unión Europea.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de diciembre de 2023 hasta el 6 de febrero de 2024

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Podrán tener la condición de beneficiario las siguientes entidades a las que se encuentren adscritas los centros o unidades de investigación solicitantes:
  • a) Las universidades públicas de Castilla y León.
  • b) Los organismos públicos de investigación, cuando la solicitud de ayuda provenga de uno de sus centros o unidades ubicadas en la Comunidad de Castilla y León.
  • c) Otros centros con personalidad jurídica propia y fundaciones sin ánimo de lucro con sede en Castilla y León que tengan dentro de los fines y actividades la investigación y desarrollen su labor a través de personal que mantenga una vinculación laboral.
  • d) En el caso de centros o unidades ubicados en Castilla y León y constituidos por varias entidades de los apartados a) y b), podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas jurídicas que han constituido dicho centro o unidad.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las entidades y organismos que tengan la condición de beneficiarios deberán acreditar los siguientes aspectos:

a) El cumplimiento de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para obtener la condición de beneficiario se recoge en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre. Asimismo, deberá verificarse que no mantienen deudas o sanciones de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida todo ello de conformidad con el artículo 3.2 del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula tal acreditación en materia de subvenciones. Todo ello se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable.

b) El cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad según el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

c) La llevanza de una contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las operaciones que desarrollen, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021. Se entenderá que se cumple con esta obligación cuando cada uno de los gastos esté perfectamente identificado en la contabilidad y separado de cualquier otro gasto distinto.

¿Para qué es la ayuda?:

Se financiarán tres tipos de actividades:

a) Planes estratégicos ejecutados por los centros de investigación que no hayan recibido con anterioridad ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación de Castilla y León, ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia.

b) Programas estratégicos de investigación ejecutados por las unidades de investigación, que no hayan recibido con anterioridad ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación de Castilla y León, ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia.

c) Programas de mejora ejecutados por los centros o unidades de investigación que habiendo recibido con anterioridad ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación de Castilla y León ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia, se hayan presentado a la convocatoria estatal de ayudas a «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y «Unidades de Excelencia María de Maeztu» en alguna de las dos ediciones anteriores al año en que se publique la convocatoria y no hayan conseguido ayuda.

Las actividades se encuadrarán en una de las siguientes grandes áreas temáticas:

a) Ciencias de la Vida y Biomedicina.

b) Matemáticas, Ciencias Experimentales e Ingenierías.

c) Humanidades y Ciencias Sociales.

El periodo de ejecución de los planes estratégicos y de los programas estratégicos de investigación será de cuatro años, a contar desde la fecha que se determine en la orden de resolución.

El periodo de ejecución de los programas de mejora será de dos años a contar desde la fecha que se determine en la orden de resolución.

Cuantía:

El importe máximo de la ayuda a conceder no superará las siguientes cantidades:

Descarga del documento tipo PDF Cuantía de las ayudas. Abre una nueva ventana Cuantía de las ayudas (90 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

La subvención podrá solicitarse por dos vías, a través del modelo normalizado Documento nº 1. Formulario general:

  1. Vía 1. Solicitudes de centros o unidades de investigación que no hayan recibido con anterioridad ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación de Castilla y León, ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia.
  2. Vía 2. Solicitudes de centros o unidades de investigación que habiendo recibido con anterioridad ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación de Castilla y León ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia se hayan presentado a la convocatoria estatal de ayudas a «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y «Unidades de Excelencia María de Maeztu» en alguna de las dos ediciones anteriores al año en que se publique de la convocatoria y no hayan conseguido ayuda.

Cada una de las propuestas se referirá únicamente a un plan estratégico o programa estratégico de investigación, o a un programa de mejora del plan o programa estratégicos de investigación presentado a la convocatoria de «Centros de Excelencia Severo Ochoa» o «Unidades de Excelencia María de Maeztu», según proceda.

Los investigadores garantes y no garantes, vinculados o adscritos al centro o unidad, no podrán figurar en más de una solicitud.

A la solicitud, enviada por el representante legal de la entidad u organismo, se adjuntará la documentación referida a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (158 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección de Universidades e Investigación

Órgano que resuelve:

Consejería de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, si bien, dicho plazo máximo se podrá suspender, entre otros casos, cuando deban emitirse informes que sean preceptivos y determinantes del contenido de la resolución a órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, y la recepción del informe. Tanto la petición como la recepción del informe deberán ser comunicadas por medios electrónicos a los interesados. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de 3 MESES. Transcurrido el plazo máximo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

La orden de resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y será objeto de publicidad a través de la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/universidad), por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

El teléfono de información administrativa 012 (983 327850), prestará asistencia para resolver las consultas planteadas por los interesados referentes a la convocatoria o la cumplimentación de las solicitudes.

COMPATIBILIDAD

Estas ayudas serán compatibles, con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea, siempre que el importe conjunto de las mismas sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no supere el coste de la actividad financiada. En particular, estas ayudas no serán compatibles con las ayudas a «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y «Unidades de Excelencia María de Maeztu».

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (193 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos