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Ayudas para financiar el transporte escolar de alumnos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO, formación profesional básica o educación especial (Curso escolar 2023/2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 30
  • SIA: 1252963
  • BDNS (Identificador): 730768

Fecha de publicación:

12 de diciembre de 2023

Objeto:

Convocar ayudas, en régimen de concesión directa, para sufragar los gastos de los alumnos que no puedan hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, debiéndose desplazar por sus propios medios al centro escolar o bien a la parada más próxima de la ruta escolar, alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2023/2024, y alumnado que haya participado en programas de refuerzo educativo promovidos por la Consejería durante los meses de junio y julio de 2023, alumnado de cuarto de educación secundaria
obligatoria y sexto de educación primaria, respectivamente.

Las ayudas se convocarán en dos modalidades:

  1. Modalidad de transporte diario.
  2. Modalidad de transporte de fin de semana.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES a partir del siguiente al de la publicación del extracto en el BOCyL (Del 13 de diciembre de 2023 al 4 de enero de 2024).

EXCEPCIONALMENTE, se podrán admitir las solicitudes presentadas fuera de este plazo, y siempre antes del 26 de abril de 2024, en caso de escolarización tardía, cambio de domicilio o comienzo de alguna medida de refuerzo educativo en fecha posterior a la finalización de dicho plazo. Únicamente en estos casos los interesados cumplimentarán una solicitud en blanco (documento nº 1) que será entregada por la secretaría de los centros educativos, para su cumplimentación y remisión posterior al mismo centro educativo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial

  • Preferentemente en la Secretaría del Centro Educativo donde el alumno se encuentre matriculado durante el curso 2023/2024, salvo cuando se solicite ayuda por haber participado en el mes de junio o julio de 2023 en un programa de refuerzo educativo, supuesto en el que se presentará la solicitud únicamente en el centro en el que el alumno estuviera matriculado en el curso 2022-2023.
  • En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

El solicitante habrá tenido que cumplimentar previamente la solicitud mediante la aplicación informática, y realizar la impresión de esta por triplicado, entregando dos de ellas al centro educativo (una de ellas para la secretaría del mismo centro y otra para la administración) y la tercera para el propio solicitante (con objeto de poder acreditar su presentación).

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ALUMNOS que reúnan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Tener la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León.

b) Cursar segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, así como haber participado en programas de refuerzo educativo durante el curso 2023-2024 o el mes de junio o julio de 2023, y haber participado, estar participando o vayan a participar en Proyecto ESTALMAT o Programa AER-CYL.

c) Ser imposible para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establecen para cada modalidad.

También podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a una discapacidad, acreditada por la Gerencia de Servicios Sociales o un equipo de orientación educativa y psicopedagógica, que precisen trasladarse a otro centro, en horario lectivo, para recibir tratamientos específicos educativos, siempre que hayan solicitado ayuda al estudio al Ministerio de Educación y Formación Profesional, y dicha solicitud no sea estimada por no reunir los requisitos económicos.

Junto a los requisitos generales se deben cumplir unos requisitos específicos en función de la modalidad, transporte diario o de fin de semana, y que se recogen a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Requisitos específicos MODALIDADES Transporte Diario / Transporte fin de semana. Abre una nueva ventana Requisitos específicos MODALIDADES Transporte Diario / Transporte fin de semana (135 kbytes)

Cuantía:

La determinación del importe de las ayudas, que en ningún caso podrán superar el coste real, se realizará en atención al cumplimiento de los requisitos establecidos y en base a los siguientes criterios:

Descarga del documento tipo PDF Criterios para determinar la cuantía. Abre una nueva ventana Criterios para determinar la cuantía (151 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado Documento nº1, con carácter general cada alumno presentará tantas solicitudes como tipos de transporte requiera en función de las enseñanzas o programas a los que se refiere dicho transporte, las solicitudes se cumplimentarán a través de la aplicación informática.

En el caso de que la solicitud no sea presentada por los progenitores, si no por el representante legal del alumno, esta condición deberá acreditarse mediante el documento en el que se confiera tal representación, en la solicitud deben figurar exclusivamente los datos del alumno y los sustentadores de la unidad familiar.

La Consejería de Educación podrá proceder al envío de mensajes de texto referentes al proceso de tramitación al teléfono móvil que se indique en la solicitud.

La Consejería de Educación está autorizada para obtener directamente y/o por medios electrónicos la comprobación de los datos de identificación, de los referentes a la renta de los miembros de la unidad familiar, así como para acceder al servicio de verificación de datos de residencia, salvo que conste oposición expresa manifestada en la solicitud, en cuyo caso deberá aportar la siguiente documentación:

  • Copia del D.N.I. o documento equivalente en el caso de extranjeros residentes en territorio español, del alumno si es mayor de edad o, en otro caso, del padre, madre o representante legal.
  • Copia del volante de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificado de renta o de imputaciones correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 de todos los miembros de la unidad familiar, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Consejería de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar las resolución será de 6 MESES a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que haya publicado resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

Notificaciones:

Las listas provisionales serán expuestas en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y serán objeto de publicidad en el Portal de Educación http://www.educa.jcyl.es, esta publicación supondrá el inicio del cómputo del plazo de diez días hábiles para para realizar la subsanación de errores y presentar la documentación en los centro educativos, conforme al modelo de Documento nº 4.

El 26 de febrero de 2024 se publican en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, y en el Portal de Educación, a través de la aplicación los Listados provisionales:

La resolución que contendrá la relación de ayudas concedidas y desestimadas, indicando en éste último caso la causa de desestimación, se publicarán en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, y serán objeto de publicidad a través del Portal de Educación por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La concesión de estas ayudas no requerirá otra justificación que la acreditación, previa a la concesión, de que se reúnen los requisitos que establece la convocatoria, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.

Compatibilidad

  • Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda económica para la misma finalidad otorgada por otras administraciones públicas o entidades de naturaleza pública o privada y en especial con las ayudas que se concedan, en concepto de desplazamiento para estos niveles educativos, por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (56 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.