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Subvenciones destinadas a proyectos de I+D de interés regional orientados a la excelencia y mejora competitiva de los centros tecnológicos de Castilla y León, cofinanciados por el FEDER (Centros Excelencia) (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3552
  • SIA: 3033821
  • BDNS (Identificador): 728066

Fecha de publicación:

22 de noviembre de 2023

Objeto:

Convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), destinadas a potenciar la excelencia y la capacidad científica de los centros tecnológicos de Castilla y León, mediante el apoyo a la realización de proyectos de I+D en línea con sus áreas de especialización tecnológica, que resulten relevantes para la Comunidad, y sus sectores económicos prioritarios. Para ello se apoyarán los proyectos de I+D individuales y en cooperación entre centros tecnológicos, que contribuyan a su consolidación, a través de un mayor nivel de excelencia y especialización, y de un mejor servicio a las empresas de Castilla y León. Se entiende por proyecto en cooperación, los proyectos en colaboración efectiva definidos en la disposición cuarta.

Los proyectos están incluidos en los ámbitos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el período 2021- 2027. Concretamente, su tipología corresponde al objetivo 2 “Mejorar y fortalecer el ecosistema de investigación e innovación de Castilla y León para avanzar en la especialización”, eje de actuación 2.1. Desarrollar y mantener las capacidades para la especialización inteligente.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Comenzará el día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León (23 de noviembre de 2023) y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararan no admitidas mediante resolución expresa del Presidente del Instituto.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Centros Tecnológicos de Castilla y León que estén registrados en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de Castilla y León a fecha de publicación de la convocatoria.

¿Para qué es la ayuda?:

Las actuaciones objeto de ayuda, serán actividades primarias de carácter no económico consistentes en I+D, realizada en centros de trabajo de Castilla y León por el centro tecnológico, para mejorar sus conocimientos y su capacidad científica y tecnológica, proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental, desarrollados de manera individual o en colaboración efectiva por los centros tecnológicos de Castilla y León, en línea con sus áreas estratégicas y de gran interés y aplicabilidad al tejido industrial regional.

Queda excluida del objeto de la subvención la actividad económica, entendiéndose como tal, además de la investigación llevada a cabo bajo contrato con cualquier agente, el alquiler de las infraestructuras de investigación y cualesquiera otras actividades de naturaleza económica que no respondan a las condiciones exigidas y contempladas en el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación relativas a la financiación pública de actividades de naturaleza no económica (apartado 2.1.1.20).

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes subvencionables del proyecto de I+D con el límite del 100%, al tratarse de actividades no económicas propias de un organismo de investigación.
  • El porcentaje de subvención que le corresponderá a un proyecto se determinará conforme a los criterios de valoración siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Criterios de valoración. Abre una nueva ventana Criterios de valoración (294 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (112 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES, contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del Instituto.

El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud de ayuda.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Límites e Incompatibilidades

  • Límites: El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y la misma finalidad, superen, en términos de equivalente de subvención bruta, el 100% del coste de dicha actividad.
  • Incompatibilidades:Todas las subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras de la misma naturaleza para el mismo objeto y finalidad.

Aceptación

  • Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, de forma telemática, en el plazo de quince días hábiles, computados desde el día siguiente a la notificación.
  • En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la concesión, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención, declarándose mediante resolución expresa de la Presidencia del Instituto.

Modificaciones de la resolución

  • Los centros tecnológicos beneficiarios de las subvenciones deberán comunicar al Instituto cualquier incidencia posterior a la concesión de la subvención que pueda afectar a ésta.
  • Una vez notificada la resolución de concesión, el beneficiario podrá plantear las modificaciones de su contenido en las circunstancias indicadas, y siempre que, estando debidamente justificadas, no alteren el objeto y la finalidad de la subvención, no supongan aumento de la subvención concedida, ni perjudique derechos de terceros.
  • No se aceptarán aquellas modificaciones que supongan una alteración sustancial del proyecto aprobado, o supongan un incremento de la cuantía de la subvención, ni aquellas modificaciones que afecten a los criterios para determinar la condición de beneficiaria, pudiendo aceptar únicamente aquellas que puedan afectar al importe de la subvención, en cuyo caso éste se verá reducido con la aprobación de la modificación.
  • Las modificaciones diferentes de las mencionadas se someterán a los mismos trámites que la solicitud inicial.
  • Las modificaciones planteadas en los plazos establecidos, serán resueltas por el órgano competente.

Renuncias

  • La entidad beneficiaria podrá renunciar a la subvención en cualquier momento mediante la correspondiente solicitud. La resolución del órgano competente por la que se acepte la renuncia declarará, asimismo, el archivo del expediente.

Justificación

  • La entidad beneficiaria justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas y presentará en modelo normalizado la solicitud del pago total o parcial, como máximo, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.