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Subvenciones para la mejora de los centros residenciales y centros de día para cuidados de larga duración y su adaptación al modelo de atención integral y centrado en la persona (AICP) y las unidades de convivencia (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3531
  • SIA: 3031460
  • BDNS (Identificador): 719087

Fecha de publicación:

3 de octubre de 2023

Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de obras de accesibilidad y de mejora para adaptar los centros residenciales y centros de día para cuidados de larga duración, al modelo de atención integral y centrado en la persona (AICP) y las unidades de convivencia, en el marco del Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobados por Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, ya sea mediante la adecuación de zonas comunes como en la creación de unidades de convivencia, con la finalidad de contribuir a la mejora de la atención y calidad de vida de las personas usuarias de estos centros, adecuando los espacios de los centros para que faciliten las relaciones sociales, adquieran la escala del hogar, la intimidad y la personalización de los cuidados con la implantación del nuevo modelo de Atención Integral y Centrado en la Persona en los centros de carácter residencial y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración, mediante la creación de unidades de convivencia de nueva planta o en las ampliaciones de centros, en los que serán exigibles los requisitos que se relacionan en el Anexo:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 4 de octubre de 2023 hasta el 23 de octubre de 2023

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Entidades titulares de centros de residenciales y Centros de día para la atención a personas mayores y a personas con discapacidad que pertenezcan a alguna de la siguiente clasificación:
  • ■ Entidades públicas, con exclusión de las diputaciones provinciales y municipios de más de 20.000 habitantes.
  • ■ Entidades sin ánimo de lucro
  • ■ PYMES, que realicen proyectos de inversión subvencionables en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores de personas mayores y de personas con discapacidad.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Estar legalmente constituidas e inscritas, en el momento de la solicitud, en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter social de Castilla y León, figurando como objeto social de su actuación el de atención a personas mayores o de personas con discapacidad.

b) Desarrollar su actividad en el territorio de Castilla y León.

c) No tener deudas en período ejecutivo con la comunidad de Castilla y León, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes. Este requisito lo deberán reunir también las entidades que se propongan como ejecutantes, en el caso de que la subvención se solicite por una federación o confederación.

e) No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este requisito lo deberán reunir también las entidades que se propongan como ejecutantes, en el caso de que la subvención se solicite por una federación o confederación.

f) Las entidades del tercer sector deberán estar inscritas en el censo de organizaciones del tercer sector social en el momento de producirse la solicitud de la subvención, de acuerdo con el artículo 3.3 de la Ley 5/2021, de 14 de septiembre, del Tercer Sector Social de Castilla y León.

g) De acuerdo con el artículo 37.3, de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y no discriminación, no podrán ser beneficiarias aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por alguna de las infracciones calificadas como muy graves, en los términos y plazos previstos en el Título IV de esta ley. En relación con las personas con discapacidad, será de aplicación lo previsto en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En el orden social, el régimen aplicable será el regulado por la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

¿Para qué es la ayuda?:

La actuación subvencionable deberá estar promovida por las propias entidades susceptibles de ser beneficiarias, desarrollarse íntegramente en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y tener por objeto mejorar la atención y calidad de vida de las personas usuarias de estos centros, mediante la implantación de unidades de convivencia o la adecuación de zonas comunes de los centros autorizados de los que sean titulares.

La actuación subvencionable se realizará en los Centros, y se concretará por la entidad, mediante la presentación de un proyecto arquitectónico o de una memoria valorada, dependiendo de tipo de intervención de que se trate.

El proyecto o memoria valorada deberá contener los siguientes apartados:

■ Plano de estado actual y estado reformado de la zona de actuación a escala no inferior a 1:100 en formato PDF.

■ Descripción de las actuaciones a realizar, ya sea la mejorar de la accesibilidad de las zonas de uso de residentes, o la adaptación de dependencias para la creación de unidades de convivencia, o la adecuación de zonas comunes de los centros.

■ Presupuesto de la intervención.

La actuación subvencionable habrá de ejecutarse dentro del plazo que transcurre entre la finalización del plazo de la presentación de la solicitud, 23 de octubre de 2023, y el 31 de diciembre de 2024.

Cuantía:

La cuantía máxima de la subvención a conceder POR ENTIDAD BENEFICIARIA podrá ser de hasta el 100% del presupuesto aceptado por la Administración, que en ningún caso superará los 80.000 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, que incluye declaración responsable relativa a diferentes extremos, junto con la siguiente documentación:

  1. Copia del NIF de la entidad solicitante.
  2. Estatutos de la Entidad y escritura de constitución de la misma.
  3. Memoria de la entidad.
  4. Anteproyecto, Proyecto o memoria valorada justificativa de las obras que se pretenden emprender.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección Técnica de Atención a Personas Mayores y a Personas con Discapacidad

Órgano que resuelve:

Gerencia de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 3 MESES, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución se entenderá DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo de justificación

  • Las entidades beneficiarias de las subvenciones están obligadas a justificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas dentro del plazo de justificación que finaliza el 28 de febrero de 2025.

Compatibilidad

  • Las subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, en su caso, pueda recibir el destinatario final, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la de la Unión Europea o internacionales para la misma finalidad.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2023, DE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LA MEJORA DE LOS CENTROS RESIDENCIALES Y CENTROS DE DÍA PARA CUIDADOS DE LARGA DURACIÓN Y SU ADAPTACIÓN AL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL Y CENTRADO EN LA PERSONAS (AICP) Y A LAS UNIDADES DE CONVIVENCIA.

Descarga del documento tipo PDF Resolución de 22 de noviembre de 2023 (Publicado 01-12-2023). Abre una nueva ventana Resolución de 22 de noviembre de 2023 (Publicado 01-12-2023) (283 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (168 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.