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Subvenciones para el fomento de la igualdad de género en el ámbito laboral en Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3511
  • SIA: 3029343
  • BDNS (Identificador): 710564

Fecha de publicación:

1 de agosto de 2023

Objeto:

Convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la ejecución de actuaciones realizadas por organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma, dirigidas al fomento de la igualdad de género, en el ámbito laboral en Castilla y León. Estas subvenciones tienen como finalidad la consecución de una cultura empresarial y laboral basada en la igualdad de género y de eliminación de las desigualdades existentes, así como erradicar en este ámbito cualquier forma de violencia contra la mujer y conseguir que Castilla y León sea una comunidad en la que haya una efectiva convivencia entre mujeres y hombres, en el ámbito laboral.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 2 de agosto de 2023 hasta el 16 de agosto de 2023

Más Detalles:

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma, conforme a lo regulado por los artículos 6 y 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y por la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Tampoco podrá ser beneficiarias las entidades que hayan sido sancionadas con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad; en materia laboral o social y en materia de igualdad de trato y no discriminación.

¿Para qué es la ayuda?:

En materia de Igualdad de oportunidades y prevención de la violencia de género en el ámbito laboral tendrán la consideración de actuaciones subvencionables acciones de sensibilización e información a empresas y trabajadores sobre la desigualdad laboral y los mecanismos existentes para combatirla, sobre la mejora de la negociación colectiva desde el punto de vista de la perspectiva de género y sobre el fomento de las herramientas legales existentes para combatir las desigualdades y la incorporación de medidas que promuevan la igualdad de género en el ámbito laboral. Las actuaciones que resulten subvencionadas se deberán ejecutar en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. Dicho plazo podrá ser prorrogado a solicitud del beneficiario, por causas debidamente justificadas.

Cuantía:

La cuantía individualizada de la subvención, correspondiente a cada entidad beneficiaria será el 100% del presupuesto aceptado del proyecto presentado, teniendo en cuenta el orden de prelación obtenido.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado que incluira declaraciones responsables relativas a diferentes extremos. La solicitud se acompañará de:

  • a) Memoria detallada de las actuaciones que comprenden el proyecto con indicación del plazo y de las condiciones de ejecución, según el modelo “Memoria explicativa del proyecto”

Junto a esta documentación se aportará, en el caso de que la solicitante se oponga expresamente a que el órgano gestor verifique directamente o por medios telemáticos los datos:

  • a) Copia NIF de la entidad solicitante
  • b) Copia DNI o NIE de la persona representante de la entidad.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones  NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Las subvenciones concedidas al amparo de esta orden serán compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso que, para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la de la Unión Europea o internacionales, que para la misma finalidad reciba la entidad beneficiaria siempre que, el importe total subvencionado, en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste total de la actividad subvencionada.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (134 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.