Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar concurso de méritos para la selección y nombramiento, en 2024, de directores de centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, excepto la dirección en los Centros Integrados de Formación Profesional.
¿Quién lo puede solicitar?
Los funcionarios de carrera de los diversos cuerpos docentes no universitarios que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Con carácter general se debe reunir los siguientes requisitos:
- a) Tener una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.
- b) Haber ejercido funciones docentes como funcionario de carrera, durante un periodo de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro al que se opta.
- c) Presentar un proyecto de dirección, conforme a las características establecidas en el anexo I de la convocatoria, entre las que se incluyen, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.
- d) Poder completar el horario lectivo en alguna de las enseñanzas del centro al que se opta.
Observación: Desde la publicación de la nueva ley de educación, la formación sobre el desarrollo de la función directiva exigida en anteriores convocatorias como requisito de participación ya no es necesaria, pero quienes hayan superado el procedimiento de selección deberán superar un programa de formación sobre competencias para el desempeño de la función directiva, de manera previa a su nombramiento.
Estarán exentos de cursarlo, quienes posean la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio competente en materia de educación o por las administraciones educativas de las Comunidades Autónomas, o en su caso el curso de actualización de competencias directivas, o bien acrediten experiencia de al menos un curso académico en el ejercicio de la función directiva con evaluación positiva de su trabajo.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud conforme al correspondiente formulario normalizado. Las solicitudes irán dirigidas a la Consejera de Educación, y serán remitidas a la dirección provincial de educación de la provincia donde esté ubicado el centro o centros a los que presenta su candidatura de dirección.
Los candidatos solo podrán solicitar vacantes de una o dos provincias, con un máximo de tres centros en cada una de ellas según orden de preferencia.
En el supuesto de solicitar vacantes de centros de dos provincias, deberán presentarse dos solicitudes. En el supuesto de que se presente más de una solicitud a la misma provincia en el plazo indicado, prevalecerá la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro electrónico.
Los aspirantes deberán acompañar a cada solicitud, la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de los méritos alegados de acuerdo con el baremo indicado en el anexo I de la convocatoria.
No será necesaria la aportación de los siguientes documentos justificativos salvo que el interesado se oponga en el formulario de solicitud a que la Consejería de Educación los recabe por medios electrónicos:
- Documentos indicados en los subapartados 2.1, 2.2., 2.3, 2.5 y 2.6 del baremo para los participantes que tengan destino en esta administración educativa.
- Documentos justificativos de las actividades de formación indicadas en el apartado 3 del baremo para los participantes que tengan destino definitivo en esta administración educativa y que se encuentren inscritas o realizadas y estén pendientes de inscripción en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de Castilla y León.
Durante el plazo de presentación de solicitudes, los concursantes podrán acceder al contenido personal existente en el citado registro a través del escritorio del profesorado en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
- Un ejemplar del proyecto de dirección por cada uno de los centros a los que opta en la forma y con el contenido que se indican en el anexo I de la convocatoria. La no presentación del proyecto de dirección en el plazo de presentación de solicitudes supondrá la exclusión del participante en el procedimiento, sin que pueda ser objeto de subsanación
Fecha de publicación:
27 de febrero de 2024
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 28 de febrero de 2024 hasta el 12 de marzo de 2024
Más Detalles:
El plazo de presentación de las solicitudes junto con la documentación aportada comenzará el miércoles 28 de febrero de 2024 a las 9:00:00 horas y finalizará el martes 12 de marzo a las 23:59:59 horas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Plazo de resolución:
- Transcurrido un plazo de 6 MESES, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin haber recaído resolución expresa, la misma se entenderá DESESTIMADA.
Notificaciones:
- En el tablón de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, en la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, y en el Portal de Educación http://www.educa.jcyl.es.
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
ORDEN EDU/138/2024, de 21 de febrero, por la que se convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento, en 2024, de directores de centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.
(BOCyL 27-02-2024)Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección Provincial de Educación
Órgano que resuelve:
Dirección Provincial de Educación
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (43 kbytes)