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Procedimientos administrativos para la tramitación de los Cotos de Caza

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1882
  • SIA: 2440585

Objeto:

Declarar responsablemente que se cumplen los requisitos exigidos en la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León para la consecución de alguno de los siguientes procedimientos relacionados con cotos de caza: Constitución, Renovación, Ampliación o Reducción de un coto de caza.

Solicitar la Extinción de un coto de cazaen los supuestos contemplados en la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

  • CONSTITUCIÓN: cualquier persona, física o jurídica, que cumpla con los requisitos exigidos en la normativa vigente para poder constituir un coto de caza.
  • RENOVACIÓN, AMPLIACIÓN, REDUCCIÓN Y EXTINCIÓN: el Titular del Coto de Caza, o su representante legal.
  • La reducción de terrenos también puede ser comunicada por el propietario o titular de otros derechos al aprovechamiento cinegético respecto de las parcelas que hayan sido incluidas en el acotado como enclavadas (Apdo. 3 art. 23 Ley 4/2021, de 1 de julio)

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • La Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León define un coto de caza como “aquellas superficies continuas de terreno no urbano susceptibles de aprovechamiento cinegético, que hayan sido constituidas como tales confome a lo previsto en esta Ley”.
  • Las características de los cotos de caza (superficie mínima, continuidad de los terrenos, porcentaje máximo de parcelas enclavadas,…) así como los requisitos y condiciones que deben cumplir para cada tipo de trámite se encuentran fijados en los artículos 22 al 27 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.
  • Además previamente, en los procedimientos de Constitución, Renovación, Ampliación o Reducción de cotos de caza hay que realizar los siguientes trámites:

Descarga del documento tipo PDF TRÁMITES PREVIOS a la Constitución, Renovación, Ampliación o Reducción de Cotos de Caza. Abre una nueva ventana TRÁMITES PREVIOS a la Constitución, Renovación, Ampliación o Reducción de Cotos de Caza (567 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

1. Constitución, Ampliación y Renovación de un coto de caza.

  • Modelo normalizado de declaración responsable dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
  • Documentación acreditativa del carácter de club deportivo afiliado a la Federación de Caza de Castilla y León o a la Federación Castellanoleonesa de Galgos del solicitante (solo cotos federativos).

2. Reducción de terrenos de un coto de caza.

  • Modelo normalizado de declaración responsable/comunicación dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.

3. Extinción de un coto de caza.

  • Solicitud de extinción, conforme al modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
  • Documentación acreditativa del hecho que motiva la extinción del acotado.

4. Para todos los casos descritos con anterioridad

  • En el supuesto de actuar ante la Administración mediante representación, la solicitud deberá ir acompañada de documento público o apoderamiento apud acta privado que acredite la representación o el poder del firmante de la solicitud.
  • En el supuesto de que el solicitante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI/NIE, será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Para el caso concreto de la RENOVACIÓN del coto de caza, la presentación de la declaración responsable se deberá realizar ANTES del vencimiento de los plazos fijados en los contratos de arrendamiento o cesión de los derechos cinegéticos dado que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, el vencimiento de los derechos implicará la EXTINCIÓN automática del coto de caza.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a través del correo electrónico indicado en su solicitud, en el caso de personas jurídicas y el resto de sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, o sus representantes, así como en el caso de personas físicas, o representante de personas físicas, cuando así lo hayan indicado en su solicitud.   

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • LEY 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León (BOCyL 08-07-2021)
  • ORDEN FYM/979/2021, de 24 de agosto, sobre delegación de determinadas competencias en materia de caza en el Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal y en los Jefes de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente (BOCyL 01-09-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información adicional:

PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE COTOS DE CAZA

La Plataforma de tramitación de procedimientos de cotos de caza es una funcionalidad integrada en la aplicación web Mi Coto de Caza en el que podrá realizar los siguientes trámites:

  1. Seleccionar y descargarse las parcelas correspondientes a su acotado de forma rápida y sencilla.
  2. Asegurar la máxima fiabilidad sobre la relación de parcelas que irá a la fase de exposición pública en los Ayuntamientos, y que posteriormente será remitida a la Administración, mediante un sistema de verificación que garantiza que no hay errores en la misma (parcelas pertenecientes a otros cotos, porcentaje adecuado de parcelas enclavadas, superficies mínimas,…).
  3. Permitir enviar el listado de parcelas correspondiente de forma electrónica junto con su declaración responsable/solicitud.

Puede entrar a esta funcionalidad a través del siguiente enlace: Plataforma tramitación de procedimientos de cotos de caza  accediendo al apartado de la aplicación Mi Coto de Caza SIN Certificado Digital (ACCESO PÚBLICO). Para su correcto funcionamiento, así como para abrir el Visor GIS asociado, se recomienda el uso del navegador Google chrome.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (465 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.