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Subvenciones para financiar la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo (años 2021 y 2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 667
  • SIA: 1278364
  • BDNS (Identificador): 588093

Fecha de publicación:

8 de octubre de 2021

Objeto:

Convocar para el año 2021 y 2022 la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a personas, tanto físicas como jurídicas, con o sin ánimo de lucro, para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en Castilla y León, dirigidas a mejorar la empleabilidad de los desempleados considerados destinatarios prioritarios, así como su integración efectiva en el mercado de trabajo. 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 9 de octubre de 2021 hasta el 25 de octubre de 2021

Más Detalles:

10 días hábiles, computado desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas, tanto físicas como jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que realicen las acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Disponer en el territorio de Castilla y León de las instalaciones necesarias en los municipios comprometidos en la solicitud para ejecutar el programa en sus debidos términos.
  • En el supuesto de que varios solicitantes estén vinculados entre sí, sólo se podrá subvencionar una única solicitud en el conjunto de dichos solicitantes. 
  • Los miembros asociados al beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, en nombre y por cuenta del primero, tendrán igualmente la condición de beneficiario, respondiendo solidariamente frente al Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
  • En el caso de que los solicitantes estén constituidos en una asociación, deben cumplir con el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  • No podrán ser beneficiarios:
    -Las entidades pertenecientes al sector público.
    -Los solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    -Los solicitantes que no acrediten la observancia o la exención, de la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.
    -Los solicitantes estén obligados a disponer de un plan de igualdad y no lo tengan implementado y registrado en la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria.

¿Para qué es la ayuda?:

El programa desarrolla con cada usuario un Itinerario Personalizado de Inserción, que se articulará mediante las siguientes acciones:
1. Acciones de Orientación Profesional para el Empleo
2. Acciones de Asistencia para el Autoempleo
3. Actuaciones de prospección laboral, intermediación y de acompañamiento en la inserción, que faciliten la integración efectiva en el mercado de trabajo de los usuarios del programa

El plazo de ejecución de las acciones será de 12 meses, desde la fecha de inicio de las mismas que se determinará en la notificación de la resolución de concesión.

Serán destinatarios de las acciones del programa los siguientes colectivos que se consideran:
-Jóvenes menores de 35 años.
-Mayores de 45 años, parados de larga duración (demandantes de empleo inscritos durante un mínimo de 12 meses, continuados o no, dentro del periodo de 18 meses).
-Mujeres desempleadas, especialmente víctimas de violencia de género, personas desempleadas mayores de 55 años, personas con discapacidad, personas en riesgo de exclusión social, especialmente beneficiarias de la RGC, personas inmigrantes, emigrantes retornados y personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo debidamente inscritas en las oficinas del Servicio Público de Empleo de Castila y León.
-Además, se incluyen como destinatarios de este programa al colectivo de demandantes de empleo víctimas de terrorismo.

Cuantía:

  • La cuantía máxima por proyecto será de 1.500.000 €. No obstante, en el caso de existir importe sobrante se podrá agotar presupuesto, o bien, hasta haber asignado a cada beneficiario la cuantía solicitada, con el límite máximo de 2.000.000 €
  • El número máximo de proyectos a subvencionar en el marco de esta convocatoria será de 10. Solo se considerará a los efectos de valoración de esta subvención y, si fuera el caso, ulterior concesión, un único proyecto por cada solicitante.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado Anexo 1, únicamente se admitirá una por entidad. En el caso que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta la última presentada. 

El solicitante podrá presentar las declaraciones responsables acompañadas de la documentación acreditativa en el momento del registro de la solicitud. En otro caso, si optara por no presentar dicha documentación acreditativa, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión, se le requerirá para su entrega en un plazo no superior a cinco días hábiles.

El solicitante podrá incorporar toda aquella documentación que considere conveniente para acreditar los méritos valorables de su solicitud.

Las solicitudes irán acompañadas al menos de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentacion a presentar. Abre una nueva ventana Documentacion a presentar (100 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 3 MESES siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Plazo de justificación

    • El beneficiario deberá justificar la realización del programa, así como los gastos generados, en el plazo máximo de 2 meses desde el día siguiente a la finalización de la ejecución de acciones objeto de la subvención.

    Resolución. Beneficiarios:

    Descarga del documento tipo PDF Resolución de concesión. Abre una nueva ventana Resolución de concesión (1.850 kbytes)

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (462 kbytes)

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.