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Subvenciones para la financiación de programas formativos dirigidos a la capacitación para el desarrollo de funciones relacionadas con formación para el empleo, negociación colectiva y participación institucional (años 2021 y 2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2641
  • SIA: 1278441
  • BDNS (Identificador): 580802

Fecha de publicación:

26 de agosto de 2021

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas formativos compuestos por acciones formativas dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la formación para el empleo, la negociación colectiva y la participación institucional en la Comunidad de Castilla y León para los años 2021 y 2022 correspondientes a las áreas de formación calificadas como prioritarias en el Anexo IV.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 27 de agosto de 2021 hasta el 20 de septiembre de 2021

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • a) Las asociaciones empresariales y organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de Castilla y León.
  • b) Las asociaciones empresariales y organizaciones sindicales que, no teniendo la condición de más representativas, gocen de capacidad de representación en funciones relacionadas con la negociación colectiva dentro del ámbito de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Para acreditar el requisito de asociaciones u organizaciones más representativas, deberán justificar su presencia en el Consejo General de Empleo de Castilla y León, mediante certificado expedido por la persona que ejerza la Secretaría del mismo. La solicitud de subvenciones implicará la autorización al órgano instructor para recabar el correspondiente certificado, salvo que la entidad solicitante presente dicha certificación conjuntamente con la misma.

2. Para la acreditación de la capacidad de representación en funciones relacionadas con la negociación colectiva, aún no teniendo la condición de más representativas, y cuando ello así sea posible dependiendo del sector, la solicitud de la subvención implicará la autorización al órgano instructor para recabar el certificado de los órganos de participación institucional, que manifieste expresamente la entidad beneficiaria en el Anexo I de solicitud, en el correspondiente sector en el que se encuentre representado el solicitante, salvo que la entidad solicitante presente dicha certificación conjuntamente con la solicitud. En los restantes casos, este requisito también podrá ser justificado mediante la aportación del último convenio colectivo en que haya participado la entidad solicitante o, en su caso, otro documento valorado discrecionalmente por la Administración.

3. Será requisito inexcusable la acreditación del cumplimiento de la normativa sobre la integración laboral de personas con discapacidad o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención, mediante la cumplimentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I.

4. Asimismo, se deberá aportar autorización de la persona trabajadora con discapacidad al Servicio Público de Empleo de Castilla y León para consultar telemáticamente los datos relativos a la situación de discapacidad y los referidos a la vida laboral, conforme al modelo del Anexo XI. En caso de manifestar su derecho de oposición a la consulta o no presentar dicho anexo, se deberá aportar, previa autorización de la persona trabajadora con discapacidad a la entidad solicitante, documento acreditativo de la condición de persona con discapacidad y el informe de vida laboral. Dichos datos se recabarán exclusivamente para el ejercicio de las funciones propias de esta Administración en el ámbito de la gestión de la presente subvención.

5. Será también requisito para obtener la condición de beneficiario:

  1. En el caso de las empresas, cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad efectiva de mujeres y hombres. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable incluida en el Anexo I. Las empresas obligadas a contar con un plan de igualdad, deberán indicar en el anexo de solicitud el boletín o diario oficial donde figure la resolución de registro del plan de igualdad. En el caso de no estar publicado, habrá de presentarse el documento firmado por la comisión negociadora. En el caso de que el plan haya concluido su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del plan de igualdad.
  2. En el caso de asociaciones, cumplir con el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, en su proceso de admisión o en su funcionamiento. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable incluida en el Anexo I, y aportar copia de los estatutos debidamente legalizados.

¿Para qué es la ayuda?:

Los planes de formación deberán estar compuestos por actividades formativas correspondientes a las áreas de formación calificadas como prioritarias en el Anexo IV. Por actividades formativas se entienden tanto las acciones formativas como otras actuaciones de carácter formativo como jornadas, talleres o seminarios.

Las acciones formativas podrán ser en impartidas en modalidad presencial o teleformación y su contenido formativo deberá estar relacionado con las áreas de formación calificadas como prioritarias en la convocatoria por estar dirigidas al desarrollo de las funciones relacionadas con la formación para el empleo, la negociación colectiva y la participación institucional.

Las actividades formativas consistentes en jornadas, talleres o seminarios deberán impartirse en modalidad presencial. El porcentaje máximo a impartir de este tipo de actuaciones será del 30% del conjunto del plan de formación.

La resolución de concesión de la subvención establecerá la fecha de inicio de ejecución del plan de formación. La fecha límite de finalización de los planes formativos será 30 de junio de 2022.

Descarga del documento tipo PDF Anexo IV: Áreas prioritarias formación representantes. Abre una nueva ventana Anexo IV: Áreas prioritarias formación representantes (392 kbytes)

Cuantía:

  • Será la suma del importe correspondiente a cada una de las actividades formativas, calculado mediante el producto del número de horas, por el número de participantes, y por el importe del módulo económico en función de la actividad a desarrollar:
  • Acciones formativas: Presencial 8 €, Teleformación 5 €.
  • Otras actuaciones formativas (jornadas, talleres o seminarios): Presencial 13 €
  • El número máximo de horas de formación del conjunto de actividades formativas a financiar en cada plan será de 1.000 horas.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado Anexo I, acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (96 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Formación Continua

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y publicación no podrá exceder de 6 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Una vez transcurrido dicho plazo sin haberse publicado resolución expresa, la solicitud se entenderá DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Las subvenciones son incompatibles con otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. A efectos acreditativos, será suficiente la aportación por el solicitante de una declaración responsable de no haber obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, según el modelo establecido en el Anexo I de la presente resolución.

Justificación

  • El beneficiario deberá presentar, en el plazo máximo de 1 MES desde el día siguiente a la finalización de la ejecución del plan de formación subvencionado, la justificación de la realización de la actividad subvencionada mediante la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe auditor.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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