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Autorización de Explotación de máquinas de JUEGO (Concurso público para la adjudicación en el año 2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 571
  • SIA: 1813149

Objeto:

La explotación de una máquina de juego requiere previamente la obtención de la autorización de explotación, que individualmente la legaliza y habilita para su uso por la empresa operadora titular.

El número autorizaciones de explotación a otorgar se podrá limitar a través de la correspondiente planificación de la Administración, en este caso se otorgarán las autorizaciones mediante concurso público. La última planificación fue aprobada por Decreto 19/2006 (BOCyL 12-04-2006) concretándose el nº máximo de autorizaciones en 17.108.

En 2022, se acuerda convocar por la Consejería competente, concurso público para la adjudicación de 4.733 autorizaciones de explotación de máquinas tipo «B», o recreativas con premio, hasta alcanzar las 17.108 en la Comunidad de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas operadoras que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Podrán presentar las solicitudes para participar en la presente convocatoria, y ser admitidos en el procedimiento de concurrencia competitiva:

  • a) Las empresas operadoras de máquinas de tipo «B» debidamente inscritas, en el Registro de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar de la Comunidad de Castilla y León, en la fecha de publicación de la orden en el BOCyL.
  • b) Si el nº de autorizaciones de explotación solicitadas por esas empresas operadoras fuera inferior al convocado, se admitirán las solicitudes presentadas por las empresas operadoras inscritas en el Registro de Juego de otra Comunidad Autónoma que le habilite para la explotación de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio.
  • c) Que el nº total de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio, que tenga autorizadas la empresa operadora solicitante al cierre del plazo de presentación de solicitudes no sea inferior al nº total de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio, que hubiera tenido autorizadas a 1 de enero de 2022.

Las empresas operadoras inscritas en el Registro de Juego de otra Comunidad Autónoma, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser solicitante, así como, la antigüedad de inscripción en el registro correspondiente, el nº de autorizaciones de máquinas de este tipo que tenga a su nombre y, en su caso, de los posibles períodos, dentro de los últimos tres años naturales, en que hayan tenido comunicadas máquinas en el almacén que no sean por baja de carácter fiscal, mediante el certificado expedido por el órgano directivo central competente en materia de juego de la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de participación en el concurso junto al Anexo correspondiente, en modelo normalizado, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia. En la solicitud se indicará el régimen en el que se quiere participar (precio cerrado o sin precio) señalando el importe de valoración que abonará por cada una de las autorizaciones de explotación solicitadas.

Fecha de publicación:

22 de febrero de 2022

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 23 de febrero de 2022 hasta el 4 de marzo de 2022

Más Detalles:

10 DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el BOCyL.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Procedimiento de valoración de solicitudes y adjudicación de autorizaciones

Contenido:

La comisión de valoración, con sede en la Consejería de la Presidencia, examinará y, valorará las solicitudes presentadas y propondrá la adjudicación de las autorizaciones de explotación en las siguientes fases:

  1. Primera fase: Se comenzará por las solicitudes presentadas por las empresas operadoras debidamente inscritas, en la fecha de publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León, en el Registro de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar de la Comunidad de Castilla y León.

    Esta primera fase tendrá las siguientes rondas de adjudicación:

    a) Se efectuará una primera ronda de adjudicación a las solicitudes presentadas en el régimen de precio cerrado, ordenadas por el importe ofrecido en euros, con preferencia de mayor a menor, hasta el máximo de autorizaciones de explotación pedidas en cada tramo de precio y solicitud.

    Los empates que se pudieran producir en el importe ofertado en la solicitud se ordenarán atendiendo a la mayor puntuación obtenida aplicando los criterios señalados en la base octava de esta orden.


    b) Si tras esta primera ronda de adjudicación no resultara agotado el total de autorizaciones convocadas, se efectuará una segunda ronda de adjudicación a las solicitudes presentadas en el régimen sin precio, en la que se valorarán las solicitudes en función de la puntuación obtenida, ordenadas de mayor a menor, con arreglo a los criterios establecidos en la base octava de esta orden.
     
  2. Segunda fase: Si en la fase anterior no se hubieran agotado el total de autorizaciones convocadas, se examinarán y valorarán, las solicitudes presentadas por las empresas operadoras inscritas en el Registro de Juego de otra Comunidad Autónoma.

    Esta segunda fase tendrá las siguientes rondas de adjudicación:

    a) Se efectuará una primera ronda de adjudicación a las solicitudes presentadas en el régimen de precio cerrado, ordenadas por el importe ofrecido en euros, con preferencia de mayor a menor, hasta el máximo de autorizaciones de explotación pedidas en cada tramo de precio y solicitud.

    Los empates que se pudieran producir en el importe ofertado en la solicitud se ordenarán atendiendo a la mayor puntuación obtenida aplicando los criterios señalados en la base octava de esta orden.


    b) Si tras esta primera ronda de adjudicación no resultara agotado el total de autorizaciones convocadas, se efectuará una segunda ronda de adjudicación a las solicitudes presentadas en el régimen sin precio, en la que se valorarán las solicitudes en función de la puntuación obtenida, ordenadas de mayor a menor, con arreglo a los criterios establecidos en la base octava de esta orden.

Plazo de resolución:

La convocatoria será resuelta en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 

La orden que efectúe la adjudicación expresará que, en los 15 primeros días hábiles del segundo trimestre natural del año 2022, los adjudicatarios deberán proceder a cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Ingresar en la cuenta tesorera de cualquiera de las Secciones de Tesorería de los Servicios Territoriales competentes en materia de Hacienda existentes en cada Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, el importe total del precio de las autorizaciones de explotación que le sean adjudicadas.
  2. Constituir fianza adicional, en función del número de máquinas de las que resulten titulares tras la resolución del concurso en caso de que no la tengan ya constituida, o de tenerla su cuantía sea insuficiente, al objeto de cumplir con la obligación impuesta en el artículo 17.3 del Decreto 17/2003, de 6 de febrero.
  3. Tramitar electrónicamente mediante el procedimiento que está disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el siguiente enlace: https://servicios.jcyl.es/wjug, las correspondientes autorizaciones de explotación que les sean adjudicadas, así como las correspondientes comunicaciones de emplazamiento, en función de la condición que tenga el adjudicatario, bien como de titular de salón de juego en tanto empresa operadora exclusivamente habilitada para explotar máquinas directamente en sus establecimientos, o bien como empresa operadora de máquinas de tipo “B” habilitada para explotar máquinas en cualquier local debidamente autorizado para instalarlas.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León (BOCyL 01-07-1998)
  • DECRETO 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los Registros de Modelos y de Empresas Relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-02-2003 Corrección en BOCyL 14-02-2003) MODIFICADO por DECRETO 60/2011, de 6 de octubre
  • DECRETO 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-02-2005) MODIFICADO por DECRETO 94/2007, de 27 de septiembre
  • ORDEN PRE/111/2022, de 15 de febrero, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de autorizaciones de explotación de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio en la Comunidad de Castilla y León, y se aprueban las bases que regirán el mismo. (BOCyL 22-02-2022)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de ordenación, gestión y autorizaciones de las actividades de juego y apuestas

Órgano que resuelve:

Consejería de la Presidencia

Resolución. Beneficiarios:

Orden PRE/224/2022, de 17 de marzo, por la que se resuelve el concurso público para la adjudicación de autorizaciones de explotación de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio, en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 22-03-2022)

Descarga del documento tipo PDF Orden PRE/224/2022, de 17 de marzo (BOCyL 22-03-2022) y Corrección de errores (BOCyL 25-03-2022). Abre una nueva ventana Orden PRE/224/2022, de 17 de marzo (BOCyL 22-03-2022) y Corrección de errores (BOCyL 25-03-2022) (862 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.